martes, 30 de mayo de 2017

VALENCIA,EL RUIDO Y PRECEPTOS INÚTILES II

De lo dicho en la anterior entrada desde mi punto de vista lo más importante por sustancial y por señalar las obligaciones y competencias de las Administraciones Públicas es el el objeto que señala la Ley: PREVENIR, VIGILAR Y CORREGIR, si alguna de estas acciones no se cumple o realiza o si por el contrario la acción administrativa fomenta o provoca la contaminación acústica nos encontramos ante un problema grave.

Dejé para otra ocasión la referencia a la planificación acústica y es de pensar que ésta sería el medio de establecer acciones preventivas y de vigilancia, principalmente, y de señalar también los medios correctivos. La Ley valenciana nos dice que los instrumentos de planificación y gestión acústica vincularán a todas las administraciones y a todos los ciudadanos en el territorio de la Comunidad Valenciana.

viernes, 26 de mayo de 2017

VALENCIA,EL RUIDO Y PRECEPTOS INÚTILES.I

En la lucha contra el ruido parece que los ciudadanos pierden la batalla. El incumplimiento de las múltiples y varias normas es evidente. Ante esta situación dada la especialización de mis hijos y en especial, por mayor dedicación, solicito a mi hijo Andrés que me proporcione una lista de artículos de la Ley de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica que permanentemente no se cumplen o ignoran por los ayuntamientos, ya que de este modo el panorama que puedo ofrecer es más amplio que si me basara sólo en mis experiencias. La realidad es que puestos a observar preceptos incumplidos uno se encuentra con tal cúmulo de ignorados e inaplicados que es imposible reflejarlo todo en una entrada de blog y se acabaría haciendo que el lector abandonara su lectura. Voy no obstante a ver si ofrezco este panorama de un modo más o menos ameno.

viernes, 19 de mayo de 2017

ADMINISTRACIÓN Y OPERADORES JURÍDICOS

Lo que es el derecho puede ser objeto de muchas concepciones y definiciones y por tanto no resulta fácil exponer una idea que satisfaga o coincida con todas las opiniones y no trató tampoco de realizar aquí una concepción. Sólo me interesa exponer que lo que es el derecho, en cada caso concreto o doctrinalmente, es el resultado del análisis y trabajo de lo que se ha dado en denominar como operadores jurídicos. El hecho de que me ocupe de esta cuestión nace de algunas cuestiones que me surgieron al escuchar este vídeo del blog dela.Justicia.com. De su audición surgió la reflexión de si el derecho es obra o construcción de los operadores jurídicos o no. Y está pregunta me lleva

lunes, 15 de mayo de 2017

ADMINISTRACIÓN Y SOCIALISMO

La victoria de Macron en Francia y la caída de los socialistas ha llevado a que comentaristas y analistas hablen de dicha decadencia referida en general o al resto de Europa, incluso en esos análisis he visto y oído que la socialdemocracia decae en la medida que sus postulados se han generalizado y se mantienen igualmente con carácter general, hasta el punto que a mí me ha hecho pensar en la existencia de movimientos que van más allá de los partidos o que llevan a la coalición entre ellos. El Estado bienestar o providencia es, pues, una propuesta y apuesta general y ello me ha hecho pensar de nuevo en Von Mises y sus análisis respecto a la burocracia y las formas de gestión pública o administración y sus distinciones entre capitalismo y burocracia y me lleva a reflexionar pues respecto de esta última en una situación como la que se describe o considera.

lunes, 8 de mayo de 2017

TÉCNICOS Y POLÍTICOS

La última entrada hizo la 900 de las publicadas en este blog, en tarea personal, salvo el período de colaboración de Manuel Arenilla y, como tantas otras veces he manifestado, siempre me parece que todo está prácticamente dicho, contribuyendo a ello el hecho de que los problemas que se suscitan o, en su caso, el comentario o la reflexión bien sean permanentes o bien afecten a cuestiones ya tratadas. Hoy pensando en los problemas que plantea el personal interino y recordando tiempos pasados ha acudido a mí la cuestión de las relaciones entre técnicos y políticos que a su vez se relaciona con la acción política y la administrativa, sin perjuicio de lo que afecta al poder de los técnicos en la Administración o en la política o sea  la tecnocracia. Voy a tratar de ordenar el tema.

martes, 2 de mayo de 2017

ACTIVIDAD POLÍTICA Y DERECHO II

En la última entrada al referirme a la división de poderes y las autonomías venía a considerar que el poder ejecutivo central, el del Estado, había en cierto modo llegado a no ser tan ejecutivo como lo era en el periodo de la centralización y de un régimen de tutela de la entidades locales, pero siendo esto lógico al pasar a un régimen descentralizado y autonómico, sin embargo la cesión por transferencia de competencias estatales a las Comunidades autónomas sin asumir los controles necesarios, sin entrar en las disfunciones que ello ha supuesto, ha determinado que el control se centre en el poder judicial o del Tribunal Constitucional y, por tanto, que las cuestiones que se plantean sean, preferentemente, las del análisis jurídico y de legalidad de las acciones de cada Administración pública, actuando el Gobierno estatal en defensa del ordenamiento jurídico de base constitucional y general o básico y el resto de las autonomías en defensa de su ordenamiento o, en realidad, de los intereses que les otorgan su ser y personalidad, si bien ésto, en cierto modo, viene siendo también problema en cuanto esos intereses se configuran en un ámbito tan general que invade el de los intereses de terceros o de la nación. Y traigo todo esto a colación en cuanto ello significa que el conocimiento jurídico, el Derecho, pasa a ser pues elemento esencial en el administrar y en el ejercicio de la actividad política, por lo que de nuevo abordo la conexión entre actividad política y derecho.

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El INAP ha publicado mi último libro  Juridicidad y organización https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1514744