miércoles, 28 de mayo de 2008

PROCESOS POLÍTICOS Y REFORMAS ADMINISTRATIVAS


Mi experiencia en la puesta en marcha de las Comunidades Autónomas y mi contribución directa en la Ley Valenciana de la Función Pública, en la primera parte de la década de los 1980, y la situación actual en la que parece que se está llegando a imponer la opinión de que la Constitución de 1978 está agotada, me hace pensar de nuevo en la situación y relación que se produce entre los procesos políticos y las reformas administrativas o de la Administración pública que suelen conllevar. Y las ideas que acuden a mi mente y que ocasionan mi reflexión, participan de un doble punto de vista: el de la persona que tuvo una responsabilidad política y el encargo de diseñar una nueva política pública y el del profesional de la Administración que tiene que ejecutarla.

Desde el punto de vista político, cuando se trata de cambiar un modelo de Estado, como fue el caso de las Comunidades Autónomas y ahora con el cambio fáctico que se está produciendo a través de los nuevos Estatutos de Autonomía, nos encontramos ante un proceso político en el que lo importante es el cambio en sí, sin que interese, en este momento, el procedimiento seguido para ello, que es quizá el punto discutible en la actualidad. Por tanto, las políticas públicas concretas y las actuaciones administrativas pasan a un segundo plano, sin perjuicio de que en tanto el proceso se produce, se sigan formulando nuevas políticas públicas y actuaciones administrativas que tengan en cuenta el proceso político y la tendencia del mismo. Pero lo que interesa destacar es que políticamente, en tanto que no se ha consolidado la idea política y el modelo que se persigue, siempre se está en un proceso político, aunque exista una formalización jurídica de un acuerdo conformador. La situación actual en España parece indicarnos que esta ha sido la situación, con la particularidad de que el cambio, hoy, se propicia desde el Gobierno estatal.

Pero toda formalización de un proceso político conlleva una formalización jurídica y marca la necesidad de una reorganización administrativa que la haga efectiva. Efectividad que implica el diseño, formulación y formalización de nuevas políticas públicas que se implementen y ejecuten por la nueva o nuevas Administraciones públicas. Proceso que podemos considerar que implica una reforma administrativa y que es ya un proceso menos intenso que el político, más lento, más reflexivo y en el que se produce la presencia de nuevo de los intereses e ideas encontradas y la concreción de las ideas más generales, abstractas y, en cierto modo, ambiguas y polivalentes, del proceso político y su formalización. La Administración adquiere protagonismo y las soluciones adoptadas, pueden producir la disconformidad de los partidos políticos que de nuevo iniciarán la actuación correspondiente para un cambio en las políticas públicas o, en su caso, para un nuevo proceso político.

Pero lo que interesa destacar es que, políticamente, la formalización del proceso político intenso supone su finalización, lo mismo ocurre con cada política pública aprobada, pero desde el punto de vista administrativo es simplemente el comienzo de un largo proceso y de una labor ejecutiva permanente. Si el político no queda conforme con la situación formalizada, resulta que propone o inicia un nuevo proceso político, sea de cambio sustancial o de políticas públicas. Y resulta que cuando aún no se ha consolidado una reforma administrativa, cuando puede estarse aún asimilando el cambio político por la Administración, ya se encuentra en un proceso de cambio y todo lo realizado y los proyectos quedan en entredicho o en reelaboración. Hay pues unos tiempos distintos entre la Política y la Administración y en España resulta que cuando aún no se ha completado administrativamente el Estado de las Autonomías, ya nos referimos a un Estado federal o confederado y mientras tanto la autonomía local no sólo no se ha producido sino que retrocede fagocitada por la instancia política de las Comunidades Autónomas. Este proceso político acelerado que estamos sufriendo creo que ha afectado gravemente a la Administración pública que no tiene su propia política pública y que parece que se va a diluir en un conjunto de leyes de cada Autonomía o Estado en su caso. La reflexión sobre ello se realiza en foros externos a la Administración pública que tienen sus propios intereses económicos o, internamente, altamente condicionada por el proceso político. Quizá el Estatuto Básico del Empleado Público pueda constituir un ejemplo para el estudioso en cuanto deja elementos básicos sin regular que se han de concretar por cada Comunidad Autónoma, no realmente sobre unos principios generales, sino mediante técnicas concretas de gestión que, en buena parte de los casos, no cuentan con experiencias anteriores y que constituyen verdaderas políticas públicas a formular y formalizar.

En principio, salvo que se produzcan procesos de mimetización de políticas públicas por parte de las Comunidades Autónomas o el Estado imponga su mejor técnica y conocimiento, podemos afirmar que la administración pública se presenta como un río revuelto y que el tiempo transcurrido puede haber tenido efectos en la formación de nuevos políticos, pero que los administradores profesionales no se han consolidado o marchan al ritmo político y no al reposado de la reforma administrativa.

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