4.- El futuro del
Cuerpo Técnico de Administración Civil y el Estado de las Autonomías.
Sean cuales sean las consecuencias finales de la nueva
estructuración del estado. Sea cual sea la organización que se dé en el futuro
a la función pública y sus Cuerpos, no cabe duda que las funciones que corresponden
al Cuerpo Técnico deberán seguirse desarrollando en todas las Administraciones
Públicas.
Pero, además, las Administraciones Públicas Territoriales
están asumiendo competencias estatales, estructuras, servicios y funciones en
los que el Cuerpo Técnico tenía un papel fundamental, papel que va a seguir
desempeñando en virtud de las transferencias. Todavía más, la visión
generalista del Cuerpo, las tareas desempeñadas, su experiencia y su técnica lo
convierten en el elemento clave, en el elemento puente y en el germen que
prepara el paso de una Administración centralizada, de estilo napoleónico, a
una Administración descentralizada y autonómica. En esta fase, el funcionario
periférico se constituye en pieza básica de la organización.
Doble papel, pues, puede desempeñar el Cuerpo: A) En la nueva
Administración del Estado y B) En las nuevas Administraciones territoriales,
principalmente en las Comunidades Autónomas.
Sin embargo, más que de un doble papel, cabría decir que el
Cuerpo Técnico tendría un doble ámbito en el que ejercer un mismo papel y, con
ello, apuntamos, ya, a una posible transformación o evolución en las tareas del
mismo. Este papel no puede ser otro que el estudio, análisis y propuestas de
resolución, en los grandes temas de las Administraciones públicas, abandonando,
ya, puestos de mera gestión, evolucionando hacia el Cuerpo directivo que
siempre, realmente, debió ser. La tendencia, de hecho se había iniciado, la
élite burocrática marca el camino y síntomas de ello es el incentivo de productividad,
como fomento o incentivo hacía los puestos de responsabilidad y alto nivel.
Defendiendo intereses burocráticos, se transforma una realidad administrativa
hacia un sistema, quizá, mejor desde el punto de vista racional.
Pero el cambio autonómico, debe implicar también cambios en
la estructura corporativa y en su estructura de poder, la Administración Central
ya no está centralizada y el poder corporativo deberá descentralizarse.
Autonomías, Delegaciones de Gobierno y Gobiernos Civiles serán los núcleos en que dicho poder corporativo
tendrá que diluirse.
En el momento actual, en las Autonomías, las transferencias y
la incorporación a puestos de libre designación determinarán la presencia en
las mismas del Cuerpo Técnico. En la Administración Central, Ministerios y Organismos
periféricos y en sus puestos superiores constituirán el ámbito de funciones del
Cuerpo. En una y otra Administración, en su coordinación y efectividad, la
profesionalidad del Cuerpo Técnico debe suponer un factor esencial.
Además, todo ello debe realizarse sin olvidar los temas
básicos de la reforma administrativa y el Cuerpo debe estar a la cabeza de las
propuestas racionalizadoras y, ante la importante presencia de los partidos
políticos y sus ataques a la neutralidad de la función pública, realizado ya su
papel la libre designación, hay que evitar que sea el futuro factor
distorsionante, comenzando, para ello, por propugnar una clasificación de
puestos y una baremación de méritos o cualidades para el acceso a los mismos,
que permita la real profesionalización administrativa. Primer paso éste, para
estudios y reformas más profundas que renueven el carácter unilateral de la
técnica de administrar con la posible organización de unos Cuerpos generales
polivalentes; es decir, útiles en cualquier Administración Pública y respuesta,
quizá a las propuestas que la Ponencia plantea como cuestión final.
Bien esta es la comunicación que presenté a una ponencia que no se si conservaré por algún lugar de mis papeles y sus ideas o previsiones hay que considerar que no se han realizado. No estoy totalmente al día respecto de la condición y calidad de los técnicos generales en nuestras administraciones autonómicas. Las que me llegan no me satisfacen y es evidente el predominio partitocrático y que la libre designación sigue siendo factor distorsionante. Sólo cuando el caso interesa a un partido para oponerse a otro o crear estados de opinión, la cuestión adquiere importancia. Sirva de ejemplo el reciente caso Soria, al que no me he referido pues requiere un estudio de los hechos detenido. Sea como sea los lectores funcionarios, en especial los cercanos al poder y alta administración, pueden tener una información que espero que les sea útil. También es cierto que yo puedo explicar algo en los inmediatos años siguientes y primeros pasos de la Autonomía Valenciana.
Bien esta es la comunicación que presenté a una ponencia que no se si conservaré por algún lugar de mis papeles y sus ideas o previsiones hay que considerar que no se han realizado. No estoy totalmente al día respecto de la condición y calidad de los técnicos generales en nuestras administraciones autonómicas. Las que me llegan no me satisfacen y es evidente el predominio partitocrático y que la libre designación sigue siendo factor distorsionante. Sólo cuando el caso interesa a un partido para oponerse a otro o crear estados de opinión, la cuestión adquiere importancia. Sirva de ejemplo el reciente caso Soria, al que no me he referido pues requiere un estudio de los hechos detenido. Sea como sea los lectores funcionarios, en especial los cercanos al poder y alta administración, pueden tener una información que espero que les sea útil. También es cierto que yo puedo explicar algo en los inmediatos años siguientes y primeros pasos de la Autonomía Valenciana.
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