Esto de la recentralización no es palabra académica, pero la administración y la política nos ofrecen la adopción de algunos términos al margen de lo admitido académicamente. La empleo dado que en la situación actual parece que no nos ha funcionado la concentración de poder en el Gobierno estatal y que las quejas son bastantes por su ineficacia. Además el desconfinamiento (otra palabreja) también se presenta con distintas propuestas según el centro o las autonomías y municipios.
En el fondo, como toda cuestión política, todo acaba siendo un problema administrativo y de planificación y de ejecución y, por supuesto, de posesión de información en forma de datos y experiencia. La cuestión es que lo que estamos experimentando plantea toda una reestructuración de las competencias y, al mismo tiempo que escribo esto, pienso que sigue siendo un problema administrativo más que de poder. Pero lo cierto es que cuando el gobierno central no te ofrece lo que desde la periferia o las restantes administraciones públicas consideran necesario, la cuestión, en principio administrativa, se convierte en política porque se necesita poder para cambiar el ordenamiento o los procedimientos que impiden conseguir lo reclamado. Lo mismo ocurre respecto del poder central cuando las autonomías no cumplen la legalidad.
Y esta necesidad de poder, no se conforma con la espera de unas elecciones, sino con una reestructuración que te permita alcanzarlo. De este modo, las tendencias autonomistas y descentralizadoras que estaban presentes en 1978 y antes, llevaron al modelo autonómico vigente constitucionalmente, en el que no se establecía una simple descentralización administrativa o de gestión, sino también se diseñaba un espacio geográfico y de intereses propios y diferenciados en los que cabía legislar u ordenar, con la creación de parlamentos para ello. Realmente, más que poder propiamente dicho, se puede entender un espacio de ejercicio de potestades, ya que estaban sometidas a un ordenamiento común y superior.
El problema de esta configuración nace del exceso de gasto que ha provocado, del que forma parte una estructura política muy amplia, favorecedora de los intereses de los partidos políticos y no de los generales de España. Además en la Administración pública, se generan espacios de cargos y puestos de confianza que no se rigen por el mérito y la capacidad y, que para mayor desgracia, se produce en el nivel directivo y de mayor responsabilidad, donde precisamente el mérito y la capacidad es más precisa. Para mí todo esto produce dos consecuencias graves, una serie de sujetos que tienen responsabilidad política que, en palabras crudas, sólo han vivido del cuento y de su habilidad para moverse en esos espacios que se denominan como las covachuelas y que sólo pretenden sus propios intereses y beneficios. Y de otro lado, todo el nivel superior o ápice de las Administraciones públicas se desprofesionaliza y, como hemos visto, ante una urgencia o necesidad nueva, no tiene capacidad de reacción porque lo ignora casi todo y el nivel inferior al que le toca actuar en esta situación, tampoco cuenta con la experiencia que generan los puestos del nivel superior desprofesionalizado. Y al ser desprofesionalizado, la experiencia de los que lo conforman carece del saber científico necesario y puede que hasta de la experiencia de gestión previa. Una parte de saber o de la ciencia necesaria ha desaparecido o queda en unos libros o escritos que no generan la experiencia práctica que los valida o los hace útiles. En este sentido, la formación de los funcionarios se desvía para favorecer sus intereses de carrera y los de los cargos que dirigen. que han de mostrar una actividad de cumplimiento de objetivos o de justificación de la necesidad de su existencia y no predominan los generales de la administración pública.
Sea como sea, la gestión se descentralizó y la gestión es necesaria para obtener información. Un modelo descentralizado se basa en unas competencias del poder central que exige que a través de la coordinación y lo que se ha dado en llamar gobernanza -que para mí son lo mismo-, se obtenga y se ofrezca información y, también, necesita de un control del ejercicio de la ejecución de la legalidad y competencias por las autonomías. Todo de modo que se obtenga la información necesaria para legislar con principios y bases comunes, no con reglamentos minuciosos, y en su caso, una vez legislado, armonizando para evitar desviaciones y desigualdades contrarias a las citadas bases. Todo eso está en la Constitución.
Sé que me alargo demasiado y que no concreto problemas singularizados. Pero es lógico deducir lo que ocurriría en el caso de tratar de volver a centralizar. Lo primero, y lo inicialmente más sencillo pero no fácil, es ejercer las competencias estatales de control e inspección; o sea, un meter en cintura a las autonomías y reducir su estructura política y politizada. Eso, cuando se está hablando de federalismo, es un choque frontal con los nacionalismos y una reconversión de los partidos de ámbito nacional, eliminando sus espacios nacionalistas y las contradicciones que presentan en el seno de cada partido. Lo que no significa que cada partido no tenga presentes los intereses autonómicos propios, legales y no inconstitucionales.
Lo segundo es que el centro, la Administración estatal, tendría que volver a gestionar o recuperar ciertas competencias. Se señalan especialmente, la educación y la sanidad. La primera es esencial, desde mi punto de vista. Lo que implicaría de nuevo transferencias de personal.
Pero, dados mis intereses de estudio en su tiempo y de conocimiento y experiencia, sería necesaria una nueva legislación básica en organización administrativa pública y exposición de bases y principios inatacables, eludiendo que, como pasó con la Ley de Proceso autonómico, se considere como una simple armonización. Y en estos campos ha de aparecer como imprescindible que rija el mérito y la capacidad, la imparcialidad y neutralidad, fundadas en el principio de legalidad, y la seguridad no sólo en el empleo sino en el puesto de trabajo obtenido de acuerdo con los principios y bases señalados.
Es seguro que me dejo puntos sin analizar y de la Justicia no voy a hablar, pero los principios anteriores, como función pública que es, son de plena y necesaria aplicación. Eliminando barreras para el acceso a la misma de parte de los ciudadanos, los cuales además necesitan que les juzguen los mejores y no en razón de la cuantía, concepto civilista, sino por la transcendencia de legalidad y constitucionalidad. Las resoluciones judiciales, son también elementos de control y de información sobre el funcionamiento de la Administración pública y de la eficacia del derecho.
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