sábado, 1 de diciembre de 2018

ORDEN, LEY Y DEMOCRACIA

Nací en 1940, acabada la guerra civil, en el seno de una familia de derechas, no franquista y, aún así, prefería la situación existente al desorden y represión de derechos y libertades que la Segunda República y el Frente popular había producido, hasta llegar a la dolorosa guerra civil. Escribo bajo la indignación de ver también mis derechos más elementales quebrantados y ante la ineficacia administrativa y el engaño a que ella me somete.

Parece que hablar de orden, que es lo que el franquismo proporcionó de modo más inmediato, es propio de un franquista o un facha, según el pensamiento "bueno, correcto y progresista" y por eso hay que reflexionar un poco. ¿Qué es el orden?.
En el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia constan 19 acepciones, de modo bastante extenso la decimonovena. La primera, debemos entender que la más común es la de colocación de las cosas en el lugar que corresponde.. En el lugar decimoséptimo figura la de Mandato que se debe obedecer, observar y ejecutar. De estas dos acepciones, hay que concluir, respecto de la primera. que cuando no la referimos a las cosas materiales o cosas propiamente dichas, sino a las cosas relativas a la convivencia y al bien social y comunitarios, las cosas se ponen en orden cuando mediante el acuerdo se llega a una decisión que constituye, a partir de ese momento, una norma de conducta y cuya eficacia se atribuye a una organización específica que surge para ello y a la que se dota de poder y que al afectar al todo es una organización pública al servicio de todos a través de la norma.

La segunda acepción nos revela que esa norma, por tanto, es un mandato y que hay que obedecer, observar y ejecutar. En consecuencia, nos encontramos ante el derecho y el ordenamiento que es jurídico, porque el mandato adquiere su fuerza al convertirse en norma jurídica y encomendarse su eficacia, realidad y ejecución a un poder público. En principio, o en primer estadio, al poder ejecutivo y, como remedio final, al jurisdiccional. Remedio, no primera obligación pues; cura del fallo de la primera instancia. Orden y Derecho, por tanto ley, son conceptos consustanciales e inseparables. Si no hay orden, no hay derecho. Si no hay orden, ni derecho no hay libertad sustancial e individual. Si hay desorden e ilegalidad hay libertinaje y arbitrariedad. El éxito del franquismo en el transcurso de los años, y más allá de la restrictiva ley de la memoria histórica, fue proporcionar un orden, un bienestar social y económico, que permitió una transición no conflictiva.

Todo lo dicho nos lleva a la conexión con la democracia. Principalmente, creo que el orden, en la democracia, nace porque la norma es fruto del acuerdo social mediante procedimientos legales marcados por una Constitución y no por el mandato de uno. Pero si el contenido de ese mandato no es conforme al derecho y principios de esa Constitución o de la Declaración universal de derechos humanos, tampoco hay democracia. Y ¿qué significa lo que acabo de decir? Qué también la democracia, más allá del procedimiento, se conecta con el Derecho y este tiene su máxima expresión en la Constitución. No hay democracia si no se cumple la ley y el Derecho. Y todo ello lleva al orden, es lógico pues que al conjunto de normas que presiden una sociedad democrática se le llame ordenamiento jurídico.

Todo el orden depende del cumplimiento del derecho y todo derecho ha de dirigirse a ordenar la sociedad correspondiente y a administrar conforme a la ley. Este debe ser el gasto y preocupación primordial del presupuesto público y del ordenamiento administrativo y de la función pública. El resto demagogia, partidismo, electoralismo, ineficacia, irracionalidad y desorden, por tanto.

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