Antes de adentrarnos en los problemas o males que derivan de la organización, queda un aspecto que, afectando a ella, tiene que ver aún con la incidencia negativa de la acción administrativa en el cumplimiento del principio de legalidad y que es:
e) La inspección o intervención de las actividades con repercusión económica o cumplimiento de los reglamentos correspondientes.
La administración pública es acusada de lentitud en la tramitación de los expedientes de autorizaciones, permisos y licencias que permiten el establecimiento y puesta en marcha de actividades que tienen un contenido económico y que quedan comprendidas en el derecho de libertad de empresa que el artículo 38 de la Constitución reconoce, si bien lo somete a las exigencias de la economía en general y, en su caso, de la planificación. No obstante, hay que recordar que tanto los ciudadanos como los poderes públicos, según el artículo 9 de dicha máxima norma, está sujetos a ella y al resto del ordenamiento jurídico, lo que expongo al efecto de que se vea que el término planificación hay que entenderlo en el sentido amplio comprensivo de la legalidad u ordenamiento jurídico en general, y no únicamente en los planes de ordenación urbana. Y es que el concepto de empresa comprende todo tipos de actividades y buena parte de ellas se someten a reglamentaciones y normas técnicas que no son caprichos de burócratas desquiciados, sino fruto de la necesaria garantía de otros derechos fundamentales de los ciudadanos que han de ser protegidos. Las posiciones liberales en este campo y la lentitud administrativa, han hecho que los permisos previos al establecimiento de las empresas se hayan eliminado en parte y que en cumplimiento de la normativa europea en España se haya exagerado su efecto tal como expuse en la entrada referida a las licencias previas, a la que remito en aras a la economía de texto. Por ello la inspección como forma de control estimo que adquiere una importancia mayor. Inspección que no es sólo de carácter administrativo, sino también técnica en cuanto hay que comprobar que los requisitos de producción y de composición de bienes sean los establecidos o exigidos legalmente.
De otro lado, desde posiciones consideradas de izquierda cuando la administración interviene con sus agentes en el cumplimiento de las leyes y reglamentos se hace referencia a la existencia de un estado policial. Si a todo esto unimos la escasez de medios y recursos administrativos al efecto del control e inspección, a su carácter, la mayor parte de las veces, meramente documental y no in situ, se comprenderá que las normas que regulan los requisitos para la realización de actividades sujetas a determinadas leyes, reglamentos y normas técnicas no se cumplan o sean efectivas y no exista la sujeción especial que predica el Derecho administrativo más que a golpes de reclamaciones de los ciudadanos afectados negativamente y a los efectos de publicidad de que sí se está actuando, con el defecto añadido de que la lentitud de la administración no sólo se manifiesta en la concesión de licencias, sino en la aplicación del derecho sancionador por incumplimientos y faltas administrativas, incumplimientos que a veces llegan a la categoría de delito. La caducidad de expedientes y prescripción de faltas y sanciones es bastante frecuente. De otro lado, las sanciones no guardan siempre la proporción debida, no sólo porque el pequeño empresario pueda ser sancionado en exceso respecto a las grandes empresas y monopolios de hecho, sino también porque en muy buena parte es mayor el beneficio que obtiene el sancionado respecto de la sanción que se le impone, con lo que su conducta no cambia.
Si no atendemos sólo a la economía tan presente en la mente de los políticos, sin por ello querer decir que no lo esté en la de los ciudadanos, cualquier persona sabe lo que es sufrir los efectos negativos que muchas actividades tienen respecto de su vida y de la salud en general. La mayor parte de las reglamentaciones de actividades establecen medidas y restricciones y remiten a normas técnicas que tienen como fundamento la convivencia ciudadana y razones sanitarias o de seguridad o peligrosidad y, por ello, muchas empresas e industrias se alejan del casco urbano o está sujetas a producir bienes con determinados requisitos o condiciones. La existencia de reglamentos reguladores de las actividades molestas, insalubres y peligrosas, por ejemplo, es ya cosa antigua y la proliferación en las leyes de preceptos y medidas encaminadas a su regulación también. Pero hoy hay que reconocer que la Administración funciona mal en este campo y que estas medidas de control y de orden público, en definitiva, no están de moda, aunque bien que causan alarma los hechos y acontecimientos que afectan gravemente a la vida de los ciudadanos, como problemas en discotecas y fiestas y otras consecuencias en la salud o en la seguridad, que fruto de la relajación existen y de la corrupción que se mueve alrededor de negocios incluidos en el término o concepto de la hostelería o alrededor de la construcción, etc., que se presentan como lo más propio o importante del sector productivo en España.
Sería positivo que se hicieran estudio de los recursos económicos y humanos que las Administraciones públicas, y en especial la local que tantas competencias tienen en la materia, dedican al control e inspección de actividades e, incluso, sobre la adecuación de su formación específica al efecto, porque no me cabe duda de su insuficiencia. Igualmente, sería ilustrativo tener datos sobre cuántas acciones obedecen a denuncias o quejas y cuántas lo son de oficio o como fruto de un plan administrativo de acción o de una política pública sería y formalizada. Creo que, desde el punto de vista del simple ciudadano, la idea existente es plenamente negativa, antes de la crisis económica y dentro de ella, y la situación que contempla forma parte de los males que como tal padece y que atribuye a un mal funcionamiento administrativo.
Claro está que el problema en muchos casos, sobre todo en aquellos que afectan al ruido y a las empresas de "ocio" no lo es sólo administrativo, sino social y de educación. Pero sea como sea, el eludir y sortear leyes y reglamentos parece que forma parte de nuestra "cultura"; en realidad es una muestra de incultura y de la falta del sentido o idea de ciudadanía. Además la situación es aprovechada políticamente, de modo que las oposiciones a los gobiernos respectivos tanto reclaman como necesarias las medidas que producen los efectos negativos para el ciudadano, como atacan y los utilizan, cuando estos se producen, para pedir responsabilidades de todo tipo en el orden político, pero difícilmente en otros órdenes, ya que en el pueblo de al lado el que protesta resulta que es gobierno y actúa con los mismos defectos y carencias. Quizá desde el punto político estamos ante una farsa que repercute en la mala administración. La vacuidad que nos rodea es enorme y en los aspectos comentados la economía anula el derecho.
La administración pública es acusada de lentitud en la tramitación de los expedientes de autorizaciones, permisos y licencias que permiten el establecimiento y puesta en marcha de actividades que tienen un contenido económico y que quedan comprendidas en el derecho de libertad de empresa que el artículo 38 de la Constitución reconoce, si bien lo somete a las exigencias de la economía en general y, en su caso, de la planificación. No obstante, hay que recordar que tanto los ciudadanos como los poderes públicos, según el artículo 9 de dicha máxima norma, está sujetos a ella y al resto del ordenamiento jurídico, lo que expongo al efecto de que se vea que el término planificación hay que entenderlo en el sentido amplio comprensivo de la legalidad u ordenamiento jurídico en general, y no únicamente en los planes de ordenación urbana. Y es que el concepto de empresa comprende todo tipos de actividades y buena parte de ellas se someten a reglamentaciones y normas técnicas que no son caprichos de burócratas desquiciados, sino fruto de la necesaria garantía de otros derechos fundamentales de los ciudadanos que han de ser protegidos. Las posiciones liberales en este campo y la lentitud administrativa, han hecho que los permisos previos al establecimiento de las empresas se hayan eliminado en parte y que en cumplimiento de la normativa europea en España se haya exagerado su efecto tal como expuse en la entrada referida a las licencias previas, a la que remito en aras a la economía de texto. Por ello la inspección como forma de control estimo que adquiere una importancia mayor. Inspección que no es sólo de carácter administrativo, sino también técnica en cuanto hay que comprobar que los requisitos de producción y de composición de bienes sean los establecidos o exigidos legalmente.
De otro lado, desde posiciones consideradas de izquierda cuando la administración interviene con sus agentes en el cumplimiento de las leyes y reglamentos se hace referencia a la existencia de un estado policial. Si a todo esto unimos la escasez de medios y recursos administrativos al efecto del control e inspección, a su carácter, la mayor parte de las veces, meramente documental y no in situ, se comprenderá que las normas que regulan los requisitos para la realización de actividades sujetas a determinadas leyes, reglamentos y normas técnicas no se cumplan o sean efectivas y no exista la sujeción especial que predica el Derecho administrativo más que a golpes de reclamaciones de los ciudadanos afectados negativamente y a los efectos de publicidad de que sí se está actuando, con el defecto añadido de que la lentitud de la administración no sólo se manifiesta en la concesión de licencias, sino en la aplicación del derecho sancionador por incumplimientos y faltas administrativas, incumplimientos que a veces llegan a la categoría de delito. La caducidad de expedientes y prescripción de faltas y sanciones es bastante frecuente. De otro lado, las sanciones no guardan siempre la proporción debida, no sólo porque el pequeño empresario pueda ser sancionado en exceso respecto a las grandes empresas y monopolios de hecho, sino también porque en muy buena parte es mayor el beneficio que obtiene el sancionado respecto de la sanción que se le impone, con lo que su conducta no cambia.
Si no atendemos sólo a la economía tan presente en la mente de los políticos, sin por ello querer decir que no lo esté en la de los ciudadanos, cualquier persona sabe lo que es sufrir los efectos negativos que muchas actividades tienen respecto de su vida y de la salud en general. La mayor parte de las reglamentaciones de actividades establecen medidas y restricciones y remiten a normas técnicas que tienen como fundamento la convivencia ciudadana y razones sanitarias o de seguridad o peligrosidad y, por ello, muchas empresas e industrias se alejan del casco urbano o está sujetas a producir bienes con determinados requisitos o condiciones. La existencia de reglamentos reguladores de las actividades molestas, insalubres y peligrosas, por ejemplo, es ya cosa antigua y la proliferación en las leyes de preceptos y medidas encaminadas a su regulación también. Pero hoy hay que reconocer que la Administración funciona mal en este campo y que estas medidas de control y de orden público, en definitiva, no están de moda, aunque bien que causan alarma los hechos y acontecimientos que afectan gravemente a la vida de los ciudadanos, como problemas en discotecas y fiestas y otras consecuencias en la salud o en la seguridad, que fruto de la relajación existen y de la corrupción que se mueve alrededor de negocios incluidos en el término o concepto de la hostelería o alrededor de la construcción, etc., que se presentan como lo más propio o importante del sector productivo en España.
Sería positivo que se hicieran estudio de los recursos económicos y humanos que las Administraciones públicas, y en especial la local que tantas competencias tienen en la materia, dedican al control e inspección de actividades e, incluso, sobre la adecuación de su formación específica al efecto, porque no me cabe duda de su insuficiencia. Igualmente, sería ilustrativo tener datos sobre cuántas acciones obedecen a denuncias o quejas y cuántas lo son de oficio o como fruto de un plan administrativo de acción o de una política pública sería y formalizada. Creo que, desde el punto de vista del simple ciudadano, la idea existente es plenamente negativa, antes de la crisis económica y dentro de ella, y la situación que contempla forma parte de los males que como tal padece y que atribuye a un mal funcionamiento administrativo.
Claro está que el problema en muchos casos, sobre todo en aquellos que afectan al ruido y a las empresas de "ocio" no lo es sólo administrativo, sino social y de educación. Pero sea como sea, el eludir y sortear leyes y reglamentos parece que forma parte de nuestra "cultura"; en realidad es una muestra de incultura y de la falta del sentido o idea de ciudadanía. Además la situación es aprovechada políticamente, de modo que las oposiciones a los gobiernos respectivos tanto reclaman como necesarias las medidas que producen los efectos negativos para el ciudadano, como atacan y los utilizan, cuando estos se producen, para pedir responsabilidades de todo tipo en el orden político, pero difícilmente en otros órdenes, ya que en el pueblo de al lado el que protesta resulta que es gobierno y actúa con los mismos defectos y carencias. Quizá desde el punto político estamos ante una farsa que repercute en la mala administración. La vacuidad que nos rodea es enorme y en los aspectos comentados la economía anula el derecho.