jueves, 16 de octubre de 2014

PUESTOS DE TRABAJO, RELACIONES DE PUESTOS Y PRESUPUESTOS: Conclusión o resumen general

Durante buen número de entradas se ha reflexionado acerca del puesto de trabajo y su valor e importancia en la organización de nuestras Administraciones públicas. El gran peso de la teoría del puesto de trabajo y de la normativa que lo regula se puede decir que se produce a partir de la reforma administrativa de la función pública de 1964 y guarda estrecha conexión con la lucha de poder entre los cuerpos de funcionarios de la Administración del Estado y sus sectores de administración general y administración especial y la necesidad de atribuir corporativamente los puestos distinguiendo ambos sectores,  pero el puesto de trabajo siempre ha sido el elemento básico de toda organización y estructura; de una u otra forma y bajo conceptos diferentes ha sido considerado siempre en la organización de la función pública. Es el puesto o los puestos de trabajo y la acción que en ellos se desarrolla el factor de crecimiento de la organización y el de la estructuración tanto orgánica como del personal y, además, influye siempre en la carrera y retribución de éste y en la configuración de los procesos selectivos y de provisión de plazas. Lo lógico es, por todo ello, que el estudio del puesto de trabajo sea necesario apara configurar adecuadamente la organización, la estructura y el gasto y, naturalmente, el mejor aprovechamiento de los efectivos con los que se cuenta. Creo que sin este estudio y esta dedicación permanente a observar el desarrollo de la organización y su situación, partiendo de los puestos de trabajo, no puede existir la racionalidad exigible a toda organización y, por tanto, puede no darse la eficacia requerida.

Podemos considerar que se exagera mucho respecto de la importancia del puesto y sobre todo en cuanto  que el análisis y clasificación de los puestos de trabajo, que legalmente se configuró como la base del estudio antes señalado, no es una realidad; o en cuanto su intensidad es distinta según se parta de una organización consolidada o de una nueva, o del simple mantenimiento de las políticas públicas y la actividad a ellas dirigidas, o de la implementación de políticas públicas nuevas e innovadoras o, según lo consideremos, de si se da una verdadera reforma o no. Es indudable que el peso adquirido por la cuestión en 1964 era porque sí había una verdadera reforma y en 1984 por el mismo motivo y por la constitución de las administraciones autonómicas. Pero sea como sea, esta tarea no puede ser esporádica, sino que, con las intensidades propias de cada momento, ha de ser permanente y mediante una organización general dirigida a todo ello y dependiendo de la cabeza o del mayor responsable de cada administración u organización, y en órganos con ambición científica y de observación general de la organización, políticas públicas y actividad en general. Los Institutos de Administración pública son, desde mi punto de vista, lugar idóneo para ubicar esta organización y actividad, con respaldo de la cabeza de la organización. Por ello el análisis puede ser amplio y costoso en tiempo en las reformas o en la implementación de políticas innovadoras, en las que se puede dar la creación de puestos de trabajo, incluso inexistentes con anterioridad; menor, aunque permanente, en el mantenimiento y en la evaluación de las políticas ya implementadas y en las cargas de trabajo y sus fluctuaciones y consiguiente cambio en las responsabilidades de puestos y personal o puede acabar siendo, sobre todo en los entes locales, simples decisiones trasladadas al presupuesto y la dotación económica de un puesto, al que de forma sencilla se le atribuyen unas funciones y un nivel retributivo, pero exigiendo el informe o estudio previo justificativo de la decisión, para mantener las garantías de racionalidad.

El puesto de trabajo y sus contenidos justifica  o avala la decisión por una organización corporativa o no, o la simple organización en puestos, teniendo en cuenta sus posibles relaciones y los requisitos que exigen para su desempeño. El puesto, sus funciones, tareas, volumen y carga de trabajo determinan el orden jerárquico o de responsabilidad y retribución, pero son elementos que pueden variar, ir a menos o ir a más y requerir nuevos análisis y clasificaciones y, con ello, exigir, también, garantías para el personal en orden a la carrera alcanzada, o reestructuraciones y planes para ajustar la organización y el personal, conforme a las exigencias legales y al carácter público de la organización. Por ello el análisis del puestos, el estudio y correspondiente informe sobre la situación, constituyen la garantía de lo bien hecho y de la racionalidad y equidad de las decisiones de reorganización o simple reclasificación de puestos. Son la base de la garantía y eficacia de la selección de personal y provisión de puestos. Son también la garantía de legalidad y evitan la creación de administraciones de base clientelar en lugar hacerlo sobre la de funcionarios públicos independientes y profesionales. Es garantía contra la corrupción del sistema.

El estudio, finalmente, garantiza la adecuación del gasto y su realización y permanencia es una exigencia, por tanto, en todos los sentidos y aspectos que se han señalado con anterioridad. Esa atención permanente al puesto como elemento básico de la organización ha de contar con una estructura activa permanente y neutral que cree las bases documentales, racionales y científicas de las decisiones organizativas y de la estructura de personal y de su gestión. No es por tanto, cosa de un "ratito" o de salir de un apuro o encomendable a una empresa externa que nos cubra las espaldas y nos salve antes de que suene la campana o a convenir con los sindicatos a cambio de otras ventajas para sus intereses.

De todas formas, es evidente que en la Ciencia de la Administración esta materia y sus problemas necesitan de más análisis y reflexión y de la construcción de más bases científicas, partiendo de la investigación de la realidad y de la individualización de los principios que han de informar la actividad consiguiente. Hoy hay una disociación total entre la teoría y la realidad y un falseamiento del sistema que, lógicamente, repercute en la forma de administrar y facilita la corrupción actual del del mismo y produce la carencia de garantías. Las reformas no pueden ser meras referencias legislativas carentes de acciones reales hacia el fin perseguido, ni convertirse en meras referencias para que la prensa ofrezca a la ciudadanía la idea de una acción en realidad inexistente y tampoco pueden acabar en materia de reflexión retórica de profesores y teóricos o de formación de jurisprudencia que no es tal sino doctrina igualmente retórica y carente de efectos prácticos y de eficacia del derecho establecido en las normas.

Y en esta materia de los puestos de trabajo y de sus relaciones hay mucho que desbrozar y mucho que construir y al hacerlo se administrará y se facilitará la gestión y habrá seriedad y no el camelo continuo en el que nos desenvolvemos.

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