lunes, 17 de diciembre de 2007

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E INTERESES GENERALES


El artículo bajo el título de Partidos Políticos y altos funcionarios, publicado en octubre, ha merecido el comentario de Iñaki concretando el papel de la Administración o los funcionarios para que prevalezca el interés general, al mismo tiempo que el poder político está legitimado para definir las políticas públicas. No se puede más que estar de acuerdo con el comentario, pero éste, a su vez, lleva a que tengamos que evidenciar que ello comprende un sistema bastante más complejo de lo que parece y que manifiesta la relación entre Derecho y Política que los politólogos parecen empeñados en soslayar. Pero para perfilar adecuadamente lo que pretendo decir, creo que lo primero sería formular la pregunta: ¿Cómo se define el interés general, en cada caso en particular y en general?
La cuestión nos llevaría mucho tiempo, pero hay que trazar unas líneas generales que lleven a otros comentarios o reflexiones en ocasiones venideras. Por ello, estimo que Iñaki me ofrece el punto inicial del enfoque para hoy, que no es otro que el derecho o la competencia del poder político de definir las políticas públicas, que sin dejar de lado al poder legislativo, en primera instancia corresponde a los gobiernos de aquellas Administraciones públicas que tiene dicho poder. Son ellos los que definen las políticas públicas y éstas las que deben definir los intereses generales y con éstos los fines públicos correspondientes. La formalización de las políticas públicas puede ser varia, pero hay que convenir que lo normal o lo más conveniente es que se traduzcan en normas jurídicas dirigidas tanto a los ciudadanos como a la Administración pública; a ésta para conseguir su efectividad.
Entonces hay que definir cada día más el papel de las Administraciones públicas en la preparación y formulación de las políticas públicas, porque al ser las encargadas de hacerlas efectivas, algo tendrán que decir en el momento en que se formulen o preparen, ya que son las que calculan y emplean los recursos necesarios para dicha efectividad. ¿Y qué parte de la Administración pública o de sus funcionarios es la que contribuye en esa tarea de la formulación de las políticas públicas o de su preparación? Los altos funcionarios o directivos públicos y las áreas de gestión con las que conectan o, en su caso, dirigen.
Pero lo más importante es que en todo el proceso se realiza, en el seno de la Administración pública correspondiente y en su nivel superior político y funcionarial, y surge un cúmulo de relaciones que tienen la finalidad de definir los intereses generales, que no son uniformes sino que se componen de múltiples intereses en juego que pretenden realizarse por los distintos grupos que los representan y convertirlos en derecho y, por tanto, en fin público y obligación de los poderes públicos. La abstracción del interés general y la existencia de sus diversos componentes exigen, a su vez, la de directivos profesionales expertos en función y administración pública, y resulta que los intereses generales nunca están perfectamente definidos o concretados, por lo que en el momento de su concreción y en la decisión o acción determinada, contribuye el poder político y el administrativo y funcionarial.
No está todo dicho, pero es suficiente para señalar la complejidad del proceso de prevalencia o concreción de los intereses generales y reflexionar un poco más en adelante.

2 comentarios:

  1. Me alegro de que mi modesto comentario te haya sugerido un post tan interesante. Entiendo la dificultad de definir el interés general. Incluso hay quién afirma que el interés general no existe sino como suma de los múltiples intereses particulares. Tal vez no le falte razón.

    En cualquier caso, pienso que hay que blindar la Administración todo lo posible, no frente a la política, sino frente al intento de manipulación partidista. Las políticas públicas deben perseguir el interés de la ciudadanía, no el de los partidos políticos. Las políticas públicas no dejan de ser política, pero ponerlas al servicio de los intereses partidistas es una perversión de la política. Hay es donde sitúo la independencia de la Administración frente al ámbito político. No sé si me explico.

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  2. Te explicas muy bien, pero sigo diciendo que la cuestión es muy compleja y que hay que distinguir entre la función pública garantía de los intereses generales y la función pública directiva en contacto con las políticas públicas

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