sábado, 17 de marzo de 2012

LA ESTRUCTURA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR


La estructura del personal docente e investigador (PDI) español se caracteriza a nivel comparado por su rigidez, por la falta de profesionalidad en la ocupación de los puestos de dirección académica y por poseer unos regímenes de dedicación también rígidos. Existe una doble regulación normativa de la vinculación del profesorado que hace que el personal contratado, en general, cuando desempeña las mismas tareas que el funcionario reciba una menor retribución. Además, el profesorado de más alto nivel académico realiza la misma actividad que el profesorado en formación más joven. A estos rasgos hay que añadir: una alta estabilidad del profesorado, en especial del funcionario; el PDI tiene menores recursos para el aprendizaje; existe un menor número de profesorado en formación; una baja remuneración; y se cuenta con menos personal de apoyo al aprendizaje.


El logro de los objetivos que persiguen la eficiencia y la calidad en la docencia, la investigación y la transferencia de conocimiento recae esencialmente en el PDI y muy singularmente en los profesores permanentes del SUE. Éstos representaban en 2007 el 54,8% del total de profesores. Su selección, estructuración, carrera y condiciones de empleo condicionan su creatividad y productividad y, por tanto, el rendimiento de las instituciones de enseñanza superior. Además, este rendimiento también puede verse afectado por la valoración social del personal docente e investigador.


La estructura de los cuerpos docentes y de investigación del SUE ha evolucionado de forma significativa en los últimos años. Se ha pasado de cuatro cuerpos funcionariales a dos tras la aprobación de la LOU en 2001. Los 50.804 funcionarios existentes a 1 de julio de 2011 se distribuyen de forma muy desigual entre las 191 áreas de conocimiento, que oscilan entre 2 miembros y 1.514.


Tampoco es homogéneo el reparto entre varones y mujeres. A pesar de que éstas dominan en las aulas, prevalecen los varones, en un 65,39%, en las plazas de funcionarios, siendo más acusada la diferencia en el cuerpo de Catedráticos de Universidad, donde los varones ocupan el 81,09% de las plazas. No obstante, se observa un acortamiento paulatino de esta desigualdad en los últimos años.


La evolución de los cuerpos presenta cifras dispares. Así, la proporción de catedráticos sobre el total de funcionarios ha aumentado entre 2000 (16%) y 2011 (21,73%), por el contrario, disminuyen en términos absolutos y porcentuales las plazas de los cuerpos de Catedráticos de Escuela Universitaria y Profesores Titulares de Escuela Universitaria, que están declarados a extinguir. Finalmente, el cuerpo que más ha crecido en el sistema es el de Titulares de Universidad al pasar del 53% en 2000 al 60,11% en 2011.


La eficiencia universitaria no está directamente relacionada con la proporción de profesores sobre el total de personal científico (Kemkes y Pohl, 2008: 8), sin embargo, se considera que existe una relación positiva en la relación entre el número total de PDI y el número total de alumnos matriculados. Así, en el artículo 11.1 del Proyecto de Real Decreto de Centros se exige a todas las universidades "que el número total de personal docente e investigador de cada Universidad no podrá ser inferior al que resulte de aplicar la relación 1/25 respecto al número total de los alumnos matriculados en enseñanzas universitarias de carácter oficial". El cómputo del PDI es en régimen de dedicación a tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial. Esta proporción sube a 1/100 en las enseñanzas no presenciales.


Si aplicamos la relación 1/25 entre el número total de PDI equivalente a tiempo completo (ETC) y el número total de alumnos matriculados a las universidades públicas españolas presenciales podemos comprobar que todas ellas cumplían en 2008 con este requisito. La media en 2008, según los datos de la CRUE, era de 16,09 alumnos por profesor, variando entre un mínimo de 10,16/1 de la Universidad del País Vasco y 17,72/1 de la Universidad Rey Juan Carlos. Estas cifras están por o de la media de la OCDE y de los principales países de referencia.


En el Proyecto de Real Decreto se avala la relación positiva entre la posesión del título de doctor por el PDI y la eficiencia universitaria, por ello se obliga a que en las universidades públicas al menos el 70 por ciento del PDI lo sea (art. 11.2) y en las privadas el 50 por ciento (art. 11.4). Asimismo, se considera que el sistema será más eficiente si el PDI pertenece al nivel superior de las categorías o cuerpos del PDI. Así, se exige que en las universidades públicas al menos el 51% del PDI deberá tener la condición de funcionario de los cuerpos docentes universitarios (art. 11.3). En las privadas el 60 por ciento del total del profesorado doctor deberá haber obtenido la evaluación positiva de su actividad docente e investigadora por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación u órgano equivalente de la comunidad autónoma. Los resultados de la investigación que se muestran en el capítulo siguiente avalan la importancia de ambas variables y de los límites establecidos para las universidades públicas. Así, en las universidades públicas eficientes españolas el porcentaje de PDI funcionario está entre el 61,057% y el 68,739%.


La comprobación sobre si las universidades públicas españolas cumplen con el requisito de que el 70% del PDI sea doctor muestra en 2008 que 25 universidades públicas de las 48 no lo hacían: Cádiz, Huelva, Pablo de Olavide, Islas Baleares, Las Palmas de Gran Canaria, Castilla-La Mancha, Burgos, Salamanca, Girona, Lleida, Politécnica de Cataluña, Pompeu Fabra, Rovira i Virgili, Alicante, Jaume I de Castellón, Politécnica de Valencia, Extremadura, La Coruña, Vigo, Carlos III de Madrid, Politécnica de Madrid, Rey Juan carlos, Murcia, Politécnica de Cartagena y País Vasco.


Por lo que respecta al criterio de que el 51% del PDI deberá tener la condición de funcionario de los cuerpos docentes universitarios, en 2008 se constataba que 20 universidades públicas no lo cumplían: Pablo de Olavide, Zaragoza, Islas Baleares, Castilla-La Mancha, Salamanca, Autónoma de Barcelona, Barcelona, Girona, Lleida, Politécnica de Cataluña, Pompeu Fabra, Rovira i Virgili, Alicante, Jaume I de Castellón, Miguel Hernández de Elche, Alcalá de Henares, Autónoma de Madrid, Carlos III de Madrid, Rey Juan Carlos, Pública de Navarra y País Vasco.


También se vincula a la eficiencia y la calidad con que la totalidad del PDI público y privado responsable de la formación de las enseñanzas doctorado esté en posesión de la titulación de doctor (art. 11. 5). Finalmente, la dedicación se considera un indicador de eficiencia y por ello se exige que al menos el 60 por ciento del PDI de las universidades ejerza sus funciones en régimen de dedicación a tiempo completo, o régimen similar en el caso de las Universidades privadas (art. 11. 6).


El EEES ha transformado la actividad del profesorado universitario mediante una profunda redefinición de sus tareas docentes que ha supuesto una mayor carga de trabajo administrativo. Es probable que este hecho haga resentirse al resto de funciones que debe cumplir el PDI: actividad investigadora, participación institucional, participación en la gestión universitaria y actividad de transferencia de conocimiento e innovación, además de una serie de tareas difusas que van desde la divulgación del conocimiento a la participación en diversas instituciones sociales y públicas en las que se requiere su conocimiento y experiencia. De todas ellas, la que más riesgo corre es la ya de por sí débil actividad investigadora, ya que no se ha introducido ninguna medida de apoyo, de reconocimiento, de diferenciación, de motivación o de incentivo para ella. La implantación del EEES en plena crisis económica, que está afectando duramente al ámbito público, ha retrasado, en el mejor de los casos, el plazo de introducción de algunas de esas medidas previstas en la Estrategia Universidad 2015 tras la aprobación del Plan de Austeridad 2010-2013 en enero de 2010.


Finalmente, la gestión del PDI se caracteriza por la baja o nula utilización de técnicas de gestión avanzadas de recursos humanos, lo que, como se verá, también sucede respecto al PAS; además, es una característica de la Administración española (OCDE, 2011c). En la encuesta que se realizó para dar soporte al cuarto capítulo de este estudio, se preguntó a los responsables de recursos humanos de las universidades españolas, a los Gerentes Generales y los Vicerrectores de Ordenación Académica o de Profesorado si el trabajo de investigación si existían sistemas de evaluación del rendimiento o de medición de la productividad del PDI, sistemas de medición de la eficiencia de la gestión, la docencia y de la investigación, incentivos al PDI para mejorar su eficiencia, planes integrales de profesorado y promoción propia del profesorado. El resultado es que, a pesar de que se seleccionaron a universidades que se caracterizaban a priori por contar con sistemas más avanzados de gestión universitaria, apenas se utilizan estos instrumentos.




Es una parte del libro que se encuentra en imprenta: Arenilla, M. (Dir.) (2012): La Universidad española en riesgo. Un análisis desde su gobernanza. Oleiros: Netbiblo.



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