Señalaba en la entrada anterior que el elemento humano al ser el que actúa resulta el más importante, pero lo cierto es que la acción se ve limitada por los recursos económicos; éstos son los que permiten la adquisición de los medios materiales y el elemento humano y respecto de él, según algunos, determina su calidad, pues si se paga bien se consigue a los mejores. Cosa con la que no estoy de acuerdo, pues entiendo que el factor de la selección y sus procedimientos es importante, ya que si no funciona como debe lo que se hace es pagar bien o muy bien a mediocridades o simples clientes del político de turno.
Pero los recursos económicos en la Administración pública se traducen en el presupuesto económico, que prevé los ingresos y los gastos. Sobre el presupuesto y su relación con la acción administrativa o la estructura ya he escrito, por lo que aconsejo que se acuda a la etiqueta presupuestos y se complete lo que pueda decir en esta entrada.
Pero antes del presupuesto existe un determinante del mismo que son las políticas públicas que se traducen en él y que se concretan en las leyes, en los planes y en los programas de la Administración y que determinan los créditos o recursos necesarios. Por tanto, la confección del presupuesto no es sólo una cuestión de la hacienda pública, sino de gobierno y administración general, y supone una reflexión sobre toda la organización y la acción realizada, con una evaluación de la eficacia de cada polïtica pública y de su persistencia o caducidad, lo que ha de derivar en una reconsideración de la organización, de la estructura, de las dotaciones presupuestarias y de las plantillas de personal. O sea, de dicha reflexión depende la reestructuración y reforma en general que permita a su vez configurar el presupuesto y calcular los ingresos necesarios. Así pues, además de considerar el patrimonio existente y sus frutos o sus necesidades de conservación, es necesario fijar las políticas a mantener y cómo ejecutarlas o mantenerlas. En teoría y formalmente las nuevas políticas, las traducidas en leyes parlamentarias, han de haber considerado la existencia de los medios necesarios para su eficacia y los plazos de su ejecución.
De lo dicho, se deduce que la creación y supresión de órganos administrativos depende de esta reflexión, así como las plantillas de personal y relaciones de puestos, los procedimientos más idóneos de gestión y su encomienda o no a otra Administración o al sector privado, la necesidad de normas o no, la utilización del patrimonio existente o la adquisición de medios nuevos temporal o permanente. A medida que escribo, la racionalidad de este proceso reflexivo y de estudio e investigación se hace evidente, pero también el hecho de que supone una labor ingente, una acción administrativa esencial que afecta al conjunto orgánico y que ha de radicar o ser impulsado por la presidencia de cada gobierno, que es el que marca las políticas públicas que han de ejecutarse y que me reafirma en esa necesidad de la tecnoestructura que reclamo. Supone el paso de la improvisación y la aventura a la seriedad y al gobierno en término exacto; es decir, con una administración garantía de eficacia y profesional y no tendenciosa y partidista, que tenga al ciudadano como destinatario de la acción correspondiente.
Por tanto, todo esta reflexión, que también afecta a la contratación y al sector privado en consecuencia y a la subvención, ha de empezar en cada departamento y hoy se encomienda a los departamentos de hacienda pública y a la política fiscal, pero si la racionalidad, afectante a la estructura y las plantillas o a la desaparición de políticas y acciones no necesarias, no existe, lo único que puede ocurrir es que el gasto y la organización crezcan sin parar y pueda no estar justificado y el ciudadano sea presionado en exceso y sin razón y la organización y medios bien sean excesivos o estén mal distribuidos. Cualquier reforma exige de ese proceso racional y de investigación y control y por eso y porque las presidencias se ocupan más de los procesos electivos y del partido, a la hacienda se le añade la competencia en la administración pública y su organización y, desde mi punto de vista, la administración general se resiente seriamente, queda en nivel secundario y la ciencia de la administración pública queda sólo a efectos de cursos de acumulación de méritos o curriculum, que no de utilidad práctica o como fín para la bondad de la acción administrativa.
Este proceso, no puede circunscribirse al período presupuestario, si bien han de aplicarse sus resultados en cada momento a él. Quizá (me surge la pregunta) quepa reflexionar sobre la anualidad de los presupuestos y la posibilidad de un período de vigencia superior, de hecho ya existente en cuanto hay políticas permanentes y plurianuales en los mismos, y actuar anualmente o en cada momento preciso mediante una política de transferencia, modificación o ampliación de créditos derivadas de las decisiones que determinen la investigación y estudio de la organización y las políticas públicas. Pero hoy por hoy puede que el presupuesto sea también una justificación de la acción parlamentaria y política en los plenos, en detrimento de la acción ejecutiva, de ahí esa consideración respecto del plazo o duración del ejercicio de cada presupuesto y de la utilización de los otros procedimientos legalmente establecidos.
Sea como sea, los presupuestos se muestran no sólo como una expresión gráfica de la dotación económica de cada política y acción sino como el resultado de una acción administrativa general y común, científica y profesional. Con ello todo apunta de nuevo al elemento humano que tendrá que ser objeto de la próxima reflexión.
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