Mostrando entradas con la etiqueta formalismo. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta formalismo. Mostrar todas las entradas

miércoles, 11 de enero de 2023

EL MODELO FORMAL DE FUNCIÓN PÚBLICA Y LA REALIDAD

Que el estudio es el principal elemento del conocimiento y saber es evidente, y sin querer emular a Sócrates o Descartes, a mayor conocimiento mayor idea del desconocimiento. Esto es, sin lugar a dudas, la experiencia no sustancialmente práctica, si bien ésta es, junto a lo formal, complemento necesario.

Esto voy aprendiendo, de forma tardía quizás, pero gratificante para resistir. Todo, también, por mi condición de generalista que se agudiza con el tiempo y ello por mi creencia de que es necesario un estudio coordinado de la Administración pública desde las distintas ciencias que de ella se ocupan. Cosa que la especialización y la extensión de cada una evitan.

Ocupado, en parte, en explicar la relación entre derecho y organización, derivé a la Ciencia de la Administración y su relación con la Política, sin perder de vista el modelo jurídico formal pero necesariamente, por todo ello, llevado a contrastarlo con la realidad. Esta es, creo la peculiaridad de este blog.

Se podría considerar que la primera desviación del modelo formal de nuestra función pública es no considerar dentro de la misma el nivel político puro de gobierno, que se trata en leyes separadas, si bien en la realidad el ciudadano no distingue los dos niveles y los confunde o bien se confunden en la realidad. Es decir la perspectiva doctrinal, según sus bases jurídicas o sociológicas, olvida o no le interesa una parte de lo que es la Administración. Bien parten del procedimiento administrativo, bien del sistema de relaciones. 

El modelo formal jurídico ignora el sistema real del poder y el sociológico de ciencia de la administración no contempla lo jurídico, desde el punto de vista propio del jurista, y suele dejar al margen al poder judicial y su burocracia, aunque el poder político en la realidad no lo ignore por lo que trata de colonizarlo; de este modo, la propia Ciencia de la Administración quebranta el estudio de la misma a través de las distintas ciencias o disciplinas que de ella se ocupan.

Puede que me equivoque o muestre mi ignorancia en los posibles estudios realizados, pero desde el Derecho administrativo y la Ciencia de la Administración parecen no considerarse los aspectos políticos y burocáticos del poder judicial y su intervención en la eficacia de las políticas públicas en cuanto, sobre todo, estén formalizadas jurídicamente o de facto afecten al derecho.

Los partidos políticos no lo ignoran. La oligarquía dominante trata de dominar al resto existente y todos los poderes estatales, llegando a una dictadura en la que la ley es un producto sólo político y no moral y, de este modo, el derecho deja de serlo, pues queda sólo como instrumento de dominación y a través de dicha apropiación de todos los poderes del Estado y sobre todo de la educación y mediante la creación de dependencias.

Sin la percepción de esta realidad no se puede defender la democracia ni el derecho. Pero con lo formal no basta, porque la realidad lo distorsiona y esa distorsión debe de ser apreciada y juzgada. 

Hasta tal punto es así que las desviaciones del modelo formal provocan la reacción hacia una reforma para volver a él o conservarlo, porque es el deber ser. Pero de nada sirve si la realidad del poder no cambia y, así reformar es incidir en la realidad que distorsiona el derecho como moral y no acomodar o configurar el derecho para que dicha realidad persista. Lo formal, entonces, se configura bien como simple utopía o bien como satisfacción conjunta de todos los intereses en conflicto. 

 


domingo, 7 de abril de 2019

LAS FORMAS COMO COMODIDAD U OBSTÁCULO Y NO COMO GARANTÍA III

Vuelvo a la tarea de mantener este blog y reanudo, para terminar con ella, la serie de entradas dedicada a la forma como obstáculo, comodidad y no como garantía. Trascurrido cierto tiempo desde la última, las ideas que mantenía en mente creo que se han simplificado y, también, que siendo quizá la más dura de leer, la primera de las entradas de la serie y lo reflejado de Von Ihering es la esencia de la cuestión y que en ella está comprendida cualquier reflexión, sobre todo si consideramos la relación comentada entre la forma y la libertad y la conexión de la forma con el fin que se persigue y de éste con el derecho material de la persona. De este modo, en realidad hay que considerar que este derecho material y personal es el centro, el eje, que permite considerar si la forma lo garantiza o lo impide, y de esta estimación depende, pues, que la forma sea garantía u obstáculo.

Pero dejé la contemplación de determinados artículos de la Ley 39/ 2015 para completar la visión de la cuestión.

lunes, 11 de marzo de 2019

LAS FORMAS COMO COMODIDAD U OBSTÁCULO Y NO COMO GARANTÍA I

Son muchas las veces que en este blog me he apoyado en Von Ihering para defender la forma y el procedimiento, hoy voy a hacerlo de nuevo, pero en cambio me voy a referir a las formas más en su aspecto negativo o excesivo. No obstante, empiezo reflejando de nuevo las palabras del citado gran jurista, para afirmar el fin de la forma y su utilidad verdadera y porque es lo más importante a referir y la base para, simplemente, provocar el pensamiento crítico del lector.

Translate

Entrada destacada

Copio el prologo de la obra citada en el título, editada por el INAP en diciembre de 2023, para que mis lectores vean las razones técnicas y...