jueves, 23 de marzo de 2023

LAS ELECCIONES Y EL PARLAMENTO.

En alguna ocasión anterior he puesto de manifiesto cómo las Cortes españolas y demás asambleas legislativas se han convertido en un escaparate y en mera propaganda electoral.

Cuando el debate llega a ellas la decisión ya está tomada y por el propio sistema los diputados son privados de su personalidad y criterio y, en consecuencia, de voluntad por la disciplina de partido y porque éste es el que los designa y no su capacidad o calidad personal. La partitocracia domina el sistema.

La reciente y criticada moción de censura, más allá de obediencias o ideologías cerradas, para mí ha sido aleccionadora por la actuación del candidato, anciano y socarrón, que ha dejado en evidencia a los representantes del Gobierno y demás partidos y su carencia de improvisación y adaptación a la realidad. Obcecados por su radicalismo y apoyados en sus lecturas pesadas y pomposas o exageradas en gritos e insultos a cualesquiera ideas opuestas a las suyas.

Esta vez el debate contaba, guste o no, con un sabio y así hizo que ello me distrajera y no apagará lo que me ofrecieron lo medios informativos. Sus críticas provocaron risas y si los partidos hubieran dejado libertad de voto , algunos diputados habrían votado la merecida censura. Algunos partidos, de los calificados de derechas, se contradijeron acusando la procedencia de la censura y votando en cambio en contra o absteniéndose.

La existencia de una filtración de borrador del discurso del candidato les pillo a contrapie e hicieron referencia a cuestiones no manifestadas en el debate y su falta de cintura nos aburrió.

De todas formas, como siempre, un escaparate electoral en el que apareció un poco de humor, gracia y retranca, aunque el resultado ya se sabía.

Bueno, repito, para mí un poco de aire fresco.

jueves, 2 de marzo de 2023

SOBRE LA INAMOVILIDAD FUNCIONARIAL

He comentado en otras ocasiones el proceso que se desata con la puesta en marcha de las Comunidades autónomas y el antecedente de la controversia respecto de la defensa ejercida por abogados laboralistas en la lucha del interino por su fijeza, de modo que se pretendía que se le otorgara la categoría de contratado laboral y otros beneficios que ella implicaba.

Esta cuestión es una más en la consideración de las características de la función pública y el funcionario de carrera, figura que recibe críticas en cuanto a su carácter de inamovible considerado pues como un privilegio frente a el trabajador de las empresas privadas. Pero en estas consideraciones, más allá de poder ser puntos de vista sociales, no piensan en las características de la Administración pública desde el punto de vista jurídico y de poder.

Hoy, que estamos viendo el predominio de la "politica" y de su concepción bastarda y corruptiva, es más necesario que nunca, considerar a la Administración pública como sistema de garantía y eficacia de los derechos de los ciudadanos y como la parte que contrapesa el poder político y la carencia de conocimientos técnicos de los políticos de partido o de base de confianza y libre nombramiento o, incluso, arbitrario. Y esta garantía hay que conseguirla de forma material y no sólo formal.

Pero la corrupción de estas características fundamentales las rompe, desde el momento que aún cuando no se han podido eliminar legalmente, pese a la pretendidas nociones de empleado público o de laboralización de la función pública, sí se ha logrado la dependencia del funcionario, mediante sistemas de nombramientos sujetos a ceses, prácticamente libres, en la permanencia en un puesto. Para ejercer las garantías que la función pública supone y sus potestades, la inamovilidad y la consiguiente seguridad en el empleo, son esenciales, así como para garantizar tanto la eficacia política, como la jurídica y la de gestión o administrativa.

Así pues la inamovilidad es también esencial para que exista Administración y gobierno y no autocracia o dictadura gubernativa. Por ello crear dependencias es la carcoma del sistema administrativo de derecho y público, pues deja la inamovilidad no como garantía para las eficacias y derechos señalados, sino sólo para garantizar al funcionario su nivel retributivo y su permanencia en el empleo y no en su función o puesto de trabajo, restando totalmente su poder y su independencia técnica y corrompiendo su función que ya no se dirige al ciudadano, sino al cargo político.

La inamovilidad no es un privilegio es una garantía y base de la eficacia jurídica y administrativa y fuente de experiencia y de conocimiento del pasado en beneficio del futuro

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