En este blog se procura analizar cuestiones relativas a la Administración Pública desde enfoques globales y también atendiendo a cuestiones concretas o de actualidad, en conexión con la Política y el Derecho y sin perder las perspectivas de la eficacia de las Administraciones públicas. El blog, en sus entradas, sólo admite comentarios y no se publicarán consultas, ni se responderán.
jueves, 23 de marzo de 2023
LAS ELECCIONES Y EL PARLAMENTO.
jueves, 2 de marzo de 2023
SOBRE LA INAMOVILIDAD FUNCIONARIAL
He comentado en otras ocasiones el proceso que se desata con la puesta en marcha de las Comunidades autónomas y el antecedente de la controversia respecto de la defensa ejercida por abogados laboralistas en la lucha del interino por su fijeza, de modo que se pretendía que se le otorgara la categoría de contratado laboral y otros beneficios que ella implicaba.
Esta cuestión es una más en la consideración de las características de la función pública y el funcionario de carrera, figura que recibe críticas en cuanto a su carácter de inamovible considerado pues como un privilegio frente a el trabajador de las empresas privadas. Pero en estas consideraciones, más allá de poder ser puntos de vista sociales, no piensan en las características de la Administración pública desde el punto de vista jurídico y de poder.
Hoy, que estamos viendo el predominio de la "politica" y de su concepción bastarda y corruptiva, es más necesario que nunca, considerar a la Administración pública como sistema de garantía y eficacia de los derechos de los ciudadanos y como la parte que contrapesa el poder político y la carencia de conocimientos técnicos de los políticos de partido o de base de confianza y libre nombramiento o, incluso, arbitrario. Y esta garantía hay que conseguirla de forma material y no sólo formal.
Pero la corrupción de estas características fundamentales las rompe, desde el momento que aún cuando no se han podido eliminar legalmente, pese a la pretendidas nociones de empleado público o de laboralización de la función pública, sí se ha logrado la dependencia del funcionario, mediante sistemas de nombramientos sujetos a ceses, prácticamente libres, en la permanencia en un puesto. Para ejercer las garantías que la función pública supone y sus potestades, la inamovilidad y la consiguiente seguridad en el empleo, son esenciales, así como para garantizar tanto la eficacia política, como la jurídica y la de gestión o administrativa.
Así pues la inamovilidad es también esencial para que exista Administración y gobierno y no autocracia o dictadura gubernativa. Por ello crear dependencias es la carcoma del sistema administrativo de derecho y público, pues deja la inamovilidad no como garantía para las eficacias y derechos señalados, sino sólo para garantizar al funcionario su nivel retributivo y su permanencia en el empleo y no en su función o puesto de trabajo, restando totalmente su poder y su independencia técnica y corrompiendo su función que ya no se dirige al ciudadano, sino al cargo político.
La inamovilidad no es un privilegio es una garantía y base de la eficacia jurídica y administrativa y fuente de experiencia y de conocimiento del pasado en beneficio del futuro
miércoles, 15 de febrero de 2023
LAS ELECCIONES Y SU REPERCUSIÓN ADMINISTRATIVA
El cara a cara Lerma y Fabra en el diario Las Provincias, aparte de ser bastante diplomático y con tendencia al pacto entre PSOE y PP., me ha dejado un momento, o dos, que encajan con el contenido que vengo dando al blog. Así El expresidente Lerma(PSOE) se refiere al hecho de que se han articulado 17 autonomías y sus municipios junto con las elecciones europeas y generales y dice: por lo que estás prácticamente siempre en campaña electoral o en una previa. Es complicado gobernar sin perder el tiempo en posicionarse políticamente en muy diversos temas. Cuando no hay elecciones en Cataluña lo son en Galicia o en cualquier otra región. Eso condiciona la gobernabilidad.
La frase me da mucho que pensar y siendo cierta, no sé si el expresidente se da cuenta de su alcance. Para los que pensamos como nos decía Alejandro de Olivan que no hay gobierno sin administración y que se gobierna administrando, la primera e inmediata conclusión es que al complicarse la gobernabilidad no se administra. Lo segundo es que con tanta elección el predominio de lo político y de la conservación del poder hace que la Administración se ocupe más de esos problemas electorales y sus efectos que de avanzar administrativamente en su eficacia y cualquier reforma "antipática" para el elector se deja sin abordar.
A mí me ha pasado; en algún momento se me ha dicho algo así: "Ahora no, Andrés, deja pasar las elecciones y después de ellas hablamos", pero entonces los problemas parlamentarios seguían teniendo ocupado al personaje político. Así que en cuanto a lo que se necesitaba era una ley o una norma que requería atención política, o no había diálogo o decidías tú, al menos en tener preparada una decisión final. Lo que tampoco resulta favorable porque te marcan de ambicioso de poder; sobre todo si actúas sin consultita previa.
Las políticas iniciadas se ven dificultadas en su desarrollo y cuando te descuidas ha cambiado el gobierno y la política se marchita poco a poco o la matan, siendo la victima la administración que da bandazos. Así pues " la política" sobre todo y la administración sin dirigir, acomodada e ineficaz, es lo que importa más que las leyes y políticas públicas sean válidas y eficaces.
De otro lado, al mencionar a las 17 autonomías y los procesos electorales, consciente o inconscientemente, nos ofrece el panorama de politización y la existencia de 17 parlamentos o galleras de pelea política, donde tampoco la administración importa sino lo que recoja la prensa o produzca su efecto en el votante.
De este modo, un pequeño avance cuesta a lo mejor un siglo y se va poniendo, por ejemplo, el acento doctrinal en los medios informáticos y su gestión u otros avances técnicos y no en los jurídicos, administrativos y sociales y en lo esencial. Así, también, si se trataba de acercar la administración al ciudadano y descentralizar dando margen de decisiones a las autonomías, lo único que se ha conseguido es que también el ciudadano sólo piense en las elecciones para quitar a quien no le gusta.
Las elecciones, la propaganda, el escaparate, lo que diga la prensa subvencionada, el asistir a los Goyas o al encuentro del Cordobés padre e hijo, las declaraciones de la hija de unos famosos sobre su maltrato, acaban siendo más importante que atender a la Administración. Y ello es una debacle no percibida.
Y a pesar de tanta elección, no son compartimentos estancos ni su resultado depende de la eficacia, sino que los hechos y políticas del Gobierno y su partido, (ya confundidos plenamente), influyen en todas y todas afectan al Gobierno. Mientras un coro de cigarras canta en los parlamentos bienestares y malestares, bondades y maldades y el votante, que ya ha decidido, ve el cine, el futbol o trabaja, esperando las elecciones y maldiciendo a la Administración.
martes, 7 de febrero de 2023
PENOSA IMÁGEN DEL GOBIERNO Y DEL LEGISLATIVO
La ley denominada como del Sí es Sí y sus consecuencias nos ofrece una imagen de pena y es el colmo del ataque a los principios más elementales de la acción política, jurídica y administrativa y una consecuencia lógica de la degradación de la capacidad de todos los que hoy son la cúpula política en España y, por ello, la degeneración de la función pública y de la creación de una esfera directiva servil, dependiente e ignorante.
Nadie con dos dedos de frente puede considerar racional el número de Ministerios de pura propaganda nominal, vacíos de contenido y de gestión, pero llenos de verborrea y mentira.
Se ignoran los informes que señalan los posibles efectos de lo proyectado que es seguro ya ley, ya que el parlamento es igualmente dependiente e irresponsable, pues nadie puede exigirles nada ya que atacaría a su "soberanía popular".
Dicha ley es fruto de la coalición que fuerza unos acuerdos cuya única finalidad es permanecer en el poder y considerar el derecho como un instrumento. Y las Cortes qué hacen qué pasa en las comisiones ¿hay trabajo o simplemente el mantener el proyecto sea como sea?
Para que seguir cualquier jurista, adminitrativista o funcionario puede ver la triste realidad.
viernes, 27 de enero de 2023
DERECHO, ADMINISTRACIÓN Y LA DOBLE O TRIPLE BUROCRACIA
miércoles, 18 de enero de 2023
LAS DESVIACIONES DE LOS MODELOS FORMALES JURÍDICOS
La misma existencia del poder judicial es muestra de que las ilegalidades se pueden producir. En el caso de la Administración pública es la misma organización administrativa o política la que puede incurrir en ilegalidad. En realidad, cualquier poder puede incurrir en ella aunque, también se haya de poner un límite al derecho de recurso y dar por acabados los procesos.
Pero el progreso de esta desviación de la legalidad y del predominio de la política sobre el derecho y la Administración, se nos muestra en España del modo más crudo en cuanto la desviación de la legalidad se produce para realizar reformas de hecho del contenido de la Constitución de 1978, burlando los procedimientos formales previstos para ello. De modo que, mediante reformas legales, incluso por decretos-ley, se abre camino a la dominación del ejecutivo, o partidaria, de las instituciones. El modelo de Administración y función pública está, legalmente, basado en el principio de legalidad pero constitucionalmente va más allá, ya que la Constitución somete a todo el ordenamiento jurídico y al Derecho como expresión que nos ofrece una imagen de un derecho natural y universal que, en democracia, es un ordenamiento y que las leyes deben respetar. De esta manera, cumplir estrictamente la literalidad de la ley o basarla exclusivamente en ella, desde el punto de vista de la base moral del derecho, puede constituir una “ilegalidad”, que se procura mediante el abuso de poder y el totalitarismo.
Así en la función pública en su sentido amplio de poder y servicio se exige el juramento o la promesa de cumplir la Constitución. Lo que es a todas luces justo en cuanto la misma constituye el Estado y el cargo político o el funcionario se incorporan a él pero no para procurar su destrucción al margen de los procedimientos legales o través de la ley misma, sino, respetando el Derecho, seguir constituyendo el modelo estatal querido constitucionalmente. De otro lado, la Constitución incorpora a su texto de manera viva y cambiante el ordenamiento jurídico que se adecua a ella, pero no el que no lo hace, por ello todo sistema jurídico establece una instancia para determinar la constitucionalidad o no de las leyes. En nuestro caso y debido básicamente a los problemas territoriales y de descentralización contrarios al modelo establecido constitucionalmente, se sufren fuertes presiones progresivas en el tiempo, mediante leyes y actos concretos, cuando son solucionables sólo por la vía constitucionalmente establecida, que no favorecería la visión de los nacionalistas respecto del centro o del resto de la nación¸ tal como veíamos que Michels resaltaba entre centro y descentralización refiriéndose a los partidos políticos.
Así con la admisión de formas de juramento de la Constitución que no son tales sino simples reservas respecto de los contenidos que no se ajustan a las posiciones políticas contrarias al pensamiento del que lo realiza, lo que en realidad muestra una voluntad contraria a los mismos y por tanto contraria a la Constitución, que en el cargo que existe la necesidad del juramento ha de cumplirse y ya se muestra que no va a ser así. La dignidad, la moralidad y lo decente es no ir al cargo para incumplir la Constitución y la forma de Estado existente en consecuencia, sino simplemente como permite el sistema democrático promover, desde el partido y procedimiento constitucional, la modificación de la Constitución.
Hoy el modelo se está cambiando desde dentro y poco a poco sin seguir los procedimientos. Y lo mismo ocurre con la legalidad que no resulta aplicada al no cumplir los principios básicos que persigue sino por interpretaciones que los ignoran y esto ocurre principalmente por los partidos nacionalistas e independentistas y una interpretación exagerada del concepto de autonomía equiparándose al autogobierno completo o independiente y afectando al principio constitucional de la igualdad territorial y personal. Por todo ello, en la actualidad están en debate continuo las composiciones del Tribunal Constitucional y del Poder judicial y la forma de designación de sus miembros claramente politizada. Si esto se da respecto de estos poderes qué no será en la Administración pública y sus cargos y funcionarios burócratas.
miércoles, 11 de enero de 2023
EL MODELO FORMAL DE FUNCIÓN PÚBLICA Y LA REALIDAD
Que el estudio es el principal elemento del conocimiento y saber es evidente, y sin querer emular a Sócrates o Descartes, a mayor conocimiento mayor idea del desconocimiento. Esto es, sin lugar a dudas, la experiencia no sustancialmente práctica, si bien ésta es, junto a lo formal, complemento necesario.
Esto voy aprendiendo, de forma tardía quizás, pero gratificante para resistir. Todo, también, por mi condición de generalista que se agudiza con el tiempo y ello por mi creencia de que es necesario un estudio coordinado de la Administración pública desde las distintas ciencias que de ella se ocupan. Cosa que la especialización y la extensión de cada una evitan.
Ocupado, en parte, en explicar la relación entre derecho y organización, derivé a la Ciencia de la Administración y su relación con la Política, sin perder de vista el modelo jurídico formal pero necesariamente, por todo ello, llevado a contrastarlo con la realidad. Esta es, creo la peculiaridad de este blog.
Se podría considerar que la primera desviación del modelo formal de nuestra función pública es no considerar dentro de la misma el nivel político puro de gobierno, que se trata en leyes separadas, si bien en la realidad el ciudadano no distingue los dos niveles y los confunde o bien se confunden en la realidad. Es decir la perspectiva doctrinal, según sus bases jurídicas o sociológicas, olvida o no le interesa una parte de lo que es la Administración. Bien parten del procedimiento administrativo, bien del sistema de relaciones.
El modelo formal jurídico ignora el sistema real del poder y el sociológico de ciencia de la administración no contempla lo jurídico, desde el punto de vista propio del jurista, y suele dejar al margen al poder judicial y su burocracia, aunque el poder político en la realidad no lo ignore por lo que trata de colonizarlo; de este modo, la propia Ciencia de la Administración quebranta el estudio de la misma a través de las distintas ciencias o disciplinas que de ella se ocupan.
Puede que me equivoque o muestre mi ignorancia en los posibles estudios realizados, pero desde el Derecho administrativo y la Ciencia de la Administración parecen no considerarse los aspectos políticos y burocáticos del poder judicial y su intervención en la eficacia de las políticas públicas en cuanto, sobre todo, estén formalizadas jurídicamente o de facto afecten al derecho.
Los partidos políticos no lo ignoran. La oligarquía dominante trata de dominar al resto existente y todos los poderes estatales, llegando a una dictadura en la que la ley es un producto sólo político y no moral y, de este modo, el derecho deja de serlo, pues queda sólo como instrumento de dominación y a través de dicha apropiación de todos los poderes del Estado y sobre todo de la educación y mediante la creación de dependencias.
Sin la percepción de esta realidad no se puede defender la democracia ni el derecho. Pero con lo formal no basta, porque la realidad lo distorsiona y esa distorsión debe de ser apreciada y juzgada.
Hasta tal punto es así que las desviaciones del modelo formal provocan la reacción hacia una reforma para volver a él o conservarlo, porque es el deber ser. Pero de nada sirve si la realidad del poder no cambia y, así reformar es incidir en la realidad que distorsiona el derecho como moral y no acomodar o configurar el derecho para que dicha realidad persista. Lo formal, entonces, se configura bien como simple utopía o bien como satisfacción conjunta de todos los intereses en conflicto.
sábado, 7 de enero de 2023
MICHELS, ORGANIZACIÓN Y OLIGARQUÍAS
Para acabar con Robert Michels y con la estrecha relación que nos muestra entre organización, democracia y oligarquías, sin realizar las conexiones que por mi parte realizo con la cúpula organizacional y la red de relaciones que la conforman, transcribo lo siguiente, que se expone en Wikipedia, a relacionar con mis entradas anteriores y mejor conocimiento de Michels:
"En su obra Los partidos políticos, formula la "ley de hierro de la oligarquía", con la que afirmaba que "tanto en autocracia como en democracia siempre gobernará una minoría"; la idea básica es que toda organización se vuelve oligárquica.
Los líderes, aunque en principio se guíen por la voluntad de la masa y se digan revolucionarios, pronto se emancipan de esta y se vuelven conservadores. Siempre el líder buscará incrementar o mantener su poder a cualquier precio, incluso olvidando sus viejos ideales.
Por eso, las organizaciones políticas pronto dejan de ser un medio para alcanzar determinados objetivos socioeconómicos y se transforman en un fin en sí mismas (desplazamiento de objetivos).
La ley de hierro de la oligarquía se fundamenta en tres argumentos:
- En primer lugar, cuanto más grandes se hacen las organizaciones, más se burocratizan, ya que, por una parte, se especializan, y, por otra, deben tomar decisiones cada vez más complejas y de una forma más rápida. Aquellos individuos que conocen cómo tratar los temas complejos con los que se enfrenta la organización se van volviendo imprescindibles, formando la élite.
- En segundo lugar, se desarrolla una dicotomía entre eficiencia y democracia interna; de modo que para que la organización sea eficiente necesita un liderazgo fuerte, a costa de una menor democracia interna.
- En tercer lugar, la propia psicología de las masas hace deseable el liderazgo, puesto que son apáticas, ineptas para resolver problemas por sí mismas; son agradecidas con el líder, y tienden al culto de la personalidad. Su única función sería, pues, la de escoger de vez en cuando a sus líderes.
El liderazgo anula la democracia, ya que ésta es entendida por Michels a la manera rousseauniana, como gobierno del pueblo.
El parlamentarismo coadyuva a la oligarquización (especialización de faenas, comisiones...); hace que el líder sea imprescindible; es rutinario (el líder puede hacer uso de sus capacidades técnicas adquiridas). El parlamentarismo da más oportunidades al líder para automatizarse. La casta de los líderes (oligarquía) se cierra como una falange, pues se ayudan mutuamente para evitar la competencia de nuevos líderes surgidos de la masa (trust oligárquico).
Lo único que puede hacer la masa es sustituir un líder por otro. Por eso los líderes mantienen algún vínculo con la masa, incluso alianzas contra nuevos líderes. Los viejos líderes apelan a la disciplina, cosa que reduce la libertad de expresión de la masa.
La organización es lo que da origen a la dominación de los elegidos sobre los electores, de los mandatarios sobre los mandantes, de los delegados sobre los delegadores. Quien dice organización dice oligarquía.
La democracia sería un mejor sistema para la selección de oligarquías que un sistema hereditario. En 1911 Michels aún habla de democracia como mal menor. Despué se decantará por las tesis fascistas. "
En definitiva, en todo lo expuesto por Michels referido a los partidos políticos cabe una transpolación a nuestra sociedad y sus élites y configuración del poder real, más allá del formalismo jurídico
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