miércoles, 23 de febrero de 2022

LA GRAN FARSA PARLAMENTARIA Y POLÍTICA


En octubre de este año se cumplirán 15 años del inicio por mi parte de Tu Blog de la Administración Pública y en estos años, me he reiterado en varios puntos relativos a la situación administrativa y, por tanto, política. Puntos que nos iban conduciendo a una carencia clara de verdadera democracia. Hoy la podredumbre ya no está oculta ha salido a la luz por completo y las instituciones que constituyen el Estado español, son como los decorados de una ciudad del oeste americano, cuyas casas y fachadas, no son más que cartón y madera, mientras en los despachos unos cuantos escriben el guion y prevén los avatares a ocurrir.

De otro, los actores ya no son tales, a los buenos ya no les gusta el cine que se hace y se recurre a actores digitales y siempre dóciles y sin espíritu ni personalidad propia o a unos jóvenes inexpertos, más o menos presentables físicamente y con palabrería, para hablar con periodistas y salir en la revistas y vender la película.

Hoy, para quienes comprendan que la democracia necesita actores limpios, pulcros, guapos y feos, altos y bajos pero siempre con virtudes y experiencia y personalidad, España está de luto.

Porque un partido con historia y con buenos momentos ha sufrido un cáncer que ha explotado y la cirugía se impone o se necesita que el heredero limpie la casa del enfermo moribundo. Pero ese cáncer con causas internas, se ha acelerado porque en un partido contrario de ideas y valores opuestos, se apreció la debilidad y sabiendo, en parte, el origen interno de la enfermedad le proporcionó el elemento fatal, el destructor, y goloso y cegado el pretendido partido de centro se hace amigo de la izquierda. Y así el centrismo, una causa parcial de la enfermedad y el miedo a que se les considere de derechas, junto con el abrazo del oso de la izquierda, representado en pactos espurios y vergonzosos, hacen que estallen los órganos vitales del partido centrista, que de tan centrado es sólo un punto, sin líneas ni curvas, ni alma, ni recorrido y el punto revienta y una mancha negra y sucia se muestra públicamente.

Y es precisamente cuando en esa tinta aparecen pactos al margen de toda virtud y del fin de los partidos políticos, que ignoran a los ciudadanos y los explotan en su beneficio. Pactos que al descubrirse afectan sobre todo al Parlamento, que se dice que el pueblo elige y a él representa y los diputados quedan como títeres o marionetas que hablan con vocecillas chillonas, mientras que intercambian una estaca o porra con la que, por turnos, se aporrean unos a otros. Un espectáculo, una farsa, una mentira alejada de la realidad, expuesta en las televisiones para que los niños (el pueblo) según gustos disfruten o lloren, según los golpes se den o no a su personaje preferido. Mientras, detrás del marco teatral, los que manejan a las marionetas y confeccionan el guion, se ríen de todo y se reparten el pastel comprado antes de la sesión. Sabiendo que los papeles están repartidos y que sólo ellos conocen el guion, y que pueden cambiarlos cuando los niños en vez de aplaudir o reír, lloran y protestan.

Pero hoy para los espectadores ha caído el telón al suelo y el parapeto que ocultaba a los que manejan el tinglado y han visto que lo que creían personas son muñecos movidos por hilos desde arriba o que ocultan manos que los mueven desde abajo y que realmente son las que llevan las porras y que los que manejan los muñecos son también los que hablan con voz de falsete. Ya no hay sospechas, los niños eliminan sus dudas, la realidad está delante y además hay un hedor apestoso, con el que no cabe taparse la nariz o echar tierra encima, sino que es necesario un fuego controlado.

miércoles, 16 de febrero de 2022

LOS DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS EN LA LEY Y LA ORGANIZACIÓN

 

En el trabajo que vengo realizando con la denominación de Juridicidad y Organización en la Administración española, en el análisis de la legislación de función pública en los dos aspectos, he ofrecido en el blog algunos de sus contenidos. ya en el análisis menos desarrollado de algunas de las materias de la legislación, llego a la de los derechos de los funcionarios y, provisionalmente, esto es lo he concluido:


a) Derechos de los funcionarios.

 

En el punto B) del punto 4.1 de este capítulo se ha hecho referencia a los deberes de los funcionarios y sus consecuencias organizativas, pero antes de su regulación el Estatuto contempla los derechos de los funcionarios de carácter individual y de los que se ejercen colectivamente. Los segundos son tratados en el artículo 15 y se pueden considerar una traslación de los derechos de los trabajadores al ser reconocidos los siguientes: la libertad sindical; la negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo; al ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad; al planteamiento de conflictos colectivos de trabajo de acuerdo con la legislación aplicable al caso y al de reunión en los términos establecidos en el artículo 46 del Estatuto.

 

La introducción de estos derechos una vez desaparecido el régimen franquista es un reforma importante en cuanto, desde mi punto de vista, atenúa claramente el principio del servicio al ciudadano y a la ley, para convertir a la Administración como representante de ambos aspectos, en empresa o empresario. Hay una repercusión evidente en la administración y en sus decisiones y contiene conceptos que han de ser muy matizados cuando hay, como en el caso de la administración y funciones públicas, una relación directa con los fines e intereses públicos y generales, y en cambio se facilita un posible predominio que beneficia a un colectivo singular y politizado, que introduce factores provenientes de las luchas de los partidos políticos por el poder; y además crea una figura antes inexistente como es la del liberado sindical; funcionarios cuyo número ha ido aumentando progresivamente.

 

De los derechos individuales, que vienen a corresponderse con obligaciones y bases de la organización de la Administración pública, buena parte ya han sido tratados al analizar, por ejemplo, la carrera administrativa y no vamos a repetirnos. Sólo interesa, dado el poder sindical antes analizado y la tendencia política a satisfacer a los sindicatos y su burocracia, tratar respecto de los ejercidos colectivamente aquel que se refiere a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo, pues, el artículo plantea la duda de si sobre ellas sólo corresponde la participación sino también la negociación. De otro lado, lo que son condiciones de trabajo es un concepto que ha venido permitiendo que los sindicatos acaben participando en la zona de la organización administrativa propiamente dicha y no del trabajo en sí; organización que es precisamente el campo más autónomo de las administraciones públicas y sólo condicionado por la legalidad, la eficacia y la restricción del gasto público, si bien es también el que menos controla la jurisdicción contencioso administrativa. La participación sindical y la complacencia del poder político producen, en ocasiones, verdaderas desviaciones de los fines inicialmente perseguidos por la organización.

 

Otra de las cuestiones tratadas por el Estatuto son los derechos retributivos, que se regulan en su Título III y Capítulo III del mismo, siendo las retribuciones complementarias las que tienen una conexión más directa con la organización, ya que el artículo 22. 3 las define como las que retribuyen las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario. Lo que hace que ellas dependan del análisis y clasificación de cada puesto de trabajo que pueden ser de carácter más o menos abstracto, pero que adquieren carácter individual y personal al conectarse con la carrera profesional y el desempeño y rendimiento; o sea, con la evaluación del desempeño y todas las consecuencias que de ella se han comentado. En este precepto se manifiesta la íntima relación entre puesto y persona, que ya comentamos.

 

Ello plantea que si la relación de puestos de trabajo predetermina los complementos de cada puesto, esta determinación no puede considerarse fija, sino sometida a la carrera, desempeño y evaluación del trabajo; lo que complica el sistema, si se aplica con rigurosidad. De otro lado, esta conexión complementaria con los factores mencionados, hace que el puesto ya no sea un elemento estructural pleno y que quede reflejada en la ley su dependencia real de la eficacia, preparación y rendimiento de cada funcionario. Es lógico, pues, que consideremos que el trabajo de la jefatura de cada unidad u órgano adquiera también una dedicación a su organización y funcionamiento. Función de la jefatura que marca una responsabilidad más allá de la competencia jurídica o atribuciones generales; estas últimas se matizan, pues, no como competencias sino como tareas permanentes que concretan las funciones tratadas abstractamente, como la planificación, la dirección, la coordinación, el control; etc. que se funden en la de organización. Una muestra de que la eficacia del Derecho y de la gestión depende de la organización y su racionalidad, así como del respeto al mérito y capacidad en la carrera que lleva a la jefatura y la responsabilidad que se comenta. Finalmente, hay que evidenciar que la gestión de las retribuciones de los funcionarios genera toda una organización de gestión de las nóminas y del pago.

 

Otro de los derechos regulados en el Estatuto es el de la jornada de trabajo, permisos y vacaciones que, lógicamente, es un derecho condicionado a las necesidades del servicio y a la permanencia de la gestión y servicio en cualquier época del año y que es también un deber  en cuanto a la jornada de trabajo. El cumplimiento de la jornada lleva a la organización del control del mismo, de las entradas y salidas del personal y a su permanencia. De otra parte, esta organización y la fijación en su caso de una jornada base, nos lleva a la cuestión de las dedicaciones del funcionario en el trabajo, reducción de jornada y a su influencia en las retribuciones y compatibilidades. Pero ya se ha destacado que más importante que esta permanencia es el desempeño del trabajo y su calidad, de modo que los procedimientos automáticos de control no hagan que las jefaturas eludan su responsabilidad directa en el rendimiento, gestión y eficacia.

 

Quizá sólo quede por comentar que la gestión de la jornada de trabajo, su reducción, su posibilidad de elección de diferentes tramos de horario de trabajo, las compatibilidades, los sistemas de trabajo por medios digitales que la pandemia del Covid incrementó, etc., fuerzan a un control de la dirección de cada unidad que, a su vez, implica la coordinación y organización en su seno, pero también con el resto de unidades y pueden tener una repercusión en el incremento de puestos de trabajo, y que en las necesidades del servicio, estas pueden estimarse teniendo en cuenta el gasto público y el principio de eficiencia. Es decir, la comodidad o “la buena relación” con el subordinado, no pueden repercutir en la eficiencia, ni en la eficacia de la unidad u órgano administrativo ni generar un incremento de puestos o estructura.

 

sábado, 5 de febrero de 2022

LOS PODERES PÚBLICOS PATRIMONIO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.

Los que estudiamos Derecho y con posterioridad hemos seguido haciéndolo y practicándo de una manera u otra, nos hemos de preguntar si hoy en España existe o no, tal como nos enseñaron los clásicos y los demócratas a partir de la independencia de los Estados Unidos y que nos describió Tocqueville. La base principal de la democracia es ante todo la división de poderes no el partido político y la base aún más importante es la libertad del individuo. Toda acción limitativa de esta libertad que no tenga fundamento en el bien común configurado mediante la acción de los tres poderes y procedimientos democráticos es una forma de dictadura y esta una forma de patrimonialización de las instituciones y del Derecho.


Democracia y libertad son consustanciales.  El pasado día 3, la Cortes Españolas nos han ofrecido un panorama desolador, precisamente respecto a la carencia de democracia y libertad. Y no es el hecho de que el Decreto Ley constituya más del 50 por cien de la actividad legislativa en 2021, con 32 convalidados en dicho año, lo que hay que tener en cuenta, salvo ignorancia de mi parte, es que no se sigue, ni mucho menos, el procedimiento de las proyectos de ley, ya que la necesidad y urgencia exige otro, e incluso más allá del procedimiento de urgencia en la tramitación de aquéllos, quedando todo en una publicación en el BOE y un debate en el Parlamento.


Y ese día, quedó de manifiesto, bien la comedia o ficción que representa hoy el Parlamento, donde todo está ya pactado por los partidos políticos y atrapado por la disciplina de voto, como ya expuse en mi entrada sobre la lucha por el derecho. De modo tal, que mediante, el impedimento de rectificación presencial de un voto, alegando una reunión, al menos dudosa, de la Mesa, salió adelante una convalidación que, incluso, plantea otras sobre posibles pactos entre partidos para salvar la cara y sus contradicciones respecto de su programa y campañas electorales.

De otro lado, dos diputados de la Unión del Pueblo Navarro, alegando cuestiones de conciencia o de contrariedad con los intereses de Navarra del pacto de su partido con el Gobierno, no votan conforme a dicho pacto y rompen la disciplina que el partido impone; dicen que no se les han expuesto las razones del pacto, y se cuenta,  en los medios de comunicación, que éste se realiza a cambio de evitar una votación de censura a la Alcaldía que está en poder de un miembro de UPN. Y este partido reclama a los dos diputados que entreguen sus actas. Una muestra de que no hay libertad ni procedimientos democráticos en los partidos políticos españoles, cosa que exige la Constitución.

Sea verdad o mentira todo, si hay o no pactos espurios o compra de votos, no importa, el ataúd del muerto se ha destapado y la peste nos ahoga. Una dictadura de los partidos es el gusano que pudre el cuerpo de España y que se apodera de él. Hoy más que nunca hay que defender la libertad, la personalidad y la individualidad y el respeto al DERECHO con mayúsculas, más allá de la letra de la ley; menos materia y más espíritu.

Hoy más que nunca, aficionado al cine como soy, pienso lo que me gustan esas películas en que el bien triunfa sobre el mal y es el individuo y su personalidad el que lo consigue. Y recuerdo las películas de  Franck Capra, como Caballero sin espada, o la defensa del arquitecto respecto de su obra en El Manantial y tantos otros ejemplos. Pero también sobre todo me acuerdo de Quevedo y su epístola, de tal modo que hoy muchos de nuestros políticos y ciudadanos dijeran como él:


No he de callar, por más que con el dedo,

Ya tocando la boca, ya la frente,

Me representes o silencio o miedo.


¿No ha de haber un espíritu valiente?

¿Siempre se ha de sentir lo que se dice?

¿Nunca se ha de decir lo que se siente?


Hoy sin miedo que libre escandalice

Puede hablar el ingenio, asegurado

De que mayor poder le atemorice.

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