A la hora de referirnos a la actividad administrativa se utilizan distintos términos que suelen corresponderse con conceptos que se desarrollaron en el seno del derecho administrativo y que también se utilizan en las ciencias políticas y administrativas; así en la organización de la Administración hallamos términos y conceptos tales como materias, competencias, atribuciones, ámbitos competenciales, funciones, servicios, prestaciones, organismos, órganos, etc. Y en relación con la organización se utiliza también el término estructura. Pero en concreto lo más importante jurídica y administrativamente creo que es la competencia, pues en dicho concepto podemos entender comprendidos muchos otros como las potestades, actividad, funciones y atribuciones, en cuanto tienen efectos jurídicos respecto de los ciudadanos o en el seno de la organización administrativa. Pero en el título de este post hago mención a las políticas públicas, que podemos decir que en cada materia o ámbito competencial definen o marcan fines y actividades, servicios o prestaciones a realizar por los poderes públicos o por las Administraciones públicas. Y dicho esto, hemos de decir que la estructura, organización y las competencias nos muestran no sólo la actividad como también las pólizas públicas. Eso es normal. Pero creo que hay que reflexionar respecto de la estructura en concreto.
La estructura es la organización en detalle, la muestra de los órganos en sus distintos niveles y jerarquía, lo que ha de ser decidido teniendo en cuenta el volumen de actividad, su singularidad e importancia, medios necesarios y gasto público. Su reflejo gráfico es el organigrama. La estructura ha de estar en conexión directa con la racionalidad, eficacia y eficiencia administrativa y consecuente interés público y general. En esta entrada ya me ocupaba de la estructura orgánica y su conexión con el gasto público, pero en esta otra abundaba en la relación de la organización y su racionalidad con el presupuesto, lo que es útil al efecto de lo que hoy estoy comentando, puesto que es absurdo crear organización o aprobar políticas públicas para las que no existe cobertura económica. También pueden acudir a las tres entradas o post dedicados a Organización, legalidad, racionalidad, practicidad y realismo que comienzan aquí; pero la directamente más conectada con lo tratado ahora es esta dedicada al extinto Ministerio de Igualdad. Pues lo que quiero destacar es cómo los políticos utilizan la estructura de modo espurio y no racional para hacer propaganda o sembrar la idea de que se hacen cosas y creyendo que ello redunda en el proceso electoral. Se aprovecha no sólo la denominación de los órganos administrativos, sino también la prensa, teniendo en cuenta que ésta va a repetir, cada vez que dé noticia o notas, esa denominación y con ella la idea de acciones que no existen en la realidad pero que crean estructuras y puestos innecesarios o sobredimensionados en todos los sentidos, tanto en su real actividad como en el gasto que determinan y en el número de funcionarios o enchufados. Además, se utiliza la publicidad institucional que en buena parte es una subvención a la prensa.
Como no es necesario decir mucho más, vamos a ver el ejemplo de la Generalidad Valenciana, donde se encuentran con una Conselleria denominada de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación. Me gustaría saber el volumen de actos administrativos propiamente dichos que en ella se realizan y si por ella se es más transparente, responsable socialmente o cooperante. Creo que cabe decir aquí que ante estos ejemplos se podría decir la mayoría de las veces el dime de que presumes y te diré de que careces. Otra es la de Igualdad y Políticas Inclusivas que se reserva una "progresista" Vicepresidenta del Consell. La Conselleria de Hacienda se añade en su denominación un y Modelo Económico. Existiendo de otra parte una Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, la que al menos sí parece que se justifique en posible actividad administrativa, sin perjuicio de la existencia de competencias estatales exclusivas en sus sectores o materias.
Aquí, tienen el organigrama de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas con dos Secretarías Autonómicas, 6 Direcciones Generales, 7 Subdirecciones generales y 20 Servicios sin que nos exponga las Secciones existentes y unidades inferiores, que lógicamente, al menos, serán de dos por Servicio y dos por Sección, salvo excepciones. Todo un aparato orgánico al servicio de la propaganda política y puede que para la subvención de grupos y colectivos afines o a atrapar con un caramelo. Pueden ver sus denominaciones y contenidos e incluso comprobar en todos los organigramas las duplicidades posibles con otros órganos o el afán de control político de la Vicepresidencia perteneciente a partido diferente del Presidente y del de otros cargos.
Aquí, está el organigrama de la Conselleria de Transparencia Una Secretaría Autonómica. Un Subsecretario. 3 Direcciones Generales, 6 niveles de Subdirección General y 15 niveles de Servicio. Pueden pues ver sus denominaciones y contenido y evaluar su posible actividad y su naturaleza bien de servicio al ciudadano, o bien de autobombo o de un pretendido control sobre la organización de la Generalidad.
Se imaginan si se les hubiera ocurrido, tanto aquí como en el Estado, crear un Departamento a nivel ministerio o conselleria denominados como de Dependencia, lo que dirían los que no han recibido subvención alguna por carencia de fondos. La demagogia es gratis para el político y al ciudadano no se le informa debidamente del gasto que todo supone mientras que no recibe ayudas prometidas o se le sobrecarga con impuestos. Estos tipos de organización se dan pues con más irracionalidad en cuanto los gobiernos son bipartitos o tripartitos. Agárrense, pues, que viene curva.
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