En algunas de mis entradas he confesado mi actual entendimiento de una superioridad del concepto Derecho sobre la ley e, igualmente, una diferencia entre principios y reglas y es que en los redescubrimientos de cosas aprendidas, ocultas y recobradas, hoy estas diferencias me parecen sustanciales. De nuevo los clásicos son imprescindibles y en ellos la moral y la ética están presentes como básicas para el Derecho, la Justicia y la Política.
Hoy en día, estimo que es más necesario que nunca recobrar estos temas del derecho natural y de la filosofía del derecho, porque de otra forma el fin del derecho desaparece y por tanto él mismo también y sin Derecho, por encima de la ley, no hay Justicia. Claro está que en los políticos actuales, su partidismo y su mediocridad esto no se considera e, incluso, se desconoce. La ley son ellos según su sentimiento que no tiene nada que ver con el jurídico, y por ello más que nunca se ha de recobrar el Derecho como un conjunto de principios inmutables, que se imponen moralmente.
Aristóteles en el capítulo VII de su Ética a Nicómaco nos dice: Las cosas naturales sin ser inmutables, están sin embargo menos sujetas a cambios que las leyes humanas. En el fondo de cada disposición particular de la ley hay principios generales que no cambian.
En lo que yo veo en la aplicación de la ley y del Derecho por la Administración y la Justicia, esto o no se sabe o es mejor hurtar la reflexión de si los preceptos incumplen un principio general de la misma ley o de la Constitución para aplicar sin más la regla y entonces nace, en el afectado negativamente, el sentido de la injusticia. Si esta apreciación lo es también en terceros algo está mal y en el fondo reside la ignorancia de un principio. Y a este efecto, también leo en el libro, que a continuación cito, que según Radbruch; Derecho es todo aquello que puede ser objeto de una apreciación de justicia o injusticia. Tentativa feliz o malograda de lo justo. Sólo sabiendo lo que es justo se está capacitado para saber lo que es jurídico. En otro términos: el derecho tiende a realizar un valor; la Justicia. Se puede añadir a esto lo dicho por Ihering de que sólo quien ha sufrido la injusticia en sus propias carnes puede conocer lo que es Derecho.
Aquí, en este momento, cabe ya hacer referencia a las ideas que preside el concepto de la equidad y del libro que en 1957, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, estudiábamos en primero de derecho, "Curso de Derecho Natural" de D. José Corts Grau, encuentro la definición de Aristóteles de la equidad: Correctio legis in quo deficit propter universalitatem, que memorizada por mí es quizá la única en latín que no he olvidado y que me hizo comprender la importancia de la equidad y su estrecha relación con la justicia, sobre toda poque en ella lo que se juzga es el caso concreto, o lo que es lo mismo, la aplicación de la ley atendiendo a las circunstancias concretas del caso y a los principios generales. Igualmente, recoge de inmediato la explicación de Santo Tomás (supongo que bastante olvidado en nuestra actualidad) que dice " Las leyes justas fallan en ciertos casos, en los cuales su estricta observancia iría conta el Derecho natural. Entonces no hay que juzgar sobre la literalidad de esa ley, sino conforme a la equidad"
Por lo tanto, pienso que en la actualidad esto no se da y que en general la formación jurídica ha disminuido y que el practicismo del derecho permanece y así veo, por ejemplo, que a mi nieta en su inicio del estudio de Derecho, en un derecho administrativo más presente, que en mi época se le hincha a tests sobre preceptos legales sin previo análisis de conceptos y principios generales, influido todo supongo por entender que es la carrera de la abogacía o por un profesorado procedente de cuerpos que lo que transmiten es una utilidad propia del opositor y no del estudiante.
Una vez más me detengo sin seguir con una reflexión que sería interminable pues estos conceptos son esencia del Derecho.
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