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jueves, 18 de junio de 2015

FALLEROS, VERBENAS DE SAN JUAN Y CIUDADANOS

Los que me siguen saben o habrán deducido que soy una de las victimas de la permisibilidad municipal respecto de la fiesta callejera permanente, primero representada por los cubos de alcohol consumidos en la calle, luego por el botellón, acompañado o no de la música a todo volumen del automóvil y, finalmente, por las terrazas de pisos alquilados a estudiantes que dan a deslunados que actúan como cajas de resonancia .Vean un ejemplo que duró más de siete horas: 






Además de esto, los valencianos "nos" caracterizamos por ser muy "festeros" y el ejemplo más propio son las fallas, las hogueras de San Juan, las gaiatas y los moros y cristianos. Cada una ellas se pueden considerar típicas de una de las tres provincias valencianas, pero hay quien se apunta a todas y los municipios autorizan a los barrios a montar su fiestecita particular y últimamente, en Valencia a cada falla en particular. Muchas veces, pues, la fiesta empieza en el piso de estudiantes a tempranas horas de la tarde, sigue con los verbeneros y, en su caso, acaba en la playa a altas horas de la madrugada. Gran parte de Valencia se ve afectada, sobre todo por lo que pueden ver en esta página del diario Las Provincias  en la que se dice 300 fallas montarán festejos dos fines de semana por San Juan.

Del contenido de esta noticia, si ustedes la leen, no sólo destaca su titular sino el hecho de que las autorizaciones se dan en bloque y está claro, aunque no se dice, como consecuencia sin participación de terceros interesados, fincas y vecinos afectados. Una norma elemental del procedimiento administrativo se elude y el afectado apechuga con el perjuicio o se pasa la noche llamando a la policía local. A lo mejor seguimos con la idea del deber de soportar que tenemos los ciudadanos y también de la impunidad material de que se goza, pues son pocos los tenaces y muchos los que acaban derrotados ante los hechos. Pero lo cierto es que no se trata sólo de una molestia temporal, sino que bastantes sufren problemas que afectan a su salud y que los efectos de ruido no tienen sólo consecuencias auditivas, sino psicológicas y de ansiedad que conducen a la depresión de algunos. La permisibilidad respecto a las terrazas de bares que ocupan dominio público y excluyen realmente el uso pleno y sin dificultades de ciudadanos y de los minusválidos es manifiesta, puesto que no se trata, en la mayoría de los casos, de sentarse en una mesa a comer o tomar un aperitivo sino de una tertulia de bastantes personas sentadas o de pié junto a cada mesa ocupando toda la acera y a veces acompañados de guitarras y otros instrumentos. Por lo tanto, el nuevo gobierno municipal, que ya proponía, antes de serlo, el compaginar intereses y el diálogo (faltaría más), tiene la primera papeleta ante estas 300 autorizaciones y muchos ciudadanos, supongo, esperaran (es un decir, pues el día 24 está cerca) que se les permita no dialogar sino hacer alegaciones, ante las solicitudes y antes de resolver, y saber porqué el día de San Juan proporciona fiestas DOS fines de semana.

El nuevo alcalde promete hechos y nosotros los esperamos y los "mayorcitos" como yo esperamos hombres de gobierno o Estado, cumplimiento de las leyes y educación y ciudadanía y que nuestros jóvenes y falleros se preocupen por los problemas que nos afectan y se formen adecuadamente sin estar sumidos en los vapores del alcohol y el porro y demás menesteres al uso actual. Así que esperamos los hechos de gobierno y no la mandanga de siempre. ¿Cuesta? ¿resulta que no se puede dar gusto a todos? Pues ahí estamos. 

martes, 17 de marzo de 2015

LAS FALLAS, EL DERECHO AL DESCANSO, EL AYUNTAMIENTO, LA JUSTICIA Y EL FRACASO SOCIAL

Estos días en Valencia algunos valencianos celebran las fiestas falleras, otros huyen de ellas y otros sufren unos abusos difíciles de calificar en cuanto los aspectos tradicionales de la fiesta, entre los que se incluye el ruido, se han visto desbordados por la chabacanería, el desmadre, el desorden, el abuso y sobre todo por la inactividad y noluntad municipal y por su favoritismo respecto de unos falleros que ya no son tales, pues son un grupo de amiguetes que se montan una carpa y una verbena particular cada noche hasta las tres y más de la madrugada, durante una semana, sumándose a otras carpas y verbenas próximas, en pandemonium insoportable, con desprecio total de los derechos de los vecinos al descanso y a no sufrir más allá de lo razonable las molestias propias de la fiesta. Lo que en mi juventud se limitaba a una semana de pequeñas celebraciones, unos pasacalles y alguna traca antes de los tres días propiamente dichos de fallas, con las verbenas en horas de tarde y antes de la cena o permitiendo el descanso pese a las molestias, son hoy quince días de una propuesta de alegría y borrachera permanente y un aliciente a que personas jóvenes ajenas al barrio propiamente dicho acudan a esa orgía de ruido y alcohol que parece ser la meta o el pan y toros que promocionan nuestros políticos. Un exceso y un abuso en unas fiestas que eran y siguen siendo en buena parte una mezcla de arte, música, color  y manejo especial del ruido y su ritmo y final mágico de fuego. Nada puede el simple ciudadano ante esta situación, de nada sirven reclamaciones y menos los recursos jurídicos pues cuando se vienen a resolver la fiesta ha acabado y la del año siguiente que será igual o peor, jurídicamente no es ya un hecho según parece, como se verá. Las sentencias favorables, que las hay, tienen, pues, un simple valor declarativo.

El equilibrio entre el derecho fundamental de los vecinos y simples ciudadanos valencianos y la realización y culminación de la fiesta y los intereses económicos en juego corresponde al Ayuntamiento y en ese papel ha de velar por el derecho de todos, pero sobre todo del más débil y de lo fundamental para la vida de aquellos que durante todo el año y con el pago de sus impuestos mantienen las arcas municipales de acuerdo y conforme, además, en el caso del IBI, con una valoración administrativa de sus viviendas y zona de residencia. En cambio durante una semana se expropia su derecho a la vivienda, pues en ella no se puede vivir o no puede hacerse durante un tiempo y horas esenciales. Y se hace ni siquiera por unos fuertes intereses comerciales e industriales que hagan de Valencia un ciudad envidiable durante todo el año, sino, como he dicho antes, para fomentar la juerga de unos "amiguetes" circunstanciales  y para mal ejemplo de sus hijos falleros. Nada edificante, desde mi punto de vista. Las autorizaciones concedidas por el Ayuntamiento son imposibles de controlar en cuanto al cumplimiento de unas normas, que, además, ya fueron hechas pensando en los autorizados y no en posibles terceros afectados o interesados, a los cuales se ha llegado normativamente a negarles, en contra de todo derecho procedimental, la participación y la audiencia en el expediente correspondiente.

Pero el trueno final de esta mascletada es la Justicia, pues es ella la que a la vista de los hechos, con la prueba correspondiente, (¡faltaría más¡), pese a la evidencia que resulta de los hechos para cualquier valenciano que permanezca en casa durante las fiestas, sea simple ciudadano o juez, que vea y oiga a los músicos de las carpas correspondientes, cual si de múltiples festivales de Benicasim particulares se tratare. Y lo es porque, como he dicho antes, sus declaraciones, aunque tardías, pueden poner algo de orden estableciendo lo que es el derecho y lo que constituye una extralimitación del mismo y sancionando con indemnizaciones en su caso, aunque sean simplemente mínimas pero indicativas, para evitar en el futuro la repetición de los hechos. La prensa estos días se ha hecho eco de una sentencia de TSJ valenciano que constituye una de las últimas perlas al efecto. La sentencia en su fundamento segundo recoge estos hechos:

"3. Con motivo de los ruidos que se desprenden de la carpa, la Comunidad de Propietarios puso en conocimiento la situación al Ayuntamiento de Valencia, junto con otras quejas en asuntos competencia del Ayuntamiento.
4. En el año 2012, se reproduce la situación vivida en 2011 y se reiteran las quejas ante el Ayuntamiento.
5. En el año 2013, se acordó encargar a la entidad colaboradora en materia ambiental TELEACUSTIC, acreditada por ENAC e incluida en el Registro de la Generalidad, la verificación de las emisiones acústicas en la carpa casal autorizada por el Consistorio y su recepción en las viviendas. La medición se produjo en la madrugada del día 16 de Marzo de 2013, con promedios de inmisiones de ruidos de hasta 95 dBA en el interior de las viviendas y picos sonoros de 100 dBA.
Dicho informe se comunicó al Ayuntamiento, denunciando que a su juicio se estaba vulnerando el art. 15 y 18 de la Constitución debido a la inactividad del Ayuntamiento."

Tras este fundamento vienen otros con un razonamiento que se produce dentro de lo que parece el sentido común y el preludio de un fallo favorable para el apelante:

" QUINTO.- La Administración acredita que otorgó la oportuna autorización (expediente 35/2013) donde afirma no haber autorizado en la Calle Historiador Martínez Ferrando nº 6 “verbenas, discomóviles, actuaciones en directo o cualquier otro espectáculo análogo”, la autorización tiene el siguiente contenido:

(…) El nivel de sonido máximo emitido será inferior a 90dB (A) y el transmitido a las viviendas, hoteles y centros sanitarios será inferior a 35 dB (A), a excepción de las actividades y verbenas (revetlles no revetles) que pudieran realizarse los días 8 y 9 desde el 15 al 19 de marzo de 2013, en horario de 23 a 04,00 horas, excepto el día 19 que será hasta las 24 horas(…)

Lo primero que destaca es la discordancia entre la Ley 7/2002 (disposición adicional primera) y la Ordenanza Municipal, citadas ambas en la sentencia recurrida. El contenido de la norma es el siguiente:

(…) La autoridad competente por razón de la materia a que pertenezca la fuente generadora de ruido y vibraciones podrá eximir, con carácter temporal , del cumplimiento de los niveles de perturbación máximos fijados en la presente ley en determinados actos de carácter oficial, cultural, festivo,religioso y otros análogos(…)

El precepto se refiere a actos concretos y determinados, no a actuaciones permanentes aunque duren sólo varios días, matiza que deben tener carácter oficial, bien por estar organizado por autoridades bien por estar aprobados en el programa de fiestas; en definitiva, colocar una carpa varios días no tendría cabida en el precepto, ni tiene carácter de acto concreto y determinado ni tiene carácter oficial.

SEXTO.- Discrepamos de la interpretación que ha hecho el Juzgado del planteamiento que hace la parte demandante en primera instancia (hoy apelante). La Comunidad de propietarios a que pertenece la apelante pone en conocimiento del Ayuntamiento lo que a su juicio son excesos de la Asociación Cultural Falla Conde Salvatierra-Cirilo Amorós durante los años 2011, 2012 y 2013, éste último año presenta prueba técnica de la entidad colaboradora en materia ambiental TELEACUSTIC, acreditada por ENAC e incluida en el Registro de la Generalidad, la verificación de las emisiones acústicas en la carpa casal autorizada por el Consistorio y su recepción en las viviendas. La medición se produjo en la madrugada del día 16 de Marzo de 2013, con promedios de inmisiones de ruidos de hasta 95 dBA en el interior de las viviendas y picos sonoros de 100 dBA. Dicho informe se comunicó al Ayuntamiento, denunciando que a su juicio se estaba vulnerando el art. 15 y 18 de la Constitución debido a la inactividad del Ayuntamiento. La Administración a la vista de la misma debió actuar, no se puede esconder en la existencia de una autorización, la mayoría de los procesos por contaminación acústica que llegan a este Tribunal son de actividades o locales que cuentan con licencia, no obstante, se exceden de la misma, en definitiva la labor de la Administración no acaba cuando entrega una licencia o autorización sino en el control de la misma.

Hay un segundo aspecto en el que discrepa este Tribunal de la sentencia apelada, las partes demandadas señalan que la demandante no denunció la existencia de vulneración de los derechos fundamentales. La denunciante lo que hizo es poner en conocimiento de las autoridades competentes un hecho concreto y determinado que se produce o reproduce todos los años, la posible vulneración de derechos fundamentales no viene de la denuncia sino de la inactividad de la Administración, en definitiva, la obligación del particular no es manifestar en vía administrativa una concreta vulneración de derechos fundamentales sino señalar los hechos que se están produciendo, será la inactividad la que determine esa posible vulneración de derechos fundamentales. Por tanto, entendemos que las denuncias de la parte apelante y la presentación de prueba sonora no debió llevar al Ayuntamiento a examinar si la prueba se había hecho con más o menos garantías o seguido un determinado procedimiento sino poner en conocimiento una situación de hecho que le obligaba a actuar."

Y ahora llega la perla, la huida hacia delante, el lavamanos de Pilatos y el asombro de Brooklyn, la conclusión lógica ante lo reflejado, la obra de arte del escapismo hoodiniano y de la incongruencia:

" SÉPTIMO.- Resueltos los temas previos, llega el momento de analizar si se han vulnerado los derechos fundamentales de la parte apelante. Todas las fiestas populares y tradicionales normalmente tienen un componente ruidoso, en el caso de las fallas es redoblado porque a las fallas como monumento destinado a ser consumido por el fuego se une las tracas, disparadas, castillos, pasacalles, verbenas etc., en definitiva, pretender el silencio y quietud durante esa semana es prácticamente imposible, tanto para los particulares como para las autoridades su control, no obstante, todo tiene sus límites.
Deben ser las autoridades y los casales falleros quienes deben fijar esos límites armonizando la fiesta con el “limitado” derecho al descanso que tienen los ciudadanos durante esa semana, por ejemplo, limitando la música de las carpas a partir de determinada hora. El mero hecho de que existan este tipo de procesos y tengan que intervenir los Tribunales de Justicia supone un cierto fracaso de los organizadores de la fiesta popular, histórica y tradicional en su proyección al resto de los ciudadanos.

OCTAVO.- La jurisprudencia que citan ambas partes a lo largo del proceso y recoge la sentencia apelada tiene un componente temporal.
Esta Sala ya se ha pronunciado de forma reiterada sobre el tema de los casales falleros en sentencias - sentencia 293/1998 de 23.03.1998 de la Sección Tercera ó 1724/2009 de 11.12.2009 de la Sección Primera-, se hacía aplicación de la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos -sentencia de 8 Diciembre de 1994 (caso López Ostra) ó Sentencia de 16 Nov. 2004, rec. 4143/2002 (Moreno Gómez), todas ellas tienen un elemento común para entender vulnerados los derechos fundamentales, debe tratarse de una actuación continuada en el tiempo y que la parte pueda acreditarla. La sentencia apelada trae a colación la doctrina del Tribunal Constitucional Español (STC 119/2001, 16/2004, 150/2011) donde señala como característica para entender vulnerados los derechos fundamentales la “intensidad y permanencia” . En nuestro caso, ya hemos expuesto que ha existido inactividad por parte de la Administración, ahora bien, a juicio de la Sala el hecho de que durante la semana de fallas haya existido inactividad no vulnera el derecho a la tranquilidad del domicilio, máxime cuando la única prueba es una medición que se hizo en 2013. En este sentido procede confirmar la sentencia apelada."

Toma del frasco Carrasco. Una prueba sólo no sirve, hay que estar cada día de las fiestas con el sonómetro y pagando la medición y además ésta es de hace dos años, (¡a quién se le ocurre¡). Nosotros, la Justicia, ya hemos dicho lo que toca en otras ocasiones, la inactividad municipal existe y los organizadores no son buenos, ellos han de poner los límites con el municipio. De nada sirve que la inactividad se declare que es la que, en su caso, infringirá los derechos fundamentales. Tres años de quejas no son nada, pese a la febril mirada de la apelante. No nos traigan estos asuntos pues esto es un fracaso social y de la promoción de la fiesta a los ciudadanos que no pueden dormir. Como dice el juez de una farsa francesa: ¡La justicia se cansa pronto¡. Esto es un simple fracaso social donde el derecho fundamental al descanso y el equilibrio que supone para la salud, aunque haya de ir a trabajar al día siguiente, se limita hasta las cuatro de la mañana, (suponiendo que a esa hora se duerma  uno ipso facto), sin que se vea afectado por ello. Bueno lector si vd. ha llegado hasta aquí ya tendrá formada su opinión. A quien Dios se la dé San Pedro se la bendiga. A quien el TSJ se la niegue que el Constitucional, si vd. tiene ganas, tiempo y dinero, se la dé y si aún le quedan ganas vaya a los tribunales europeos. Pero cabe preguntar por dónde nos están dando con todo esto. Ah¡ y, además, le pedirán el voto.


martes, 12 de agosto de 2014

MI HEMEROTECA. Nuestra ciudad

Echo mano de mis artículos de opinión, publicados en el diario valenciano de Las Provincias, para llenar estos días veraniegos, y el primero que encuentro resulta plenamente válido y actual, pese a los casi 20 años desde su publicación el día 5 de diciembre de 1994. Hoy la situación descrita entonces es mucho peor y los gorrillas dominan nuestra ciudad y las zanjas cerradas el mes de julio, en mi barrio, se vuelven a abrir en agosto, sin que uno acierte a comprender ese tejer y destejer. En fin, el pan nuestro de cada día, pero duro y sucio. Esto decía entonces y eso podría repetir hoy:

El vivir en nuestra ciudad se me hace cada día más molesto. Camino y no dejo de ver acciones carentes de respeto a las normas jurídicas en general, a las ordenanzas municipales en particular y alas más elementales normas tradicionales de la educación, de la convivencia y del respeto a los demás y siento que carezco de la libertad por ausencia de autoridad que la defienda. Mi hambre y sed de justicia se despierta y la indignación me invade. sólo deseo que ello no influya, a su vez, en que acabe siendo irrespetuoso y desconsiderado con los que me rodean.

En un día cualquiera, puedo: haber sido casi atropellado por una motocicleta que circula en dirección contraria o no respeta un semáforo o la señal de prohibido girar a la izquierda; soportado el ruido de múltiples vehículos a escape libre o con los altavoces de su equipo musical al máximo volumen; pisado el excremento de un perro; tropezado con una pequeña trapa de quién sabe qué servicio o con las baldosas levantadas de una acera; haber sido zarandeado por un conductor de la EMT o llamado inútilmente a la puerta de un autobús en la correspondiente parada porque el semáforo próximo a ella se halla en color verde; verme obligado a sortear mesas y tenderetes para acceder de la calle a la acera o a la entrada de mi domicilio; descender de la acera por la presencia de coches y soportar la crítica del conductor que circula por la calzada y al que molesto; tener que soportar el encharcamiento de los árboles de mi barriada, mezcla de alcohol y lejía de nauseabundo olor; quedar pegado en el suelo de la acera por una mugre negra imposible de quitar que invade mi barrio; o, finalmente, no dormir, acunado por los gritos, música y otras esquisiteces de las personas que en la calle consumen bebidas expedidas por establecimientos autorizados por el ayuntamiento, o acabadito de dormirme, ser despertado por los vehículos de la limpieza en un ejercicio inútil provocado por la dejadez general de los políticos.

No hace falta que me refiera a la ausencia de policías, otros lo han hecho ya. Según mi costumbre sólo quiero repetir, una vez más, que no hay gobierno sin administración, ni libertad sin limitación de los derechos que por su exceso perjudiquen los de los demás o a los intereses públicos establecidos en las leyes. Tampoco puede haber libertad, ni democracia, ni gobierno, si las administraciones públicas no colaboran entre sí para su efectividad.

Como única respuesta posible, de momento, en los próximos recibos que a efectos impositivos valoran mi vivienda, pienso reclamar una tasación a la baja, no sólo por la situación económica, sino porque la actuación municipal la ha desvalorizado, ha bajado mi calidad de vida y no me presta los servicios que contribuyo, en teoría, a sostener. Espero que la diferencia y el coste de los servicios de limpieza los carguen directamente en el bolsillo de los dueños de los establecimientos y bares de la zona o en el bolsillo de los políticos que no han sabido o querido aplicar el ordenamiento jurídico.

Todo sigue un poco peor en general y la limpieza ya se la ha llevado la crisis y los alcorques de los árboles ya no se anegan de agua, además cada vez hay menos árboles. Este mes es más tranquilo, los problemas se van de veraneo a la zona marítima donde campan a sus anchas para desgracia de los verdaderos turistas y clientes de los hoteles playeros y sus dueños. Pero todo tornará a la anormal normalidad.

jueves, 11 de noviembre de 2010

VALENCIA, LOS PEATONES Y LAS BICICLETAS

En Valencia, ya hace muchos años, siendo Alcalde el Sr. Pérez Casado, nos pusimos muy modernos y europeos y se decidió poner un carril para bicicletas en algunos lugares de la ciudad, incluido el centro y calles que se construyeron sin pensar en carriles bici. Para mí una verdadera chapuza que es mala para los ciclistas y para los peatones. Todo muy ecológico pero totalmente desordenado. Nada que ver con lo conocido en otras ciudades europeas como Copenhague, por ejemplo. Vean un ejemplo de circulación por el carril, en calle y acera ancha:


Como el carril bici no existe en toda Valencia o se interrumpe al pasar a otra calle, las bicicletas circulan por las aceras.También en sitios en que el carril bici no era racional, porque bien ocupaba toda la calle o bien toda la acera, se ha puesto, con lo que los peatones han de circular por dicho carril o por una estrechísima banda en la que apenas cabe el ancho de un cuerpo normal. Total, descontento de los ciclistas y de los ciudadanos. Pero el colmo se va a producir a partir de ahora, pues ya hace aproximadamente un año el Ayuntamiento ha puesto un servicio de alquiler de bicicletas en toda la ciudad, muy monas ellas, con lucecita blanca deslumbrante y molesta para los peatones, cestita al uso, etc. Los estudiantes y un buen número de ciudadanos utilizan el servicio, como es lógico, con lo que la circulación de bicicletas ha sufrido un incremento que convierte al sistema en insuficiente, precario y peligroso.

Las quejas y reivindicaciones de los ciclistas más conocedores de las nuevas tecnologías son muchas y gozan de más presencia y prensa, pero los peatones, sin perjuicio de sus incumplimientos en la materia, son el elemento más débil, sobre todo los ancianos o personas mayores, dada la carencia de carriles en todas las zonas y la circulación por las aceras de las bicis que no tienen más espacio para circular que aquel por el que circulan los coches. Los ciclistas que van por el carril son de lo más variado, pero abunda quien no pasea o circula con normalidad sino que corre como si de una competición se tratara, con bicicleta de estrechas ruedas y  escuchando la radio, con los llamados pinganillos puestos, y sin respetar los cruces de los peatones o pasando a su lado como una exhalación y con peligro de matarlos, no sólo por el posible golpe sino, simplemente, por el susto. Los peatones, si han de cambiar de acera o cruzar a otra parte, han de hacerlo inevitablemente cruzando el carril bici, con peligro de ser atropellados. Como, además, los carriles son de doble sentido, si te nueves un ápice tambien corres el peligro del atropello o violento golpe por la espalda. Si sales del portal de casa, antes has de pensar en detenerte, mirar a ambos lados, y luego, tras comprobar que lo puedes hacer, empezar a andar por "tu" acera, sorteando las mesas de los bares de turno o atendiendo al airado timbre de la bicicleta a la que impides el paso por donde ella no tiene el carril o por invadir el que tiene, por ser ese el único espacio por el que puedes circular. No se te ocurra salir de casa o del loocal de turno sin más o dejar a los niños que lo hagan o circulen como tales; atados a una correa de menos de medio metro es el sistema más seguro de que no te los maten o desgracien. Lo mismo has de considerar al descender del autobus e incorporate a la acera, pues lo normal es que lo hagas al carril bici de modo directo.Y no olviden que las aceras y los carriles bici son también lugar de circulación y aparcamiento de motos.

Un acierto municipal, que viste mucho, pero que hemos de esperar a ver si incrementa o no los pleitos por responsabilidad patrimonial, en cuanto el ciudadano aprecie que la causa y el origen de todo es una mala, inadecuada e irracional actuación municipal.  Ciclistas heridos por mal estado del carril o peatones atropellados tendrán en el Ayuntamiento el asidero correspondiente para responsabilizar del hecho. Eso sí, viste mucho  y ofrece buena imagen. ¡Qué modernos que somos¡

domingo, 18 de julio de 2010

MUNICIPIOS COSTEROS, SERVICIOS Y PROGRESO

Estos días en la prensa diaria valenciana ha sido objeto de comentario, tras ahogarse una persona al intentar salvar a una niña, que los vigilantes de las playas y las postas sanitarias empezaban su actividad a las once de la mañana y que las primeras horas de playa y baño no contaban con el servicio. Este hecho siempre me ha llamado la atención y lo he considerado un importante fallo administrativo, pues personas mayores y familias de niños pequeños, escogen las primeras horas para su baño diario y, por tanto, no tienen información sobre peligros, bien sean corrientes o bien medusas o cualquier otro tipo de incidencias. Es decir a primeras horas de la mañana las medusas te pueden picar sin que tengas a mano la debida atención.

Pero el hecho me ha hecho pensar en los cambios habidos en los municipios y localidades a los que desde mi infancia he venido pasando mis veranos. Los cambios en Mallorca o en Denia de los años cuarenta del pasado siglo a la actualidad son muchísimos y, al mismo tiempo, que se ha ido creciendo han ido creciendo las necesidades y servicios impensables en otros tiempos constituyen hoy exigencias claras de los ciudadanos. Los tiempos de crecimiento urbanístico parecen haber pasado y se imponen las limitaciones en el crecimiento y también en los ingresos municipales, que tienen que buscar fuentes distintas que las de la construcción para financiar sus gastos y para prestar esos servicios, hoy corrientes y antes impensables.

La crisis económica está ahí, pero también la actividad política se hace más presente que en los años citados en los que la dictadura se justificaba simplemente con la paz y tranquilidad posterior a la guerra civil. Hoy el político se ha de justificar diariamente ante los ciudadanos para conseguir su voto y ante los constantes requerimientos de una oposición que destaca la carencia de servicios que en sus tiempos de gobierno no llegó a prestar nunca. La evidencia de las carencias y la muestra de los fallos son pues armas arrojadizas por la oposición municipal y los ciudadanos adquieren conciencia de las mismas y comparan los servicios con los incrementos en impuestos y tasas municipales.

Los pueblos que antes eran un oasis de paz y tranquilidad, sus playas solitarias, soy hoy zona de bulla y concurrencia permanente, apoyadas en los chiringuitos y demás construcciones en la zona marítimo terrestre o en sus aledaños. Las zonas de descanso de los años anteriores, son hoy zonas de ocio y diversión y el descanso no es el valor mayormente perseguido por una juventud alejada de la posguerra antes señalada.

De este modo, las zonas playeras se han visto invadidas de construcciones, casitas de verano, bares y restaurantes que han pasado de ser objeto de simple autorización de temporada a ser concesiones. Las playas antes vírgenes tiene ahora paseos marítimos y la gente se ha acostumbrado a acudir a estas zonas, en cualquier época del año y a disfrutar de un buen baño y una agradable comida o refresco. Lo que fue privilegio de unos pocos constituye hoy un servicio popular.

Pero este mismo progreso y actividad han llevado a unos abusos en contra de la legalidad, que primero ha hecho que muchas propiedades públicas de las zonas playeras y de marjales, hayan desaparecido adsorbidas por las propiedades privadas lindantes o por las urbanizaciones. Caminos “privados”, de acceso a las propiedades próximas a la playa, no han podido preservar su status, pues bien nunca debieron tener el carácter de privados o bien porque se convirtieron en zonas razonables de acceso a la playa. De otro lado, las diferencias políticas entre partidos, han hecho que la Administración del Estado haya intervenido en estas zonas playeras con más de sesenta años de retraso y de pronto advierte que estas construcciones están en zona marítimo terrestre y ha provocado deslindes, derribos, finalización y revisión de concesiones y una importante parte de la actividad económica de estos municipios se ha visto afectada y, además, ha visto que el trato no es igual en unas partes que otras del territorio nacional. Los organismos oficiales de la Administración del Estado que durante años o quizá un siglo casi no estaban presentes, de pronto aparecen en defensa de la legalidad allí donde hay un rédito político.

De otro lado, mientras unos servicios, estos que son rentables, proliferan, otros son incapaces de ser prestados con eficacia, las basuras, los residuos aumentan, las expropiaciones para permitir el acceso a las urbanizaciones permitidas se eternizan, los servicios policiales son insuficientes y los pueblos no son capaces de adsorber el tráfico rodado que los inunda. El automóvil lo ha cambiado todo. Hoy todos tienen derecho a estos “disfrutes”, pero la realidad es que la razón primaria que hizo de la mayor parte de estos municipios costeros un lugar de descanso y veraneo ha dejado de existir y lo que se disfruta hoy nada tiene que ver con lo que se disfrutaba en el pasado. Mientras, las administraciones municipales han crecido desorbitadamente y son fuente insaciable de gastos y necesidades para satisfacer al monstruo burocrático en que se han convertido, sobre todo al ser también fuente de colocación de amigos y partidarios políticos. Muchos extranjeros abandonan ya estas zonas de residencia y su calidad va descendiendo de modo evidente, pues se han convertido en refugio de gente poco recomendable.

¿En realidad se ha progresado?

jueves, 15 de abril de 2010

REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. RELACIONES ESTADO-CCAA

El sistema de relaciones intergubernamentales español se mantiene estable a pesar de las continuas críticas que recibe y de las crisis periódicas que experimenta. Sin embargo, se puede observar en él una cierta estabilidad no exenta de adaptaciones a cada coyuntura. Así, el discurso territorial se ha mantenido con pocas variaciones por parte de los distintos actores –AGE, distintos tipos de comunidades autónomas, gobiernos locales partidos políticos- en las tres últimas décadas. Un sistema en equilibrio se caracteriza porque satisface a los actores e instituciones participantes, de ahí que se pueda mantener que, por lo que respecta a la AGE y las comunidades autónomas, aparentemente todas ganan en la situación actual. Sin embargo, el riesgo para la AGE es que su papel en el sistema político-administrativo vaya siendo definido en negativo por los otros actores del sistema, como resultado del logro de apoyos coyunturales y de las nuevas reformas estatutarias.

El modelo de relaciones intergubernamentales español se caracteriza por el uso casi exclusivo de mecanismos formales de cooperación, normalmente en conferencias sectoriales, comisiones bilaterales y grupos de trabajo, por el predominio de las relaciones intergubernamentales verticales sobre las horizontales y la bilateralidad sobre la multilateralidad. Otra característica es que esas relaciones se sitúan en órganos administrativos o del gobierno y no del poder legislativo, como sucede en los Estados complejos. La Comisión General de las Autonomías del Senado ha demostrado desde 1994 su insuficiencia para salvar la distancia existente entre la legitimidad representativa y la cooperación intergubernamental.

Los proyectos de reforma de la AGE consolidan el modelo de relaciones formales de cooperación y la propuesta de medidas de codecisión o cogestión no suelen pasar de su enunciado. En esta situación, la AGE no tiene necesidad de modificar su enfoque intergubernamental, ni de profundizar en las funciones de planificación, coordinación, control, evaluación y regulación, ni de establecer mecanismos de cogestión de políticas compartidas con las comunidades autónomas.

El resultado es el mantenimiento del diseño y el volumen orgánico actual, así como de un estilo de relación con las comunidades autónomas que oscila en sus extremos entre el intervencionismo jerárquico y los acuerdos bilaterales con rasgos confederales y asimétricos. Estos, al menos, han logrado reducir la conflictividad constitucional aunque sea a costa de favorecer la unilateralidad en las conferencias sectoriales. Por otra parte, la relación de la AGE con el nivel de gobierno local se ha mantenido al margen de las comunidades autónomas, pudiendo ver éstas a la Administración local como un instrumento de intervención de la AGE en su territorio, lo que es muy evidente, por ejemplo, en el Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo de 2009 y su sucesor el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, completamente desconectados de las políticas autonómicas y supramunicipales. Es evidente la falta de una estrategia territorial de adaptación al modelo constitucional, salvo que por ella se entienda el logro coyuntural de los apoyos parlamentarios de las fuerzas nacionalistas para mantener la estabilidad del Gobierno y las estrategias de supervivencia y de desgaste señaladas.

El modelo intergubernamental español se ha configurado sobre la base del reparto competencial en un imposible intento de atribuir competencias o atribuciones exclusivas a los gobiernos territoriales. Los conflictos se argumentan sobre la base de considerar que es posible esa atribución, cuando la realidad viene mostrando en los últimos treinta años que no es realista ni eficaz atribuir exclusivamente en puridad ninguna competencia a los distintos niveles de gobierno. Hasta los cuarteles del Ejército precisan de territorio y de servicios cuyas competencias son autonómicas y municipales.

La mayoría de las políticas públicas distribuyen sus fases entre los diversos niveles de gobierno, desde la Unión Europea hasta el municipio. Al dominio de la visión de un reparto jurídico del poder corresponden los órganos de cooperación meramente formales del tipo de conferencias sectoriales y de comisiones bilaterales, las cuales se han convertido en permanentes tras la reforma de los estatutos de autonomía de Cataluña, Castilla y León, Aragón y Andalucía. A una visión en la que predomina que una política es la suma de lo que los actores gubernamentales aporten, corresponden instrumentos de codecisión y cogestión, un reparto más racional y eficaz de las responsabilidades entre los diversos actores, la participación en órganos y organismos conjuntos del tipo agencias o consorcios o la delegación de competencias de ejecución a las comunidades autónomas por vía del artículo 150.2 de la Constitución, entre otros.

Los más de 10000 convenios firmados entre la AGE y las comunidades autónomas, la mayoría de ellos repetidos año tras año, y la existencia de 30 conferencias sectoriales y unos 1000 grupos de trabajo entre ambos niveles de gobierno desmienten la visión del reparto competencial y muestran la necesidad de revisar a fondo el sistema de relaciones intergubernamentales. El modelo actual ha traído desconfianza entre los actores gubernamentales y la carencia de una cultura institucional de colaboración y cooperación leal entre ellos; tampoco es el adecuado para conformar la voluntad interna y externa del Estado.

Lo propio de las reformas de la AGE, y del resto de las Administraciones, es su artificial separación entre política y Administración. Se corresponde con el tradicional predominio de la cultura jurídica en la Administración española, que apenas ha sufrido mella a pesar de los intentos de las últimas décadas. Tratar de reformar la Administración sin incluir medidas que contemplen al bloque Gobierno-Administración pública es un desiderátum ya que forman parte de un mismo sistema, el político-administrativo, que cumple una función específica en el ejercicio del poder en la sociedad.

La separación artificial entre política y Administración hace que los proyectos de reforma de la AGE presenten un enfoque táctico y no estratégico y un escaso liderazgo político. De ahí que los planes de reforma sean de, desde y para la Administración pública, por lo que los responsables políticos los ven como algo ajeno, salvo para el competente en la materia. Esto explica también que la opinión pública y los ciudadanos no alcancen a ver el impacto en el bienestar de las personas. Finalmente, las reformas están desvinculadas generalizadamente de la mejora de la democracia y de los derechos y libertades de los ciudadanos al considerarse en su perspectiva administrativa y de eficacia.

En otras ocasiones son los responsables políticos los que recortan el alcance de los planes o medidas al afectar en última instancia al statu quo de los actores políticos e institucionales. Un buen ejemplo de ello es la imposibilidad de reformar el Senado, a pesar de que haya un acuerdo prácticamente unánime entre las principales fuerzas políticas en hacerlo. La razón hay que encontrarla en que cualquiera que muchas de las opciones que se proponen modifican el peso de los partidos políticos en el sistema político a favor de otros actores. Algo similar ocurre con la introducción de los mecanismos propios de la gobernanza y de la buena administración para reforzar o implantar los principios de transparencia, rendición de cuentas, transparencia o conducta ética. Cuando se ha efectuado alguna reforma en ese sentido, suelen fallar los instrumentos de control, seguimiento y sanción.

En resumen, la AGE ha desarrollado una estrategia interna de resistencia durante las últimas décadas para mantener en lo posible su poder en el territorio y en la sociedad española a pesar de las masivas transferencias a las comunidades autónomas. Esta estrategia se ha visto apoyada por sus burócratas y responsables políticos, por los representantes de las principales fuerzas económicas y sindicales, por el proceso de integración en la UE, por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y, en parte, por la opinión pública. La situación actual no es desfavorable para el núcleo dominante de la AGE, formado por políticos y burócratas, ni para las fuerzas nacionalistas. Los primeros logran que el debate autonómico se circunscriba a los límites administrativos y gubernamentales, donde dominan claramente, excluyendo a los poderes representativos, y las segundas logran excluir al resto de las comunidades autónomas. Mientras esta estrategia no cambie, lo que requiere un fuerte liderazgo político, la reforma de la AGE se quedará en la búsqueda de la eficacia y la excelencia y lejos de las necesidades del sistema político-administrativo y de los intereses de los ciudadanos. Las noticias buenas son que la coyuntura actual es favorable para abordar la reforma organizativa del conjunto Gobierno-AGE en el sentido que se propone en este libro.

domingo, 21 de marzo de 2010

YÁTOVA Y LA CALLE ANDRÉS MOREY

Yátova es el pueblo en el que nació mi abuelo Bernardo Juan Burriel (del que podeís saber aquí en Capitan y soldado) y en el que he pasado parte de mi infancia y parte de la de mis hijos y por tanto lleno de recuerdos. El caso es que en mi actividad como funcionario, tuve la suerte de poder intervenir en favor de intereses legítimos del pueblo y, en consecuencia, de sus habitantes. Son las cosas que tiene la Administración, a veces puedes hacer cosas en favor de las personas sin que exista perjuicio para otras y que compensan de otras situaciones en las que la irracionalidad y el formalismo toman cuerpo burocrático.

Pues bien, como eso ocurría alrededor de la década de los 1980 y, por entonces, pasaba algún período vacacional en el pueblo, en una ocasión o un par de ellas algún amigo me dijó que el Ayuntamiento había acordado ponerme una calle o considerarme hijo del pueblo. Ninguna otra manifestación de dicho acuerdo se presentó ante mí, salvo comentarios sueltos de vecinos y amigos.

Más adelante, en la década de los 90, por razón de la apertura de una calle (ya prevista en los años 1950 y parcialmente abierta), que afectaba al huerto de la casa que mi abuelo construyó, veo en un plano el dibujo de la calle y mi nombre en ella. Me entero pues de la parte negativa (la expropiación) y compruebo que en el proyecto se ha decidido, por lo visto, cumplir con el acuerdo comentado y no manifiestado oficialmente. Más adelante aún en la red de internet  encuentro la publicación en 2006 del sometimiento a información pública del proyecto de urbanización de la calle de Andrés Morey. Parece, pues, ya un hecho, y en una visita al Ayutamiento el actual Alcalde, Rafael Lisarde, me enseña una placa destinada a la mencionada calle. Hace menos de un mes compruebo la existencia de una placa que confirma todo lo anterior.


La historia contada tiene el objeto principal de mostrar mi agredecimiento al pueblo de Yátova, a aquellos que en los 1980 impulsaron un acuerdo y a los que lo aprobaron y a los que, finalmente, lo han hecho efectivo. De verdad, es un orgullo para mí que en el pueblo de mi abuelo, hoy, formen chaflán la calle a él dedicada, en la que está la casa que construyó, y la a mí dedicada. Abuelo y nieto que no llegaron a conocerse se juntan hoy en el terreno del pueblo que vió nacer al primero y crecer al segundo. Repito, muchas gracias.

El segundo objeto de esta entrada del post es la que conecta con la Administración propiamente dicha. Pueblo, Gobierno municipal y políticos cumplieron, fueron agradecidos y yo no he querido actos públicos de apertura;  pero la Administración no parece haberlo hecho muy bien, como interesado creo que tenemos un ejemplo de acto tácito, sé que se acordó dedicarme una calle, veo la misma, pero desconozco el acuerdo y su contenido pues no se me notificó en su día.. Es normal, los pueblos pequeños cambian continuamente de secretario y además lo comparten. De todas formas voy a pedir que rescaten el acuerdo y me lo notifiquen, porque la calle puede que desaparezca un día pero el acuerdo si lo tiene la familia puede que se conserve y conste que sólo digo puede.

viernes, 5 de febrero de 2010

EL PLAN E LOCAL O CUANDO LA DEMANDA SE AJUSTA A LA OFERTA

Un año después de la puesta en marcha del Fondo Estatal de Inversión Local (FEIL), o Plan E Local, dotado con 8.000 millones de €, es obligado realizar una primera evaluación de este, aunque necesariamente deba ser provisional, dada la escasez de datos publicados por el flamante Ministerio de Política Territorial, más allá de sus confusas notas de prensa.

La escasa transparencia es la primera característica que ha de señalarse en la tramitación, ejecución y seguimiento de dicho Fondo. Bastaría con que el Ministerio aportara una información del seguimiento del FEIL similar a la que suministra de los Programas Económicos de Cooperación Local. La razón de esta opacidad puede encontrarse en lo que no era difícil pronosticar al inicio del FEIL, esto es, la falta de capacidad de ejecución del Fondo por parte de los gobiernos locales y del Gobierno de la Nación. En este sentido, la ejecución presupuestaria de los Programas citados correspondientes a 2007 está en la actualidad por debajo del 70 por ciento y los de 2008 en el 30 por ciento. Todo ello para unos Programas que representaron en 2008 72 veces menos de dotación presupuestaria que el FEIL.

La baja ejecución de los programas locales, que es estructural en términos históricos, es debida, en primer lugar, a que la adjudicación de las obras se produce en la anualidad de cada programa y su ejecución en la anualidad o anualidades siguientes. A esto responde la obligatoriedad, que ha de calificarse de voluntarista, de que las obras del FEIL se ejecuten en el mismo año de su contratación. Y en segundo lugar, a la falta de capacidad de gestión de una gran parte de los municipios españoles causada fundamentalmente por los escasos medios con los que cuentan que, a su vez, es en gran parte consecuencia del inframunicipalismo.

Si atendemos al criterio de población, de los 8.112 municipios españoles 4.861 tienen menos de 1.001 habitantes; 5.797 menos de 2.001 habitantes, y 6.822 menos de 5.001 habitantes. Además, su capacidad de gestión se ha visto forzada, y muchas veces desbordada, con los plazos y requisitos de contratación establecidos en el FEIL, que han tenido que imponerse en los pequeños municipios a la gestión ordinaria municipal y a la gestión de los otros fondos estatales –incluidos los Programas del Estado-, autonómicos, provinciales o insulares, con los que el primero ni se integra ni se coordina deliberadamente. Esta realidad no se tuvo en cuenta deliberadamente en el FEIL.

La información pública disponible sobre la evaluación y seguimiento del FEIL en la página web del Ministerio de Política Territorial es la referente a la nota de prensa que acompañaba a la aprobación del Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, que es la nueva edición del FEIL para 2010. Se completa con la intervención del ministro Chaves el 19 de noviembre en el Congreso de los Diputados para convalidar el Decreto-Ley que creaba el Fondo de 2010 dotado con 5.000 millones de euros. Estas informaciones ofrecen los siguientes datos:
1. El Ministerio de Política Territorial había financiado 30.533 proyectos con cargo al FEIL, de ellos, cerca de 9.600 proyectos han sido de rehabilitación y mejora de espacios públicos; 1.400 proyectos de colegios, casas de cultura, museos, bibliotecas, centros musicales; más de 140 escuelas infantiles y guarderías; más de 2.600 instalaciones deportivas; más de 1.000 casas de juventud y centros polivalentes; casi 9.000 proyectos relacionadas con redes de saneamiento, alcantarillado, distribución del agua, etc.; y, finalmente, más 600 proyectos de eliminación de barreras arquitectónicas.
2. Los proyectos finalizados o en ejecución suponían el 99,22% de los 30.772 aprobados inicialmente. En aquellos momentos quedaban 239 obras (0,77%) por recibir la dotación necesaria para su inicio.
3. 91 municipios, de un total de 8.108, no habían aprobado los proyectos para el inicio de sus trabajos. Sí lo habían hecho seis mancomunidades.
4. La inversión para el comienzo de los proyectos ascendía a 5.282 millones de euros (correspondiente al adelanto del 70% del coste de la obra).
5. Las obras habían generado 425.622 puestos de trabajo en los municipios españoles, lo que representaba un 52,85% más del empleo previsto inicialmente para el plan.
6. Más de 14.000 empresas estaban trabajando en el FEIL.

El punto 3 nos señala que el Plan no ha posibilitado la agrupación de los intereses municipales para la gestión del FEIL a través de las 1.023 mancomunidades inscritas en el Ministerio. Dificultada esta vía por los plazos de presentación de propuestas y cerrada la posibilidad a que se gestionase, o al menos se compartiese, el Fondo por comunidades autónomas, diputaciones provinciales, consejos y cabildos insulares, no es aventurado afirmar que no se habrán podido atender los objetivos de planificación territorial ni una adecuada distribución de los equipamientos e infraestructuras en el territorio, muy especialmente en los ámbitos espaciales dominados por los pequeños o muy pequeños municipios.

Podemos deducir del punto 4 que el presupuesto aprobado de las obras que finalmente cumplieron los requisitos de la convocatoria del FEIL ha sido de unos 7.500 millones de euros, aunque no sabemos si se trata del presupuesto de adjudicación o el de contratación. Si fuese el primero, habría que aplicar las bajas correspondientes. La reutilización de estas bajas, la reasignación del presupuesto de los proyectos no aprobados o no contratados y de los incumplimientos no se tuvieron en cuenta en la convocatoria de 2009, por lo que es previsible que un porcentaje de los 8.000 millones de euros no se gaste. De esto el Ministerio no ofrece información alguna. A esta inaplicación presupuestaria contribuye claramente el hecho de restringir el papel de las diputaciones provinciales, cabildos, consells y comunidades autónomas uniprovinciales en la gestión del FEIL.

Los datos aportados por el Ministerio y su titular son más interesantes, sin embargo, por la información que no ofrece, a saber: presupuesto contratado del FEIL; desglose de los proyectos por tipología y cuantía; grado de ejecución presupuestaria; número o porcentaje de obras finalizadas; territorialización de los datos anteriores.

A falta de más información, es posible ofrecer algunas reflexiones sobre la evolución del FEIL basadas en su convocatoria y en el conocimiento de la realidad municipal española. La primera es que el planteamiento del Fondo ha favorecido a los grandes ayuntamientos al tenerse en cuenta exclusivamente el criterio poblacional, a pesar de que los Programas Económicos de Cooperación Local del Estado establecen una fórmula multicriterio mucho que atiende a los profundos desequilibrios territoriales de la realidad municipal española y que ha sido consensuada durante años con los municipios y demás gobiernos territoriales. Entre los criterios vigentes se encuentran: necesidades de infraestructura y equipamiento local; extensión de la red viaria provincial e insular; capacidad financiera o la relación entre los recursos presupuestarios y la población; población, superficie territorial, número de núcleos de población, la inversa de la renta provincial y la tasa de desempleo; y el grado de ejecución de los planes de los dos años anteriores.

La relegación deliberada por el Gobierno de la Nación del papel de comunidades autónomas, consells, diputaciones y cabildos en el diseño, gestión y seguimiento del FEIL –en la que se insiste en el Fondo de 2010- además de generar problemas en su ejecución y en la planificación territorial, tiene el efecto, también buscado políticamente, de romper el modelo de relaciones intergubernamentales establecido en la Constitución Española entre los tres niveles de gobierno del Estado, el central o estatal, el autonómico y los locales, como mínimo, en lo que a la cooperación local y la planificación de las inversiones territoriales se refiere, que caen claramente en el campo autonómico y provincial y equivalente.

La tercera reflexión tiene que ver también con la falta de planificación de la enorme cantidad de presupuesto disponible para el Fondo. A poco más de un año vista de su lanzamiento, se puede decir que su fin primordial, si no exclusivo, era tratar de mejorar las cifras del paro del segundo semestre de 2009. Llama la atención la precisión ofrecida por el Ministerio sobre los puestos de trabajo generados por el Plan (425.622) en relación con el vacío informativo sobre los demás objetivos del Fondo. Sin embargo, no sabemos, por ejemplo, a cuantas jornadas de trabajo corresponden en cómputo anual ni cuánto representan del total del gasto realizado. Lejos de aprender de los problemas causados por la improvisación del FEIL, el Fondo de 2010 se empecina en ella.

La cuarta cuestión hace referencia a que la precipitación con la que se anunció y reguló el FEIL es más que probable que haya producido el hinchamiento de los presupuestos de obras con el fin de ajustarse a la cantidad asignada. Esta es una consecuencia evidente cuando las obras no tienen por qué responder a las necesidades planificadas, sino a la oferta de gasto realizada: la demanda se ajusta a la oferta y no al revés. En este sentido, el recurso a echar mano de proyectos existentes en las oficinas técnicas de los ayuntamientos es mucho más fácil que lo puedan haber hecho los grandes municipios que los pequeños.

La última reflexión deriva hacia el terreno de la eficacia de la gestión y de la ética pública. El FEIL ha coincidido con un año plagado de escándalos municipales de corrupción, todos ellos relacionados con cuestiones urbanísticas o de contratación. La enorme cantidad presupuestaria por ejecutar, la forma de contratación y los plazos exigidos por el FEIL a buen seguro que no han contribuido a rebajar los índices de corrupción municipal. Por otra parte, es muy probable que la necesidad de ajustarse a la oferta, en los términos que se ha producido, haya provocado que muchas de las inversiones resulten social y económicamente improductivas, cuando no directamente absurdas, como han puesto de manifiesto certeramente algunos medios de comunicación en los últimos meses. El ministro Chaves calificó de “injustas y ofensivas las caricaturas que acusan a los ayuntamientos de abrir y cerrar zanjas”, sin embargo, algo de cierto debe haber en las críticas cuando en el Fondo para 2010 se limita la rehabilitación y mejora de espacios públicos a los municipios de menos de 2000 habitantes.

Como conclusión habría que señalar que quizá hubiese sido más eficiente y equitativo social y territorialmente haber incrementado los históricos, consensuados y escasos Programas Económicos de Cooperación Local del Estado con los 8.000 millones o una cifra mejor pensada. Claro es que en este caso se debería haber compartido el protagonismo de la inversión, la creación de riqueza y, en su caso, de empleo con los respectivos gobiernos territoriales y la oposición, pero aunque los carteles del Plan E son amplios, quizá no sean lo suficientemente grandes como para que en ellos quepan todos.

jueves, 28 de enero de 2010

EL NUEVO FONDO LOCAL O DE CUANDO LA INVERSIÓN SE CONVIERTE EN GASTO CORRIENTE

Hace unas semanas se aprobó el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, que es la nueva edición del Fondo Estatal de Inversión Local para 2010, aunque presenta una serie de novedades respecto a la convocatoria pasada. Algunas de estas provienen de la experiencia derivada de la ejecución del Fondo de 2009 y otras de las reivindicaciones de los dirigentes locales. Posteriormente, se publicó la Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba el modelo para la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo a dicho Fondo.

Como vinimos recogiendo durante el verano, las noticias locales mostraban los muy graves problemas de financiación de nuestros municipios, la dificultad o imposibilidad de afrontar el gasto corriente, el incremento de los impuestos locales y la restricción de la oferta de servicios públicos locales. Como ya se señaló, ninguna noticia entonces, ni ahora, recoge planteamiento alguno de nuestros responsables políticos de establecer planes de saneamiento de las haciendas locales que permitan un equilibrio razonable entre ingresos y gastos en un plazo temporal adecuado a cada situación municipal. Antes bien, nuestros alcaldes han solicitado de las diputaciones provinciales y de los gobiernos autonómicos desviar el presupuesto destinado a inversiones para sufragar los gastos corrientes y que se aparquen los fondos de inversión con el fin de que sus recursos se transfieran a pagar las facturas más apremiantes. Por lo que respecta al llamado Plan E local demandaron, en esta línea, que una parte del Fondo fuera finalista para gastos corrientes.

En este contexto se aprueba el citado Real Decreto-ley con la finalidad de cumplir algunos de los objetivos de 2009, esencialmente la creación de empleo, y algunos nuevos, como la sostenibilidad económica, la ambiental y la sostenibilidad social. Es este último objetivo el que permite financiar gastos corrientes originados por los servicios educativos y los servicios de atención a las personas en situación de dependencia hasta un límite del 20 por ciento de los fondos asignados a cada ayuntamiento.

A pesar de que realmente se trata de una segunda edición del Fondo, se mantiene la forma de Decreto-ley, lo que se justifica, en primer lugar, en la extraordinaria y urgente necesidad motivada por la adopción de “medidas inmediatas de generación de empleo y de incentivación económica en el conjunto del territorio para hacer frente a la situación actual de crisis económica y al proceso de destrucción de empleo” y, en segundo lugar, en la necesidad de que los Ayuntamientos elaboren los proyectos para que pueda procederse a la distribución de los fondos con carácter inmediato a partir del 1 de enero de 2010. Ninguna de las dos necesidades justifica la utilización de esta forma de legislar, puesto que ha habido casi un año desde el Real Decreto-ley que aprobó el Fondo de 2009 para tramitar una ley formal, porque la crisis económica ya lleva entre nosotros más de dos años y porque una ley se podría haber tramitado a tiempo para que estuviera en vigor a la entrada de los Presupuestos Generales de 2010. El resultado es la ocultación de un debate en las Cortes Generales que a buen seguro se habría centrado en la eficacia y resultados del Fondo de 2009 del que muy poco se nos ha informado, a pesar de su enorme dotación presupuestaria, que, recordamos, es de 8000 millones de euros.

La nueva norma corrige algunos de los defectos de la edición de 2009 que han causado numerosos problemas a los municipios españoles: ahora son financiables la redacción de proyectos y la dirección de obras y se permite la reutilización, aunque limitada, de las bajas de adjudicación. Además, se ha ampliado notablemente los proyectos de inversión financiables a los que también se añaden un buen elenco de diversas actuaciones. Entre estas hay que destacar los contratos de suministro para el equipamiento de los edificios e instalaciones que sean objeto del contrato de obras hasta un límite del 20 por ciento del importe del proyecto; los contratos de suministros para la adquisición de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas; y los contratos de servicios para la implantación y el desarrollo de sistemas y programas informáticos. Finalmente, el Ministerio librará el 85 por ciento, y no el 70 como en 2009, a la adjudicación del contrato por el ayuntamiento. Indudablemente esta medida supone una inyección extra de liquidez a las maltratadas arcas municipales.

El Fondo de 2010 precisa el tipo de obras financiables siguiendo las líneas de sostenibilidad citadas. Así son financiables: parques empresariales, científicos y tecnológicos; infraestructuras de innovación y desarrollo tecnológico; despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación, etc.; ahorro y eficiencia energética y de recursos hídricos; accesibilidad y uso de energías renovables; movilidad urbana sostenible; refuerzo de medios de transporte menos contaminantes; y centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos.

Pero las novedades no alcanzan a algunos de los aspectos más criticables del Fondo de 2009 como, por ejemplo, utilizar como único criterio de reparto las cifras de población, que deba ejecutarse en el año natural y no contar con las Diputaciones Provinciales, Consells y Cabildos insulares salvo, de forma imperativa, para prestar “asistencia y cooperación jurídica y técnica a los Municipios para la preparación y gestión de las solicitudes de financiación reguladas en este real decreto-ley”. Se sigue sin tener en cuenta a las comunidades autónomas salvo para comunicarles “la relación de proyectos adjudicados en los municipios correspondientes a su ámbito territorial”. Por otra parte, si bien las actuaciones podrán ser presentadas por agrupaciones o mancomunidades de municipios, lo cierto es que el procedimiento y los plazos exigidos de aprobación y contratación de los proyectos siguen sin permitir que se puedan presentar proyectos con criterios de cierta planificación territorial y que afecten a más de un municipio. En este aspecto, hay que recordar que en el Fondo anterior solo 6 mancomunidades, de las más de mil registradas, presentaron proyectos.

Entre los aspectos positivos del nuevo Fondo hay que señalar que se ha tenido parcialmente en cuenta la enorme fragmentación de los municipios españoles atendiendo exclusivamente al criterio de población, que es el elegido para el reparto de los 5.000 millones de €. Así, solo los municipios con una población inferior a los 2.000 habitantes podrán realizar obras de mejora de las redes viarias y de adecuación, rehabilitación o regeneración de entornos y espacios públicos urbanos, además del resto de las obras y suministros financiables; y los municipios de menos de 200 habitantes podrán ejecutar directamente las obras, previa autorización del Ministerio de Política Territorial.

Como conclusión hay que señalar que no hay justificación para convocar un Fondo destinado a los municipios que atienda solo como criterio de reparto a la población. No es creíble que no haya habido tiempo para haber negociado con los municipios la utilización de más criterios que permitan paliar los graves desequilibrios territoriales existentes en el ámbito local de nuestro país y que estos fondos están ayudando a incrementar. Por esto y porque se trata de una segunda edición la fórmula legal de Decreto-ley no se encuentre justificada. Es cierto que se ha mejorado el Fondo de 2009, pero permanecen incólumes sus fundamentos: no contar con los niveles de gobierno competentes en planificación local y territorial, quebrando así el modelo constitucional de relaciones intergubernamentales que prima a las comunidades autónomas en el territorio; la obligación de ejecutarse en el año natural de 2010; y favorecer a los grandes ayuntamientos. Las mejoras introducidas tienen que ver con la necesidad de conseguir unos niveles más altos de ejecución del Fondo y de atender a las presiones de los alcaldes, en concreto de las grandes ciudades. En éstas, y en el resto de poblaciones, lo que ya es agobiante es el gasto corriente que no va a parar de crecer como consecuencia de las obras y equipamientos realizados con cargo a estos Fondos. Habría que preguntarse cómo se va a financiar el mantenimiento de las nuevas obras y equipamientos municipales en el futuro, cuando se acabe esta aportación presupuestaria extraordinaria.

En los próximos días trataré una primera evaluación del Fondo de 2009. Ya adelanto que la realidad supera a la mejor ficción.

martes, 5 de enero de 2010

EL ALCANCE DEL GOBIERNO LOCAL (II)

Lo que se plantea es que las decisiones conformadoras de una sociedad, las verdaderas políticas públicas, aquellas que la estructuran de una manera buscada y predeterminada no suelen encontrarse en el nivel local. Ahora bien, en los niveles superiores tampoco encontraremos habitualmente mecanismos de participación ciudadana. De ahí que se pueda afirmar que la participación ciudadana, al menos en el caso español, se realiza sobre actividades y servicios públicos de escasa relevancia ciudadana. Claro es que en el caso de los grandes ayuntamientos su capacidad de maniobra puede permitirles incidir en aspectos de la vida ciudadana de mayor transcendencia, en especial en determinadas infraestructuras y equipamientos.

Si atendemos al reparto competencial entre los diversos niveles de gobierno se puede afirmar que existe un centro decisional situado en los escalones estatal y de la Unión Europea en el que participan de una manera variable, pero generalmente escasa las comunidades autónomas y sólo de una manera puntual los poderes locales. Evidentemente esa participación será muy diferente en el caso de las grandes ciudades españolas y en los pequeños ayuntamientos. De esta manera, las organizaciones sociales que actúan en los niveles superiores tienen una capacidad de intervención en las políticas públicas superior a las situadas en los escalones inferiores. Se produce así una suerte de jerarquía de participación que está vinculada al distinto rango de las políticas y a su reparto en los diferentes niveles territoriales.

Por ejemplo, en la planificación urbanística están implicados los tres niveles de gobierno, el estatal el autonómico y el municipal. El primero a través de la ordenación del territorio y de la diversa y numerosa planificación que se proyecta sobre él, el segundo porque es quien aprueba inicialmente el plan y el último es quien realiza la propuesta y la aprueba definitivamente. La participación en los niveles y fases de tramitación del plan de ordenación urbana es bien distinta en cada fase o nivel y puede tener consecuencias distintas en la aprobación final del plan. Las organizaciones que pueden llegar a participar en el nivel superior pueden determinar, por ejemplo, el territorio que es urbanizable; las que actúan en el escalón intermedio pueden determinar el alcance de un plan concreto e intervenir en la alteración, aprobación o rechazo de la propuesta del ayuntamiento; mientras que las que actúan en el último escalón pueden intervenir en la propuesta inicial del plan.

Podemos concluir que la participación en el escalón local se realiza sobre competencias de ejecución que en muchos casos están condicionadas, en general, por la regulación o la financiación de los entes de escalones superiores. Esas competencias tienen una baja relevancia ciudadana y la participación de las organizaciones sociales en ellas se encuentra condicionada por la previa participación de otras organizaciones en los escalones superiores. En algunos casos estas organizaciones pueden estar estructuradas territorialmente y actuar jerárquicamente. Se podría decir que, en general, se participa en pocas políticas públicas, esencialmente en las de ámbito local, que esas políticas suelen ser de ejecución o se sitúan preferentemente en la fase de ejecución y que hay una jerarquía institucional derivada del reparto competencial y de la ordenación de las organizaciones sociales en escalones territoriales y de representación. En este sentido, no tiene el mismo nivel de representación institucional, por ejemplo, las organizaciones sindicales que las vecinales. Las primeras, en el caso español, pueden acceder a los más variados foros institucionales, mientras que las segundas están circunscritas al ámbito municipal y para las materias propias de dicho ámbito.

sábado, 2 de enero de 2010

EL ALCANCE DEL GOBIERNO LOCAL (I)

Es frecuente asociar el gobierno local a las expresiones “gobierno más cercano a los ciudadanos”, “escuela de democracia” o a que los servicios locales son “tangibles y próximos” al ciudadano. Con ellas se quiere hacer referencia al carácter básico, primario o natural del gobierno local en comparación con los niveles de gobierno superiores. Se trataría de transmitir la idea de su mayor vinculación con los ciudadanos a los que prestaría servicios básicos, a la vez que de ensalzar la relación más directa entre ciudadanos y dirigentes políticos locales. El mensaje se dirige a los otros niveles de gobierno a los que se suele reclamar más competencias y financiación, precisamente para atender la demanda ciudadana que, se suele señalar, se manifiesta en primer lugar ante las autoridades locales que ante las regionales y estatales, lo que puede ser cierto en las pequeñas y medianas poblaciones. Este planteamiento tiene efector prácticos indudables ya que, por ejemplo, justifica en España la prestación de servicios impropios, es decir aquellos que no están atribuidos, o no lo están claramente, al nivel local por el reparto competencial entre los entes territoriales.

El planteamiento anterior choca en el caso español con las preocupaciones de los ciudadanos en relación con los servicios y con sus preferencias de asignación presupuestaria. Así, en los últimos veinticinco años entre los principales problemas del país señalados por los ciudadanos no se encuentra ninguno que esté vinculado a servicios públicos prestados en exclusiva o principalmente por el gobierno local. Estos suelen ser el paro, el terrorismo, la inseguridad ciudadana, los problemas económicos, la vivienda y la inmigración. Por lo que respecta a las preferencias de asignación presupuestaria, éstas en las diversas encuestas suelen ser sanidad, educación, vivienda, seguridad ciudadana y pensiones. Es claro que todos ellos son tangibles y próximos al ciudadano, además de ser de gran relevancia y prioritarios. De todos ellos el nivel local tiene competencias parciales en seguridad ciudadana y en vivienda, aunque la formulación de las políticas y la gran mayoría de los medios se encuentran en los niveles superiores de gobierno. Hay que recordar que el presupuesto de todas las Administraciones locales en España no llega al 15 por cien del total de las Administraciones públicas, lo que da una idea de su dimensión. Por último, estas consideraciones hay que matizarlas con la enorme dispersión poblacional, y por tanto de medios, de los más de ocho mil municipios en España, en los que la gran mayoría tiene menos de cinco mil habitantes.

Si tomamos la participación ciudadana, se puede planear que la misma se realiza sobre actividades y servicios públicos no expresados como prioritarios por los ciudadanos, lo que no significa –es preciso enfatizar en ello- que no tengan transcendencia para la vida de la colectividad. Es decir, se participa en políticas de ejecución casi exclusivamente situadas en el nivel de gobierno local, aunque se llegue a realizar en la fase de la formulación de la política. Se puede codecidir, pero sobre servicios y actividades de ejecución y normalmente no de políticas de conformación social. Éstos están atribuidos en el reparto de poder territorial a las comunidades autónomas y al Gobierno del Estado.

De esta manera, instrumentos de participación ciudadana como los presupuestos participativos incidirían en una serie de aspectos que, sin dudar de su importancia en la vida colectiva, presentan una relevancia baja desde el punto de vista ciudadano en cuanto a sus preferencias manifestadas de actuación y de gasto público. Así, la participación en la dotación de equipamientos de un barrio tendría menor relevancia ciudadana que una vía de descongestión de gran capacidad o una autovía de competencia de la comunidad autónoma o del Estado, aunque indudablemente los primeros inciden en la calidad de vida de los ciudadanos que los utilicen. Otro ejemplo, un plan de dinamización económica de un distrito tiene menos incidencia en la vida económica y el empleo que una política de rentas o monetaria que están atribuidas al nivel estatal y a la Unión Europea.

sábado, 26 de septiembre de 2009

EL PLAN E O LA RUPTURA DEL MODELO DE RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES

Dentro de dos meses se cumplirá un año de la creación por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre (BOE de 2 de diciembre) del Fondo Estatal de Inversión Local y de la aprobación de los 8000 millones de € de créditos extraordinarios para atender a su financiación. Esta norma rompe el modelo de relación entre los tres niveles de gobierno del Estado, el central o estatal, el autonómico y el/los local/es, al menos en lo que a la planificación de las inversiones territoriales se refiere. Este hecho ha pasado desapercibido porque deliberadamente se ha ocultado bajo la urgencia de crear empleo, viejo recurso para justificar el no debatir algunas cuestiones de gran calado político y social, especialmente en momentos de grave crisis económica como la actual.

La Exposición de Motivos de la norma citada señalaba entre sus objetivos los siguientes:
1. Evitar el retraimiento de la demanda privada.
2. Aumentar la inversión pública en el ámbito local mediante la financiación de obras de nueva planificación.
3. Reforzar la capitalización de los municipios.
4. Mejorar las dotaciones municipales de infraestructuras, tanto productivas como de utilidad social.
5. Empleo de trabajadores y la movilización de recursos que, en gran medida, procederán de los excedentes del sector de la construcción.
6. Ejecución inmediata a partir de comienzos de 2009.

Como se ve, nada se señala sobre la gran oportunidad que el Plan podría haber ofrecido de paliar los fuertes desequilibrios territoriales y sociales de nuestros gobiernos locales. El actual Plan dispone de 80 veces más de presupuesto que el Programa de cooperación económica local del Estado de 2008.

El Fondo señalado se distribuyó exclusivamente atendiendo al criterio de la población registrada en los padrones municipales y está siendo administrado, gestionado y dirigido exclusivamente por el actual Ministerio de Política Territorial, quien también liberará y controlará los fondos, en este caso con la Intervención General de la Administración del Estado.

De la lectura del Real Decreto-Ley se extraen una serie de notas relevantes a los efectos de las relaciones intergubernamentales españolas:
1. Los destinatarios del Fondo son exclusivamente los ayuntamientos.
2. No permite la cofinanciación de los proyectos con las diputaciones provinciales, consejos insulares, cabildos insulares o comunidades autónomas uniprovinciales.
3. A los ayuntamientos se les encarga el seguimiento de la creación de empleo.
4. La cooperación de las Diputaciones Provinciales, Consells y Cabildos se limita a la asistencia y cooperación jurídica y técnica a los Municipios para la preparación y gestión de las solicitudes.
5. El Ministerio informará a Diputaciones Provinciales, Consells, Cabildos y Comunidades Autónomas la relación de proyectos adjudicados en su ámbito territorial.

Las primeras conclusiones que hay que extraer de lo anterior son las siguientes:
1. Hay demasiados fines que cumplir con el Fondo. El tiempo transcurrido permite afirmar que fundamentalmente está sirviendo para apenas amortiguar la fuerte caída del empleo de los últimos meses y para financiar a los ayuntamientos, muy especialmente a los grandes.
2. Se tiene en cuenta exclusivamente el criterio de población para repartir el Fondo y no, por ejemplo, los indicadores de la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales elaborada periódicamente por la Administración General del Estado, los entes locales y las comunidades autónomas. Esto no sucede con el Programa de cooperación económica local del Estado (Real Decreto 835/2003, de 27 de junio; Real Decreto 1263/2005, de 21 de octubre; Orden APU/293/2006, de 31 de enero) ni con los Planes provinciales e insulares de cooperación derivados de ese. El primero fija una serie de criterios de asignación de fondos, que han sido consensuados en los últimos años por los diversos niveles de gobierno:
a. Necesidades de infraestructura y equipamiento local, relativas al abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, pavimentación de las vías públicas, alumbrado público, depuración de aguas residuales, recogida de residuos urbanos y vertederos, evaluadas a través de la información contenida en la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales.
b. La extensión de la red viaria provincial e insular.
c. Capacidad financiera de las haciendas correspondientes, expresada por la relación entre los recursos presupuestarios y la población.
d. Factores socioeconómicos territoriales: la población, la superficie territorial, el número de núcleos de población, la inversa de la renta provincial y la tasa de desempleo.
e. Ejecución de los planes precedentes, se tendrá en cuenta el grado de ejecución de los planes de los dos años anteriores.
En definitiva, la sustitución de estos criterios por el único e injusto de la población favorece a los grandes ayuntamientos y castiga a los municipios verdaderamente necesitados. El Fondo claramente agrava la brecha de desequilibrio de las medianas y pequeñas poblaciones, especialmente del entorno rural, respecto al conjunto nacional.
3. El Fondo está dirigido a los municipios, y no a otras entidades locales (diputaciones provinciales, consejos insulares, cabildos insulares o comunidades autónomas uniprovinciales), como lo hace el citado Programa de cooperación. No prevé la agrupación de obras de pequeños municipios a través de estos entes, como también hace el reiterado Programa. La excusa que se ha ofrecido es que no había tiempo para atender otros criterios y actores. La realidad es que se negoció con la FEMP, esto es, con los más grandes ayuntamientos y se ha excluido deliberadamente el resto. Se puede aventurar que todo ha sido fruto de una alianza entre los grandes ayuntamientos y la Administración General del Estado para relegar a las comunidades autónomas y al resto de entes locales.
4. Se altera de una forma deliberada el modelo de relaciones intergubernamentales derivado de la Constitución mediante la utilización del instrumento presupuestario del Estado, entre otras causas, porque no se tiene en cuenta al nivel provincial o insular. Se ha irrumpido así en la planificación territorial, que es competencia de las comunidades autónomas y, en cierta medida, de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares. Además, no hay que olvidar que varias comunidades autónomas se organizan sobre una base comarcal o similar.

Tiempo habrá de referirnos a la evaluación del Plan y a la segunda edición del mismo, que se anuncia que se orientará, al menos parcialmente, a financiar gasto corriente finalista. Esto, como ya se ha señalado en otro post, no solo resulta sorprendente sino claramente preocupante.

viernes, 14 de agosto de 2009

NOTICIAS LOCALES I

Durante este mes de agosto estoy teniendo la oportunidad de leer diversos periódicos regionales. Creo que es una buena costumbre porque los nacionales, en especial en las ediciones de Madrid, apenas recogen noticias de ese ámbito, más allá de las truculentas o más llamativas. Esto ofrece una imagen bastante distorsionada de la variada y compleja realidad española hasta el punto de parecer que fuera de Madrid o Barcelona reside el provincianismo que sólo trata de imitar a las dos capitales. Nada más lejos de la realidad si se ha tenido o se tiene la oportunidad de vivir lejos de nuestras dos grandes ciudades que, hay que recordar, representan juntas apenas el quince por cien de la población o, si contamos sus conurbaciones, el veinte. Queda mucha vida fuera de ellas, aunque nuestros políticos y periodistas, y también nuestros académicos, aplican una óptica capitalina a casi todos los problemas del país. Esta es una distorsión crónica, que genera un mal diagnóstico, y con frecuencia malas soluciones, especialmente de la vida local y de sus Administraciones.

La evidente crisis económica que padecemos está manifestándose en su verdadera magnitud en la Administración local en este verano, o así parece mostrarlo la prensa. Los presupuestos de 2009 no recogieron la drástica caída de ingresos locales provenientes mayoritariamente de la actividad constructiva privada. En el que parece ya lejano mes de octubre de 2008, muchos ayuntamientos previeron en los proyectos de presupuestos de 2009 una reducción de ingresos muy por debajo de la realidad que todos los indicadores de actividad productiva mostraban, en muchos casos desde hacía muchos meses, por lo que no tampoco hicieron cambios significativos en su previsión de gastos. A ello contribuyeron las Administraciones “mayores” que no lanzaron mensajes restrictivos sobre el presupuesto o que hicieron todo lo contrario bajo, en el mejor de los casos, el recurso patriótico a que el sector público debía ejercer de locomotora en épocas de crisis. El resultado ha sido que a mitad de este año muchos ayuntamientos no pueden afrontar sus compromisos de gasto, ni siquiera los de mantenimiento. Esto lo confirman las noticias recogidas en la prensa castellano y leonesa de que algún gran Ayuntamiento reduce este verano la temperatura del agua de sus piscinas cubiertas de 28 a 26 grados, porque de otra forma no podrían estar abiertas hasta final de año, o de que las diputaciones gallegas se han puesto de acuerdo para permitir que un porcentaje variable pero alto de sus fondos de inversión de cooperación local puedan ser destinados por los ayuntamientos a afrontar sus gastos corrientes.

La primera noticia se completa con la protesta de los usuarios de las piscinas por la rebaja de la temperatura y la segunda con la satisfacción por haber logrado una solución a la falta de financiación de los entes locales, al menos en Galicia. El primer caso me lleva a la reflexión sobre la priorización del gasto público que podría manifestarse en las siguientes preguntas: ¿cuál es el coste por usuario de las piscinas cubiertas en verano? ¿qué necesidades podrían afrontarse con el gasto de mantenimiento de las piscinas cubiertas en verano? La segunda noticia lleva a reflexionar sobre qué realidad ha vivido la Administración local estos años y sobre la responsabilidad de nuestros gestores públicos.

La tercera noticia es de esta semana y se refiere a la manifestación ilegal de cientos de veraneantes de un pueblo turístico de Cantabria. El motivo era protestar contra la subida de impuestos del Ayuntamiento. Éste alega que de no realizarse no podrían mantenerse los servicios públicos esenciales debido a la caída de ingresos, sustancialmente de la construcción de viviendas. La noticia nos lleva a preguntarnos sobre la planificación de ingresos y gastos de nuestros ayuntamientos más allá del ejercicio presupuestario, a señalar si cuando se asumen nuevos compromisos de gasto se tiene en cuenta su financiación y, muy especialmente, a reflexionar por qué no se traslada a los usuarios o vecinos el coste real de los servicios, y si no se debería explicar y debatir estos y otros asuntos municipales con los vecinos. Este extremo debería resultar más fácil para las Administraciones, según se dice, que se encuentran más cercanas a sus ciudadanos.

Todo ello requeriría una meditación profunda relativa a los servicios locales y a su financiación, global y para cada caso, a la propia viabilidad de la actual estructura municipal española, además de tratar las grandes diferencias que esconde el término “Administración local”.

Hay que concluir señalando que lo que más llama la atención de estas noticias locales es que en ninguna de ellas, ni en las muchas aparecidas en los últimos meses, se habla de la necesidad de afrontar un saneamiento de las haciendas locales. Por el contrario, la FEMP, esto es, los grandes municipios, reclama más financiación, el Gobierno de la Nación lanza planes de inversión municipal con la finalidad esencial de crear empleo y muchos gobiernos autonómicos lo imitan. Pero no hay debate sobre si los ayuntamientos, realmente sus ciudadanos, van a poder afrontar el mantenimiento de los actuales servicios y si estos se deben seguir prestando, o al menos con los actuales procedimientos de gestión. Lo más peligrosos de esta situación no es que necesariamente haya que incrementar los impuestos, con el coste social y político que vemos en el caso de Cantabria, o que vayamos a recibir menos servicios por mayores impuestos, sino que no se ha tomado conciencia de que es preciso gestionar los asuntos públicos, muy especialmente los locales, de otro modo, a veces profundamente distinto. Se precisa más información, más debate público y más responsabilidad de nuestros dirigentes, quienes tienen la obligación de mostrarnos la realidad de nuestras Administraciones públicas sin huidas hacia delante ni esperando que otra Administración resuelva sus problemas. Estos, como cualquiera que se haya acercado a estos temas sabe, no son pasajeros, ni se van a resolver recalificando y construyendo más edificios, sino que son estructurales y su solución sólo puede afrontarse a largo plazo.

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