Las políticas públicas es una cuestión que está de actualidad y es referencia permanente tanto en la doctrina política como en la administrativa como en los medios de comunicación. Tanto Manuel Arenilla como yo hemos tratado con frecuencia del tema. Desde mi punto de vista, claramente influenciado y siguiendo a Baena del Acázar, las considero, del mismo modo que al acto administrativo respecto del Derecho Administrativo, el punto de referencia central o nucleo principal del que partir para explicar la Ciencia de la Administración y la actividad administrativa pública. Las políticas públicas nos permiten referir, en el seno de la Administración pública, tanto la actividad política como la del directivo público, la de los altos funcionarios y la de la administración en general.
Pero hay ocasiones en que conceptos elaborados por la doctrina se popularizan y utilizan en exceso, con diletantismo y con efectos perversos desde el punto de vista de la organización administrativa y de los intereses públicos. Traigo la cuestión porque percibo que, en muchos políticos, o en política, al tratar de manifestar la importancia que se otorga a una determinada política pública se tiende a dotarla de una organización que resalte dicha importancia y su presencia en la sociedad y respecto de los destinatarios de la política correspondiente y vemos y hemos visto como es frecuente que a una sola política pública se le dote del máximo nivel organizativo de una Administración pública, sea ministerio, consejería o concejalía. Con la consecuencia inevitable de que, pese a las manisfestaciones de que la estructura de la organizzación será mínima, tienda a ser similar a la de ministerios con más importancia, si bien no en el número de direcciones generales, sí en la organización asistencial general y en la de asesoramiento político. También es frecuente que se trate de paliar el efecto negativo haciendo que la nueva organización se ocupe de otra política pública y las competencias que a ella correspondan.
Desde el punto de vista de la gestión pública, del buen hacer y la buena administración, lo lógico es que la importancia o estructura de la organización esté en consonancia no con la importancia que se otorgue a la política pública sino con el volumen de gestión administrativa que ella implique. El número de servicios a prestar a los ciudadanos, sea en el estricto concepto del servicio público sea en el de la producción de actos administrativos con efectos jurídicos en aquéllos, debería ser el determinante de la organización y estructura correspondiente. En tiempos de crisis esta debería de ser una consideración básica para restringir el gasto público, no hace falta decir, partiendo de esta consideración y sin tener en cuenta las posturas y propaganda política, los departamentos que en cada una de nuestras Administraciones públicas sobran o debían quedar, todo lo más, como simples direcciones generales.
Muchas son las entradas de este blog que se relacionan con lo aquí dicho, demasiadas para poner un enlace, pero ya que nos hemos referido a los ministerios vale la pena recordar esta de 15 de abril del 2009.
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