Ya se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, cuyo Título I comprende las medidas de reordenación y racionalización de la Administración pública, título que se me antoja un poco excesivo, pues pretender que las medidas que contiene la norma son una reordenación y racionalización, sobre todo esto último, es mucho pretender, ya que salvo por lo que significa de reducción de gasto, desde mi punto de vista no se afrontan los problemas principales de las Administraciones públicas, ni de la política de personal, que desde el blog vengo exponiendo. Sobre todo en el aspecto que tanto repito de la necesidad de que cualquier reforma parta de un necesario análisis previo de la situación y de los problemas que afectan a la profesionalidad de los funcionarios y a la existencia de una organización que sea laboratorio permanente para la reforma, también permanente, de la Administración.
La especificación de la existencia de un problema o de una medida necesaria, no es nada por sí sola, es preciso conocer la situación, tener datos, las soluciones alternativas, su eficacia y repercusiones. Para mí un ejemplo es el artículo 15 del Real Decreto Ley que constituye una mera declaración de intenciones, pero no una medida en sí, y una simple remisión a lo que ya dice el Estatuto Básico. Los planes de reordenación de recursos humanos no son nada sin la previa reestructuración de la organización y sin un estudio servicio por servicio y puesto por puesto de su carga de trabajo y de su racional clasificación. Sólo así se puede determinar dónde y quién ha de ser afectado. El artículo se refiere también a la evaluación de efectivos de modo completamente vago y general, cuando precisamente esta evaluación u ordenación por mérito y capacidad de los funcionarios es requisito previo para efectuar la reordenación de efectivos que la norma señala para la asignación más eficiente y adecuada de aquéllos. Todo en el aire, todo a esperar lo que sale, problemas seguros de personal, reclamaciones, etc. Al menos el criterio de la antigüedad y escalafón, puede no gustar, pero seguro que es más claro, sobre todo en los cuerpos, donde se supone que todos están capacitados para realizar las mismas funciones. Se ha caido en la trampa de considerar la evaluación como un sistema de premio y castigo y retributivo, no de conocimiento real de las capacidades del personal y de su ordenación por mérito a los efectos de servicio y carrera. Es decir, no se valora como medio de conocimiento de los medios o recursos humanos de que dispone y de su posible mejor utilización. Todo lo que dice este artículo 15 ya lo hemos visto ser ineficaz, es seguro que se redistribuirán efectivos, que habrá movilidad pero, desde mi punto de vista, dudo que, en la situación de premura actual y predominio de la necesidad política y económica, vaya a ser racional.
Vaya esto por hoy, pues me parece lo más significativo sobre la reforma. Medidas de ahorro de gasto público, necesarias, impopulares, que es lógico que promuevan el descontento funcionarial, pues nadie mejor que los funcionarios para saber las cosas que es necesario cambiar y que no afectaban a una paga extraordinaria que se produce en fechas señaladas, que favorecía el consumo y cuya supresión es lógico que extienda sus efectos más allá del ámbito funcionarial. La gente tiene razón cuando señala que el ámbito político y sus estructuras deben ser las primeras afectadas. Pero es evidente que todo eso no se puede hacer con la rapidez exigida, pero es más fácil lo que se ha hecho. Está claro que la reforma administrativa no es esto y que queda mucho por hacer. Esperemos que se haga y bien.
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