domingo, 22 de julio de 2012

ADMINISTRADOS

El término de administrados era el utilizado por la Ley de Procedimiento Administrativo que rigió hasta el año 1992 en que entró en vigor la Ley 30/1992. La crítica respecto del mismo era frecuente, quizá porque desde una perspectiva democrática parecía que ofrecía una idea de sujeción o de sometimiento que no casaba con los nuevos aires que se pretendían para la Administración pública. Pero la situación actual política y administrativa y algunos acontecimientos concretos me han hecho considerar que habría que volver a destacar ese carácter de administrados en el que nos encontramos todos los ciudadanos y que hay que considerar nuestra gran dependencia de esa actividad inseparable que constituyen la política y la administración pública.

Es cierto que, frente al núcleo primitivo de las actuaciones administrativas públicas de policía general y orden público, la prestación de servicios públicos, las subvenciones y la intervención en la economía han supuesto un incremento sustancial de la actividad administrativa pública y del crecimiento de sus estructuras y del número de personas -.políticos y empleados- a ellas dedicadas; siendo precisamente estos campos el punto donde parece que los recortes más han de incidir y donde mayores críticas se suscitan por parte de los ciudadanos.

Nunca he sido partidario de la utilización del término de “clientes” que se propone por muchos como sustituto del de administrado, sin que, según la ocasión correspondiente,  haya visto inadecuada la referencia a los interesados o a los ciudadanos. Lo verdaderamente cierto es la fuerte dependencia que todos tenemos de la Administración pública, para que los intereses generales declarados por las leyes y los nuestros particulares y legítimos  se vean cumplidos y sean efectivos facilitando la convivencia y resolviendo los conflictos entre  los diferentes intereses que puedan existir en un momento dado, así como para que los servicios más elementales nos sean prestados sin posibilidad de desaparición. Desde el Derecho administrativo y la visión tradicional del poder público y de la acción de Gobierno, siempre se ha confiado en la legitimidad de sus acciones en defensa de estos intereses y servicios. Pero tras la dictadura de Franco y el tránsito a la democracia, que aún no considero alcanzada, se viene haciendo referencia, tanto en España como en general, a una crisis en la legitimidad del Estado, a la necesaria participación ciudadana (tema que he dejado interrumpido) y también al “consenso” y la “transparencia”. Situación que a los formados en los fundamentos clásicos del Derecho administrativo y de la Administración pública, puede parecer que ha supuesto una pérdida de la idea de gobierno propiamente dicha y la función ejecutiva consiguiente, restándoles peso moral, bajo la idea de una eficacia empresarial, confundida, o utilizada por muchos políticos, con un empleo de procedimientos que han tenido una clara repercusión en la corrupción y exceso de gasto público

Sin embargo, la crisis económica y su afrontamiento por el actual Gobierno estatal, mediante fórmulas de urgencia y necesidad, apoyadas en su mayoría parlamentaria y condicionadas por las posiciones de las instituciones de la Unión europea y de los países que las dominan, nos vuelven a una realidad distinta y creo que cabe sentirse de nuevo como simples administrados.

Paradójicamente a esta reflexión me ha conducido no tanto los recortes económicos y la forma de llevarse a cabo como una cosa aparentemente más baladí. Es ésta la anunciada o pretendida modificación en la Comunidad Valenciana de las festividades del 19 de marzo, San José, y del 9 de octubre, día de la Comunidad Valenciana, que se quieren trasladar siempre a un lunes, porque ello supone un claro beneficio para el comercio y la hostelería, pero sin ninguna otra consideración a tradiciones, sentimientos etc. Por lo que afecta a las fallas es una fiesta que organizan los falleros, sus comisiones y a la que contribuyen los vecinos con aportaciones, cada vez menores por las molestias que acompañan a la fiesta, desmadrada precisamente por el negocio que a su alrededor surge y la falta de control administrativo. La referencia es que el 80 por cien de las comisiones o más, están en desacuerdo con la medida y piden que no se adopte sin su participación. El Ayuntamiento también se muestra disconforme. La Iglesia otro tanto. La otra fiesta y su traslado es un dislate, sin entrar a considerar su origen y tradición o no, simplemente dejaría de ser el 9 de octubre, razón por la que, por ejemplo, la Televisión Valenciana tomó el nombre de Canal 9 o nou, al igual que la radio comunitaria.

Estamos siendo simplemente administrados y se están haciendo predominar los intereses de un sector, el hostelero, que cada día, ante la falta de otras perspectivas económicas, adquiere más peso en  la Comunidad Valenciana.

2 comentarios:

  1. La escuela de la administración se desarrolló en los Estados Unidos durante los gobiernos de los presidentes Theodore Roosevelt y Woodrow Wilson. En este contexto nace la escuela de la teoría clásica.

    Esta escuela se divide en cuatro corrientes principales, que tratan de establecer principios de aplicación universal, analizando la naturaleza y estructura de la Administración:
    Escuela de administración científica

    Alrededor del 1900, muchos empresarios intentan dar a sus actividades e ideas una base científica. Los ejemplos incluyen Science of Management, de Henry Towne, de 1890, La Administración científica, de Frederick Winslow Taylor (1911), El estudio aplicado del movimiento, de Frank y Lillian Gilbreth (1917). En 1912 Yoichi Ueno introdujo el taylorismo en Japón y se convirtió en el primer consultor en administración de empresas que creó el llamado "estilo japonés de Administración". Su hijo Ichiro Ueno fue un pionero de la garantía de calidad japonesa. Para la década de 1930 hace su aparición el fordismo, siguiendo las ideas de Henry Ford, el fundador de la Ford Motor Company.

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