lunes, 12 de mayo de 2025

EL FIN DEL DERECHO

Sintiéndome a mis 84 años, ya y medio, preocupado por lo que veo y la falta de valores en la actualidad, me refugio en los clásicos, para seguir atendiendo este blog, pues en otro orden creo que en mi última obra de Juridicidad y organización en la Administración española publicada por el INAP están reflejadas extensa e irregularmente quizá, y atendiendo a mi experiencia, las razones o causas de la situación política y administrativa actual, si bien no de un modo plenamente conclusivo sino expositivo. Y lo hago porque hoy me siento ante la segunda dictadura de mi vida y no sé si peor, ya que el régimen actual se dice democrático y su Estado tiene Constitución que lo califica como de Derecho.

Hoy acudo a Jhering y a su obra El fin del derecho y ya en su inicio se refiere a causa y fin y nos dice "Es por tanto, necesario para que la voluntad obre, una razón suficiente, una causa" y de inmediato pienso que la gran causa o razón principal de nuestro Estado, e instituciones que lo constituyen, es nuestra Constitución; en ella está nuestra voluntad que obró y obra o debe de obrar. Pero también leo: "El hombre que obra, no obra porque, sino a fin, a fin de conseguir tal o cual objeto"

Y ahí está la clave para que todo español y las instituciones que han de velar por el derecho y su fin, descubran cuál es el fin real que se persigue hoy este nuestro gobierno autocrático y oligárquico en su burocracia general. Es decir, analizar lo dispuesto formalmente, su finalidad, pero también el ajuste al mismo del obrar real y de sus efectos o no en el bien general. O sea no hay que apoyarse al juzgar en la literalidad o ambigüedad de la norma o precepto sino en su fin particular en el seno de uno más general y común al ordenamiento constitucional y jurídico.

Y por ello, llamo a todo funcionario público y a las instituciones a indagar el fin en nuestro derecho, ese que a muchos juristas no preocupa porque suele ser previo a la norma o expuesto de modo literario en la motivación legal, y por tanto hecho político que no ha de juzgarse.

Craso error, si no se analiza la causa no se analiza tampoco el fin o los fines y domina el leguleyo y sus artimañas normativas y el derecho no cobra eficacia.

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