Escrito en el diario de Las Provincias en 26 de agosto de 1993:
Las noches en vela que nos deparan a los vecinos del barrio de San José la algarabía callejera y el alto volumen de la música de bares y pubs de la zona, me obligan a reflexionar sobre la situación, desde los puntos de vista jurídico y administrativo.
Al respecto no quiero seguir insistiendo, pues ya parece un ejercicio inútil o un afán de dar lecciones sobre los medios de ejecución forzosa con que, por lo menos en derecho o en la teoría, cuentan las Administraciones Públicas. Pero sí hay que poner de relieve que, al margen del cumplimiento o no por los establecimientos correspondientes de la reglamentación en orden al ruido y demás actividades molestas, existe una proliferación absoluta de mesas en la calle, hasta el punto de copar el dominio público, que favorece el jolgorio y la extensión del ruido en la calle, convirtiendo a la cuestión en un problema de orden público, que puede contar con el beneplácito municipal, si se han concedido las autorizaciones correspondientes y percibido tasas por ello.
Este aspecto del negocio nocturno, arrasando el constitucional derecho reconocido de los ciudadanos a su descanso, debe ser reconsiderado, porque ya no es un problema achacable a los dueños de los establecimientos, sino a los propios ayuntamientos que actúan concediendo una autorización de uso del dominio público, cuando en el fondo autorizan una actividad que se demuestra molesta y antijurídica y, al hacerlo, ni siquiera dan audiencia a los ciudadanos que pueden verse afectados y que son, a no dudarlo, interesados en el procedimiento.
Con este panorama y la falta de ejecución de los actos administrativos o de la fuerza para hacerlo, me parece que la anunciada Ley del Ruido nace muerta, como tantas y tantas otras normas que quedaron como simples manifestaciones de deseo que las Administraciones Públicas fueron incapaces de hacer realidad.
Pasados 18 años, con varias leyes del ruido, central y autonómicas, el problema sigue igual o peor. Los pubs han dado paso a los restaurantes en virtud de la Ley antitabaco; de modo que necesitan de la calle para que su negocio tenga lugar y sea provechoso. Al mismo tiempo, los jóvenes - al menos un número muy significativo de ellos- parecen tener como único modo de ocio y diversión el botellón, con el consiguiente consumo de alcohol. De tal modo que se ha convertido en costumbre acudir a estos bares o restaurantes antes de ir al punto de reunión general, donde llegan con bolsas que llenan del producto, comidas y bebidas, que luego consumen en dicho punto. Ello provoca, hasta más allá de las dos de la mañana, gritos y ruido sin parar o de modo intermitente, que sufrimos los vecinos. Pero esto que hoy da en llamarse "cultura" y que no es más que un modo de ir perdiendo personalidad, dignidad y formación, repercute y repercutirá en la salud de nuestras generaciones venideras y en su desarrollo y bienestar social para convertirse quizá en un pueblo subordinado y otro adjetivos más indicativos de nuestra pobre situación respecto de pueblos más coherentes y trabajadores. La Universidad de Valencia ha estudiado estas repercusiones del alcohol en los jóvenes. La calle es hoy el problema y el municipio quien lo mantiene y quién no contribuye con sus normas y coacción a que la educación de nuestra juventud sea más factible y se erradiquen costumbres contrarias a su bienestar y salud y a su futuro como personas.
De otro lado, los que llevamos tantos y tantos años sufriendo esta situación, luchando y chocando contra la Administración y reclamando en los tribunales, estamos hipersensibilizados, el inicio del menor ruido nos alerta de lo que nos espera en las siguientes horas y el estrés nos afecta directa e inmediatamente. El menor indicio de ruido afecta del mismo modo que los exfumadores acaban no resistiendo que se fume a su vera. Un problema más que afecta al equilibrio y a la salud.
¿Y los tribunales de justicia? En ellos hay de todo, pero mejor respuesta que en las Administraciones y el Tribunal Constitucional. Pero lo cierto es que la vía contencioso administrativa se está convirtiendo en cierto modo en ineficaz y cada día se acude más a la civil y penal en el caso de los establecimientos, pues se muestran más eficaces y sus efectos más disuasorios. El delito ecológico puede ser arma contra las autoridades prevaricadoras, aunque sea la prevaricación delito casi imposible de considerar por jueces y tribunales, aunque claro para los simples ciudadanos y los funcionarios. De otro lado, el Tribunal Constitucional se ha enrocado, parece que no quiere que Europa le imponga nada y elude la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y exige prueba en todo caso (Véan la sentencia que de nuevo nos ha dictado y contemplen el voto particular de Luis Ignacio Ortega Álvarez, que a mi juicio debió ser el fallo). Se ve que en su mayor parte no han sufrido la situación o no quieren saber que a las horas de la noche en que se producen ruidos evidentes, que ya han provocado actos administrativos de declaración de zonas saturadas, no va a ir uno llamando notarios o dejando entrar a los policías, defensor del pubero y técnicos con sonómetro, en tu dormitorio, mostrando tus intimidades, pijama o camisón que gastas, sábanas desordenadas, taponcitos para los oídos, olor a tigre y otras cosas más que pueden imaginarse. Sobre todo cuando el ruido es el de la calle, porque el comprobar si un establecimiento incumple las normas y produce ruido puede hacerse en cualquier momento. Lástima que no encuentre la referencia que creo haber leído en Ihering en que aludía a la prueba como un cáncer del derecho y las razones para ello, pero pienso que en ocasiones es verdaderamente así y una forma cómoda para los tribunales de quitarse el muerto de encima.
No hay comentarios:
Publicar un comentario