martes, 22 de abril de 2008

LA NUEVA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


Leo en i-public@ el post de ocortes sobre la visita a ESADE de la Secretaria de Estado para la Administración pública, en la que hizo mención a un cambio cultural para adaptarse a la nueva coyuntura, haciendo referencia a unas líneas de trabajo para ello, de las que por mi parte destaco la dirigida a establecer nuevas estructuras más planas y flexibles, porque en ella se señala que la estructura actual de la Administración General del Estado está más preparada para los servicios que para las políticas públicas, manifestándose que “es imposible con la ley actual poner en marcha Ministerios horizontales, integrar servicios comunes, o hacer innovación organizativa. En este sentido se modificará la LOFAGE y la Ley del Gobierno”.

Confieso que por razón de edad y formación el lenguaje actual se muestra alejado de mis conceptos y formas de expresión y formación jurídica. No quiere ello decir que esté en desacuerdo con lo expuesto, pero me hace pensar que existe una preocupación muy evidente por lo formal y que lo esencial pierde con ello presencia. Lo que expongo tiene bastante que ver con lo dicho en mi último post relativo a la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos y respecto al papel del Ministerio de Administraciones Públicas. Creo que es evidente que desde la creación de las Comunidades Autónomas esta concepción de los ministerios horizontales es de sentido común o más bien lo resultante era que el Estado tenía muchísima menos gestión que antes de dicha creación y que la función legislativa se presentaba como más importante y con ella la formulación de políticas públicas que, además, desde mi punto de vista, sin perjuicio de las competencias exclusivas, tenían un fundamento principal en la primera de las expuestas en el artículo 149 de la Constitución: La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales.

¿Qué ha cambiado para que más de un cuarto de siglo después se presente un cambio debido y obligatorio como novedad? A la vista de normas como el Estatuto Básico del Empleado Público que, a mi parecer, renuncia, en buena parte, al ejercicio de la señalada primera y básica competencia del Estado, creo que sencillamente nos estamos preparando para el cambio del Estado de las Autonomías y para la estructura federal. No puedo pensar otra cosa.

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