Los movimientos nacionalistas y los separatismos hacen que el Estado de las autonomías se considere por una parte de nuestros políticos como superado y necesitado de una reforma constitucional que lo lleve más allá todavía de lo que el proceso autonómico y las competencias otorgadas a las Comunidades Autónomas ha conseguido. Otros, al contrario, consideran que las autonomías es un Estado insostenible y que habría que retroceder en cuanto a las competencias que se le han otorgado y que el estado reasumiera un buen número de ellas, entendiendo, además, que ello redunda en beneficio de la igualdad de todos los españoles y en la contención del gasto público.
En este blog se procura analizar cuestiones relativas a la Administración Pública desde enfoques globales y también atendiendo a cuestiones concretas o de actualidad, en conexión con la Política y el Derecho y sin perder las perspectivas de la eficacia de las Administraciones públicas. El blog, en sus entradas, sólo admite comentarios y no se publicarán consultas, ni se responderán.
martes, 22 de agosto de 2017
martes, 15 de agosto de 2017
LA DESOBEDIENCIA DE LAS SENTENCIAS O SU INEJECUCIÓN
El poder sin fuerza no es tal, ya en su momento dije lo mismo respecto de la ley y ésta es la fuente de todo poder y la que legitima su uso y acción. La coacción y la fuerza ejecutiva son esenciales para la eficacia del derecho y para la acción política de base democrática sin acepciones demagógicas sobre lo que es democracia, en cuanto es tal porque se funda en la ley aprobada de acuerdo con los procedimientos legales y constitucionales. En el camino de la eficacia del derecho cada poder del Estado juega su papel para su realización y cumplimiento. En principio la fuerza principalmente corresponde al poder ejecutivo que cuenta con los recursos idóneos para ejercer la coacción, para imponerse cuando existe resistencia y para aplicar las sanciones correspondientes en su caso. Pero en ese camino la última etapa parece corresponder, cuando antes no se ha cerrado el proceso de la eficacia, al poder judicial que también ha de poseer su fuerza ejecutiva y coactiva. Si no hay coacción, si no hay fuerza ni ejecución el derecho no existe.
domingo, 6 de agosto de 2017
LA LEY VALENCIANA DE INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS.
En este blog, siguiendo la obra de Baena del Alcázar de Ciencia de la Administración, se ha escrito mucho sobre las póliticas públicas y el papel que juega en ellas la Administración pública. Es normal que las políticas públicas se formalicen en normas legales y también con rango de ley. En consecuencia lo más frecuente es que sean los gobiernos los que adopten la inciativa legislativa, lo cual implica, si se actúa de acuerdo con los principios de buena administración, que los órganos administrativos intervengan para evaluar su viabilidad y eficacia futura y prevean los medios y recursos necesarios para dicha eficacia y realidad práctica. Esta es la base principal que mantiene la Ciencia de la Administración para conceptúar la actividad administrativa desde el punto de vista cercano a las ciencias políticas. La lógica y lo normal es pues que la iniciativa legal corresponda a los gobiernos, de modo que los órganos administrativos intervengan para evaluar su viabilidad y eficacia y para considerar la existencia o no de medios y recursos para ella. Por ello también está normado que toda iniciativa legislativa popular o no procedente del gobierno pase por el mismo para su consideración.
viernes, 4 de agosto de 2017
TRABAJADORES, POLÍTICOS, VACACIONES Y DESCANSO
La declaración de la Presidenta de la Comunidad de Madrid de que este año no iba a tomar vacaciones dio lugar a una serie de críticas que son significativas respecto de la sociedad española actual. Estas críticas en especial señalaban que las vacaciones son un derecho. No lo comenté en su momento, pero ahora en período de vacaciones y calor me parece oportuno hacerlo.
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