miércoles, 18 de junio de 2025

MICHELS, LA DEMOCRACIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS. Final

Todo el  contenido del libro de Michels , sobre los partidos políticos y la tendencia a la oligarquía, es trasladable a todas las organizaciones. Es posible, ante su extensión, que haya dejado de percibir si hay un análisis del comportamiento de los partidos gobernando el Estado, pero es suficiente para conocer cómo es o será, en cuanto ya hemos señalado que entre las finalidades de los partidos está el alcanzar el poder y más adelante transformarlo en dominación. Y todo se relaciona: la organización, la norma y la burocracia que las gestiona, instrumento de dominación como nos muestra Weber. Y como raíz principal la aparición de una oligarquía que aleja a la masa de ese poder y dicha oligarquía se convierte en su representante y la masa  acaba participando sólo a través del voto, previa despersonalización de la individualidad y personalidad y a través de medios y propaganda que lleve a la reacción en masa que prefiera la subsistencia de la organización de partido y su oligarquía, simplemente para evitar que otra oligarquía la sustituya. Y ya expusimos lo dicho por Seymour Martin Lipset, en la introducción al libro, sobre la incompetencia de la masa y su menor ilustración y educación que los líderes.

En ese análisis organizativo, Michels, recoge palabras de Ernst Günther en una obra de 1906, el cual nos dice algo cierto en bastantes organizaciones, su burocracia o miembros y su deseo de permanencia en las mismas, con el deseo de seguir su actividad o vocación. Y dice Michels, que junto a buenos críticos de las cuestiones socialistas: Günther, se ha esforzado en explicar el hecho de que personas de reconocida capacidad y valor hayan preferido someterse a la voluntad partidaria más bien que romper completamente con la organización, sugiriendo que si hubieran decidido otra cosa habrían puesto en peligro su existencia política y habrían renunciado a la <<posibilidad de continuar representando de manera eficiente los intereses de los obreros>>.

Creo que esta tendencia es cierta, pero hoy es base de corrupción pues en las organizaciones políticas la reconocida capacidad y valor es rechazada, ya que en un momento dado surge el espíritu crítico y la oposición a determinadas decisiones, hechos posibles en cuanto ese valor permanezca como tal y no se tergiverse en pro de la permanencia. También caben cuando el partido se descentraliza, ya que algunos de los líderes del centro separado puede ver con las decisiones del centro peligrar su poder.

De otro lado, esa tendencia se pone en conexión con el hecho de que produce una asociación estrecha de la propia existencia económica con la dependencia del partido u organización, lo que lleva a proclamar la necesidad de recibir una retribución. Y Michels dice: La dependencia financiera del partido, es decir de los líderes que representan a la mayoría, traba la organización como con cadenas de hierro.

Pero en esas reflexiones Michels distingue entre los diputados que son sostenidos por el partido de aquellos que son remunerados por el Estado, considerando que los primeros adquieren un sentido de dependencia de la propia organización partidaria, mientras que los segundos sienten que son parlamentarios por encima de todo, aún cuando deban su elección exclusivamente al partido socialista. Claro, vista nuestra situación, discrepo, pues el parlamentario de un modo u otro depende del partido e incluso si quiere permanecer en su ejercicio, no se siente o no es individuo e incurre en su conformación como masa de partido, aún cuando sea líder y capaz, votando lo que quiere el partido y no según el interés público o estatal, ya que el partido se considera representante del interés público y se identifica partido, gobierno y Estado, Lo estamos viendo. 

Y voy a acabar, sea como sea el partido necesita estar financiado y en cuanto crece necesita más por lo que llega a la corrupción, primero pidiendo al Estado que le subvencione, luego, cuando gobierna, haciendo crecer la organización, estructurando la  administración pública y  aumentando el número de parlamentarios, con el único fin de crear puestos para sus partidarios o para comprar voluntades o para que sus fieles colocados en puestos en los que prima la contratación pública consigan una contribución de empresas para obtener el contrato, incluso se crean empresas al efecto. 

Tal es la situación que realmente, salvo que se trabaje en serio en las comisiones parlamentarias, bastaría con un representante por partido. Únicamente percibimos unanimidades parlamentarias para aumentarse sus retribuciones.

En tanto el poder judicial no está financiado del mismo modo pues la justicia no interesa como tal, sino en cuanto se le pueda hacer dependiente, de modo que la carrera de los magistrados depende de la propuesta y acuerdo de los partidos que piensan en la tendencia política de los candidatos. Sin embargo no cuenta con medios y, en consecuencia,  resulta lenta e ineficaz.

Muchas cosas pueden extraerse de la obra de Michels pero no acabaría de poner citas que explican no sólo el liderazgo en los partidos y la tendencia oligárquica, pues esa oligarquía no significa el liderazgo de los mejores.

De la oligarquía y su liderazgo se pasa al dominio de la organización y con el fin de dominar el Estado, y, de todo ello, a la corrupción y la expropiación del fruto del trabajo del ciudadano independiente de forma desproporcionada e inconstitucional. Y de la corrupción e ilegalidad a la decadencia.

La democracia, si se considera la mejor de las opciones de gobierno, ha de ser cuidada plenamente y ese cuidado depende de la condición de las personas, su capacidad, ética, moral e independencia. Y hoy como ya he dicho parece una utopía imposible.

Por lo menos para que sea mejor hay que ser consciente de lo principal sobre lo superfluo o secundario, y del modelo en el que estamos.

lunes, 16 de junio de 2025

MICHELS, LA DEMOCRACIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS II

Es indudable que hoy los partidos políticos son los principales instrumentos de acción política y ellos vienen a configurar básicamente el gobierno y el poder legislativo. Hoy es tal su presencia que frente a las diferentes "cracias" posibles se ha impuesto el término o neologismo de la partitocracia o partidocracia para cuando son los partidos políticos los que dominan los órganos básicos del estado e imponen su voluntad.

Frente a la dictadura franquista que los eliminaba considerándolos un mal para España, junto a los nacionalismos y los sindicatos, hoy su tendencia es autocrática y oligárquica, que corrompe a la democracia y domina de un modo u otro a los ciudadanos que van cada día dependiendo más del partido o que le sirven incondicionalmente. Muere la individualidad, la personalidad y el sistema de mérito y capacidad que ya sólo, formalmente, resta constitucionalmente, para la Administración pública. Y taxativamente en la misma Constitución se nos dice que La justicia emana del pueblo y se administrará en nombre del Rey por Jueces y magistrados integrantes del poder judicial, independiente, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley. Por lo que cualquier intento de dominarla por el resto de los poderes o por los partidos políticos directamente o a través de un politizado Tribunal Constitucional es un hecho inconstitucional de primera magnitud.

Artículo 117. 1 que a mi ver hay que poner en conexión con el artículo 9 considerando, como consecuencia, el término ley en su sentido completo de ordenamiento jurídico y Derecho, pues de no ser así puede anularse su capacidad de relación de unas normas con otras y de su mayor o menor conexión con los principios fundamentales de la Constitución, a través de un legislativo dominado por el partido la ley sería la  querida por el partido o partidos e indirectamente se dominaría al poder judicial sin perjuicio de que más allá de las incompatibilidades los jueces y magistrados muestren sus diferentes tendencias políticas, con los inconvenientes que puede presentar. Hoy vemos jueces ocupando cargos políticos y designados por el partido de turno. Así, creo pasan a ser parte no del Cuerpo judicial sino de la oligarquía dominante.

Michels nos avisa: La forma externa democrática que caracteriza la vida de los partidos políticos bien puede enmascarar - para los observadores superficiales- la tendencia hacia la aristocracia, o, mejor dicho, hacia la oligarquía que es propia de toda organización de partido. Si queremos comprender esta tendencia, el mejor campo de observación nos lo ofrece la estructura íntima de los partidos democráticos y, entre ellos, el partido socialista y laboralista revolucionario.

.....De este modo, la aparición de los fenómenos oligárquicos en el propio seno de de los partidos revolucionarios es una prueba terminante de la existencia de tendencias oligárquicas inmanentes en todo tipo de organización humana que persigue el logro de fines definidos.

Dada la importancia política de los partidos elementos principales de la participación ciudadana, su oligarquía se presenta en el resto de poderes y la democracia deriva hacia la misma. De otro lado, vemos que sus fines reales son el poder y su conservación y su financiación conducente a la corrupción.

Para conocer las consecuencias o derivaciones que pueden producir las diferentes combinaciones de las formas de gobierno, Aristóteles nos ofrece en el libro séptimo de su obra La Política, bajo el título " De la organización del poder en la democracia y en la oligarquía" puntos esenciales para comprender y entender. Y así nos dice: Hablemos, en primer lugar, de la democracia, y nuestras explicaciones bastarán para hacer comprender bien la forma política diametralmente opuesta a ésta y que comúnmente se llama oligarquía.

Así, pues, si resulta que nos domina una oligarquía y que además la misma es tendencia en cualquier organización, cabe preguntar si la democracia es una utopía o una ensoñación y que, puestos a que una oligarquía domine la política, es mejor que sea de personas formadas y preparadas intelectualmente, técnica y moralmente, cuestión totalmente alejada de la que se nos muestra en la actualidad.

viernes, 13 de junio de 2025

MICHELS, LA DEMOCRACIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Los últimos momentos que vive España y el modelo democrático constituido vengo diciendo que son graves y cada día se hace más evidente, por eso una vez más busco fuentes de inspiración para seguir escribiendo en este blog y acudo a Robert Michels y sus estudios sociológicos en 1915, sobre los partidos políticos y las tendencias oligárquicas de la democracia moderna. Y ello porque hoy, no sé si más que nunca los partidos políticos son protagonistas en la situación actual,

En el prólogo ya nos dice: Desenmascarar y formular en detalle el complejo de tendencias que se oponen a la realización de la democracia son cuestiones de dificultad suma. Podemos intentar, sin embargo, el análisis preliminar de ellas. Encontraremos que son clasificables en tendencias que dependen: 1) de la naturaleza del ser humano; 2) de la naturaleza de la lucha política y 3( de la organización, La democracia conduce a la oligarquía y contiene  necesariamente un núcleo oligárquico.

Si pienso en el núcleo o núcleos que aparecen en España, ante los hechos lo hago principalmente en los partidos políticos y básicamente en el que gobierna y sobre todo por sus tendencias autocráticas. en su larga Introducción Seymour Martin Lipset se refiere a la <<incompetencia de las masas>> y a las dificultades de participar en las decisiones y en un momento dice: "El poco interés y la escasa participación obedecen también, al hecho de que los miembros de toda organización de masa tienen por fuerza, menos educación e ilustración general que los líderes" Habría mucho que oponer respecto de la ilustración de los líderes y pensar en cambio en la que tengan sus equipos asesores, capaces de aprovechar lo que autores como Michels nos han mostrado, para utilizarlo. Por ejemplo, cabe pensar si el participar o no depende e la educación o ésta provocara reacciones en contra de lo que el núcleo oligárquico pretende, ¿no será conveniente que no se eduquen o lo sea en el sentido conveniente para la oligarquía y el partido que gobierna y la suya? ¿Hay pues dentro del núcleo otros que él mismo necesita? Pero éstos últimos no pueden ser independientes.

Es indudable que hemos de avanzar mucho en las investigaciones sociológicas del poder y nuestra democracia y de sus componentes básicos y ocupantes de la Administración pública. Son ellos los que legislan y, por si acaso, hay que dominar el poder judicial, su oligarquía y  el derecho a aplicar, olvidando el Derecho básico, natural o universal o del hombre, para reducir al juez el campo para formar su opinión y la juridicidad y legitimidad correspondiente de lo actuado.

Es verdad son problemas internos a veces queridos y buscados los que obstaculizan en realidad nuestra democracia. Seguiré con Michels para encontrar el porqué de nuestra oligarquía política y partidos políticos.  De otro lado, nunca hay que olvidar a Aristóteles como fuente de los conceptos de democracia y oligarquía.

viernes, 23 de mayo de 2025

LEOPOLDO ALAS, IHERING Y LA LUCHA POR EL DERECHO

Me refería en la última entrada la necesidad de luchar por el derecho y obra en mi poder el opúsculo de Ihering " La lucha por el derecho", una de las que hace que prefiera obras clásicas en lugar de tratados o libros especializados en un tema, pues sigo anhelando asimilar los principios y bases generales del Derecho e informadoras de todo quehacer jurídico.

En esta copia que poseo, hay un un prólogo de Leopoldo Alas (Clarín) que comienza con una cita de Ihering, pero de su obra "El espíritu del derecho romano":

Sólo la voluntad puede dar al derecho lo que constituye su esencia: la realidad. 

Por eminentes que sean las cualidades intelectuales de un pueblo si la fuerza moral, la energía, la perseverancia le faltan, en este pueblo jamás podrá prosperar el derecho.

Escribo y disfruto de esta joya y además me hace pensar que nada ha cambiado, desde 1921, el panorama español ante nuestra actualidad que con crudas palabras puede y debe decirse que es vergonzosa y vergonzante.

Refiriéndose al opúsculo, Leopoldo Alas, en el inicio de su prólogo, dice " pero entre nosotros, hoy más que nunca, es oportuna su lectura porque puede servir de acicate a los ánimos decaídos y corregir muchas perniciosas aberraciones de la voluntad y la inteligencia"

Desde que reabrí el blog, trato, cómo únicamente puedo, de luchar contra la actualidad social y jurídica y mi única ventana es este blog y que se piense no sólo en el ejercicio de una profesión y en la utilidad práctica de lo que se ofrece y lee. Para mí la única utilidad práctica es el saber y la voluntad de esa realidad del derecho y las leyes legítimas. Y, desde mi punto de vista, esta realidad es la eficacia de la ley encomendada, en la teoría, al Gobierno y la Administración. Sin gobiernos y administraciones y sin un pueblo que comprenda el papel de estas instituciones, y lejos de los partidos actuales, no puede haber ni voluntad ni eficacia, ni por tanto realidad. Díganlo los derechos ineficaces que existen hoy en día y que proclama nuestra Constitución y la falta de voluntad y de inteligencia para su realidad y la desigual distribución de recursos y bonhomía para que ello sea así.

¿ Que ello es una tarea ardua y difícil? Sin duda, para eso sí que es necesaria una memoria en el tiempo y de los aciertos y fracasos, y el registro de todo ello tiene que ser la Administración pública, alejada de la temporalidad y dependencia existente, por unos políticos que no quieren ninguna voluntad que pueda ser ajena o sombra de la suya, ni siquiera cuando es la ley la que la mantiene y, en consecuencia, tampoco quieren la inteligencia que crea la libertad individual. Mientras tanto leamos a los clásicos y repasemos la historia de España.

¿Retórica o realidad?


lunes, 19 de mayo de 2025

LUCHAR POR EL DERECHO.

Al tratar del fin del derecho venia a proponer, en cierto modo, la necesidad de investigar el derecho y los hechos como realidad material para realizar una valoración del verdadero fin, razón o causa de una norma o de una proposición. Casi como una constante pregunta: ¿ qué hay detrás de esto?

Y la verdad es que abrí una caja cargada de cuestiones científicas y filosóficas y de posturas diferentes en el rol o fin de la administración pública. Hay tal como se expresa en la obra de Dwihgt Waldo Estudio de la administración pública", la existencia en el siglo XX de un movimiento filosófico "encaminado a la separación de las categorías de hecho y valor".

Y más allá de las consecuencias de ello o de la posición contraria, relaciono esta dicotomía con la cuestión de la lucha por el derecho, bien vista como un conflicto de intereses a resolver política y legislativamente y con la interpretación administrativa de las ambigüedades contenidas en la norma, o bien como una lucha para imponer o establecer unos valores sobre otros. Y al escribir esto me acude la consideración que básicamente el contenido del derecho como valor y con menor ambigüedad se ofrece en la Constitución y de ahí su importancia y de que el Tribunal Constitucional no sea un instrumento político sino de los valores de la norma y factor esencial en la lucha por el derecho y me aparece en ello esa separación entre valor y hechos o realidad y esta resulta ser un factor de eliminación de la lucha por el Derecho y los valores a considerar.

Así pues la primera lucha por el derecho se muestra en la fase de formalización de las leyes o normas mediante la participación de los intereses grupales en juego y su valoración preferencial, en la que sin duda ya influye el valor pretendido por el órgano político que propone la norma y la redacta, pero también por el hecho que oculta realmente el texto; es decir, su verdadera o real finalidad que no se manifiesta en aquél.

La segunda forma de lucha parte del sentimiento de injusticia que la noma produce en la sociedad y en sus grupos de intereses o valores morales que la informan o regulan de modo general o abstracto, que acaba frecuentemente en un juicio jurisprudencial. De nuevo el valor y el hecho se muestran, el valor es la independencia del poder judicial y constitucional, el hecho la forma de su designación, político o de mérito, preparación, capacidad y experiencia y su real formación técnica.

Para esta lucha se necesita una sociedad fuerte imbuida de su ser y el deber ser que le corresponde y no acomodada y dependiente, si no es así la lucha es titánica y el individuo sucumbe en la injusticia y el engaño, incapaz de asumir valores y aceptando el hecho injusto o irracional.

lunes, 12 de mayo de 2025

EL FIN DEL DERECHO

Sintiéndome a mis 84 años, ya y medio, preocupado por lo que veo y la falta de valores en la actualidad, me refugio en los clásicos, para seguir atendiendo este blog, pues en otro orden creo que en mi última obra de Juridicidad y organización en la Administración española publicada por el INAP están reflejadas extensa e irregularmente quizá, y atendiendo a mi experiencia, las razones o causas de la situación política y administrativa actual, si bien no de un modo plenamente conclusivo sino expositivo. Y lo hago porque hoy me siento ante la segunda dictadura de mi vida y no sé si peor, ya que el régimen actual se dice democrático y su Estado tiene Constitución que lo califica como de Derecho.

Hoy acudo a Jhering y a su obra El fin del derecho y ya en su inicio se refiere a causa y fin y nos dice "Es por tanto, necesario para que la voluntad obre, una razón suficiente, una causa" y de inmediato pienso que la gran causa o razón principal de nuestro Estado, e instituciones que lo constituyen, es nuestra Constitución; en ella está nuestra voluntad que obró y obra o debe de obrar. Pero también leo: "El hombre que obra, no obra porque, sino a fin, a fin de conseguir tal o cual objeto"

Y ahí está la clave para que todo español y las instituciones que han de velar por el derecho y su fin, descubran cuál es el fin real que se persigue hoy este nuestro gobierno autocrático y oligárquico en su burocracia general. Es decir, analizar lo dispuesto formalmente, su finalidad, pero también el ajuste al mismo del obrar real y de sus efectos o no en el bien general. O sea no hay que apoyarse al juzgar en la literalidad o ambigüedad de la norma o precepto sino en su fin particular en el seno de uno más general y común al ordenamiento constitucional y jurídico.

Y por ello, llamo a todo funcionario público y a las instituciones a indagar el fin en nuestro derecho, ese que a muchos juristas no preocupa porque suele ser previo a la norma o expuesto de modo literario en la motivación legal, y por tanto hecho político que no ha de juzgarse.

Craso error, si no se analiza la causa no se analiza tampoco el fin o los fines y domina el leguleyo y sus artimañas normativas y el derecho no cobra eficacia.

lunes, 5 de mayo de 2025

LEGISLACIÓN, GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN II

La democracia es una lucha constante en mantener un equilibrio de poderes y en evitar la dictadura de uno de ellos, mientras que la política, mal entendida, tiene como finalidad obtener el poder más absoluto desdibujando los derechos de los ciudadanos y utilizándolos demagógicamente.

Así, por su cercanía y complemento de toda la organización, el gobierno lo primero que pretende dominar es la Administración pública y restarle su carácter de poder y garantía. Pero veíamos que la doctrina estadounidense predicaba la condición de legislador del Presidente y esto me obliga a matizar si esto en España se da o no.

En cierto modo, el hecho de un ejecutivo legislador se opondría a la idea de separación de poderes, pero lo cierto es que se puede legislar mediante leyes o reglamentos y estamos viendo en la actualidad también un abuso del Decreto ley. También cabe preguntarse si, en realidad y en la práctica, con nuestro sistema electoral y de partidos existe una independencia del poder legislativo y no puedo más que pensar y decir que no.

¿Porqué? sencillamente por que en nuestro legislativo no existen diputados como individuos sino como miembros obedientes y dependientes de su partido político y estómagos agradecidos que votan fieles a la señal el portavoz al sentido de voto que han de emitir. En estas condiciones y siendo, lo más frecuente que la iniciativa legislativa parta del Gobierno, en principio para hacer las políticas públicas que bien prometieron o que bien les interesan. De este modo, es lo más seguro que el proyecto de ley remitido a las Cortes sea aprobado con escasas y poco importantes enmiendas, salvo que gobernado en coalición y para mantener el poder accedan a un cambio. además de que en realidad es el propio Gobierno quien decide, salvo impedimento constitucional o a pesar de ello, el rango de la norma y su forma y contenido.

Si a esta situación, añadimos que nuestra Administración pública ya no es tal, sirviendo al Gobierno y a aquel que les ha nombrado, al margen de los sistemas de mérito y capacidad, y no está al servicio de los ciudadanos. Lo primero que se resiente es el principio de legalidad, otra base democrática, y al mismo tiempo se hurta la participación de los intereses contrarios a la política programada. Pero lo fundamental es que el derecho también descansa sobre fundamentos corroídos porque no respeta los principios constitucionales que son su base y me atrevería a decir que se ignoran por incompetencia o por voluntad torticera.

Todo me hace pensar que nuestro sistema electoral falla y puede uno preguntase si es o no democrático o nos lleva a una dictadura de los partidos políticos, los que, además, una vez gobiernan tienen  como primera política conservar el poder y realizar sus "relatos"  y hechos para ganar elecciones.

Al mismo tiempo con una administración servil, condicionada o independiente, se hurtan fases esenciales de carácter técnico administrativo en la valoración de la viabilidad y eficacia de la política, de modo que tampoco se muestran a quién gobierna los inconvenientes legales y prácticos de la política en preparación, limitándose a darle la forma y contenido deseados por quien manda, y quedando en bastantes ocasiones en una farsa, pues lo proyectado no va ser eficaz o va causar algún que otro problema social, si no es que la sociedad ya está adormecida y sin reacción entrando en la peor de las dictaduras sin sentirlo o ser conscientes de ello.

Si falla el Derecho, si la ley no es legítima, si dominan los partidos políticos, se reduce la capacidad ciudadana de elegir a buenos gobernantes y estos le caen ya elegidos, ¿hay pues democracia o sólo una palabra mágica a utilizar a conveniencia?

viernes, 2 de mayo de 2025

LEGISLACIÓN, GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN I

En la lectura de la doctrina estadounidense  de principios del siglo XX que vengo realizando y exponiendo en anteriores entradas, es un tema importante la relación entre política y administración, con tendencias claras de separación entre ellas y en favor de una independencia de la segunda, hasta el punto de que Willougby llegó a predicar el considerar a la administración como un cuarto poder. Por ello también se muestra otra tendencia distinguiendo también entre poder ejecutivo y administración. Y en relación con esto último, cómo en España la Administración, constitucionalmente, es una parte del Poder ejecutivo junto con el Gobierno, vengo manteniendo y tratando de concretar qué poder es el de la Administración, lo cual no puede dejar de relacionarse con la ley.
En otro orden, la citada doctrina viene no sólo a decir que el Presidente no debe presidir sobre los departamentos administrativos y también que no sólo es jefe del ejecutivo sino también jefe legislador, sin necesidad de entrar aquí a sus relaciones y problemas con el Senado.
En todo esto no sólo encuentro esa idea de separación entre política y administración, sino que también me hace pensar como, en cambio, yo he llegado a ir más allá del derecho administrativo para señalar que el estudio de la Administración pública ha de ser multidisciplinar y como una ciencia, en la que política, derecho y administración están estrechamente unidos, única forma de comprender el sistema, sus contradicciones y sus deberes en base constitucional y considerando la división de poderes.
En consecuencia, en estas últimas entradas, y con frecuencia,  se muestra mi tendencia a confrontar el derecho y los hechos políticos y administrativos y destacar la complejidad existente y a la política o a los políticos como encaminados en cambio a la unificación del poder en el gobierno, contaminado a su vez por los partidos políticos. 
Esta situación resulta hoy evidente y es francamente difícil distinguir entre política, legislación y administración. Dejo apuntada la cuestión para en la próxima entrada analizar esta confusión y sus causas, de otra forma, aún a riego de no cerrar el tema, la extensión de la entrada excedería de una lectura cómoda, si bien es evidente que hoy la política está mucho más presente que en el siglo pasado.

viernes, 25 de abril de 2025

LEGISLAR Y ADMINISTRAR.

Como es difícil no repetirme y, en resumen, el perfil de este blog es la relación entre política, derecho, administración y organización, voy a transcribir algunas ideas, presentes en la doctrina estadounidense del siglo XX, que surgen en relación a la dualidad de la política y la administración y también la existente con la función legislativa.

W.F. Willoughby en su obra Principles of Public Administration , dijo que la función de la legislatura es diferente de las ramas judicial y administrativa, pero es una organización y, por tanto, está sujeta a los mismos principios y métodos de análisis. También, que pocas legislaturas han llevado a cabo un adecuado inventario analítico de si mismas y casi nunca les ha dado buen resultado hacerlo.

Pero lo más interesante desde mi punto de vista, es cuando se señala que las legislaturas igual que cualquier otro organismo, deben analizar los hechos cuando quiera que se le presente un problema, considerar las diversas alternativas, organizarse a fin de lograr una labor eficaz y responsable. Deben conseguir personal apto, disponer y vigilar sus responsabilidades y coordinar el esfuerzo conjunto a fin de que destaquen el sistema y los logros obtenidos.

Y pienso que, no sé porqué, todo esto en principio no se da y queda en simple deber ser o utopía sobre todo si atendemos a lo que estamos viendo en España. La realidad es diferente y lo digo pensando en la relación que el legislativo o sus diputados, forzosamente han de establecer en muchas ocasiones con la administración y sus funcionarios. De ahí que el propio Reglamento de nuestro Congreso venga a decir en su artículo 7.1 que: Para el mejor cumplimiento de sus funciones parlamentarias, los Diputados, previo conocimiento del respectivo Grupo Parlamentario, tendrán la facultad de recabar de las Administraciones Públicas los datos, informes o documentos que obren en poder de éstas. Y en el punto 2 que : La solicitud se dirigirá, en todo caso, por conducto de la Presidencia del Congreso y la Administración requerida deberá facilitar la documentación solicitada o manifestar al Presidente del Congreso, en plazo no superior a treinta días y para su más conveniente traslado al solicitante, las razones fundadas en Derecho que lo impidan.

Willoughby también, en relación a esto, nos dice  que las legislaturas establecen normas fundamentales, en forma de leyes escritas, que en realidad viene a ser un poder conferido a los administradores. Y aquí entiendo que se manifiesta la relación con el poder ejecutivo y la administración pública, que, tal como en el blog se ha evidenciado a través de las entradas referidas a las políticas públicas, supone tanto la previa proyección de la norma, previa evaluación de su viabilidad y existencia de recursos para su eficacia, como la ejecución y eficacia de la ley aprobada.

En este sentido WHITE nos dice que "los funcionarios son responsables tanto de la elaboración de las normas, como de su cumplimiento".

Una vez más, en mi opinión, se pone de relieve la gran importancia de una administración profesional y no politizada; la política se centra en el paso de proponer y diseñar con ello una política pública para cumplir un interés general o un derecho constitucional en favor de los ciudadanos. 

De este modo, atendiendo  a la distinción entre política y administración mantenida por Wilson, en el libro "Administración" de Lepawsky, se refleja que esta distinción "fue más generalmente considerada como una distinción entre normas y administración".  Y recoge que Jhon M. Pfiffner resume diciendo "la política debe permanecer en la esfera de las normas y dejar a la administración libre del obstáculo de la interferencia política"

En definitiva, en esta entrada, me limito a manifestar, en parte, la relación entre el legislativo y la administración, no tanto como con el Gobierno, aunque en realidad éste no queda al margen, sino que frente a los diputados de la oposición procura evitar  que aquélla facilite la labor de los mismos. O sea surge una interferencia política más.

En la próxima entrada trataré de ver lo que dice la doctrina americana en orden a la posición del poder ejecutivo frente al legislativo.


viernes, 18 de abril de 2025

¿TENEMOS UNA ADMINISTRACIÓN NEUTRAL? y IV Políticos y funcionarios. confianza o experiencia y profesionalidad.

Empiezo a escribir y ya acuden a mí tal cúmulo de cuestiones por las que pienso que el tema de hoy da para mucho. Todos conocemos la situación actual de información que los ciudadanos recibimos y como se sitúan en la política y en la administración pública una serie de familiares, amantes incluso, incompetentes, algunos declarando que de la materia de su responsabilidad no sabían nada y todo es obra de actos de parte de los partidos políticos y de los gobiernos. Es una perversión de todo el sistema formal, político, jurídico y administrativo y de la eficacia que se predica como fin central de estos sistemas. Si no ¿para que están? ¿sólo para beneficio de unos cuantos que "ocupan" las instituciones que no son de su propiedad y por procedimientos contrarios a la legalidad?

Como en anteriores entradas, voy a apoyarme en el libro de Marshall E. Dimock y Gladys O. Dimock, no sólo por su contenido, sino porque frente a tantos especialistas jurídicos y científicos de la Administración que parecen mantener la particularidad de los EEUU en política y administración, veremos que no hay tanta diferencia en los problemas existentes.

Por lo que hace a esta cuestión referida a los políticos y a los funcionarios, en el libro, después de comentar lo que un grupo de profesores de la Universidad de Harvard estudió y en sus conclusiones  nos señalan que la realidad es que a medida que las empresas se ven envueltas en competencias semejantes a las de los gobiernos y por ello en uno u otro caso se necesitan las mismas habilidades. Los que me conocen saben que no considero a la Administración pública como una empresa, puede, como se señala, que haya problemas semejantes y soluciones válidas para la empresa y la Administración, pero simplemente el beneficio las separa claramente y ya que estos expertos señalan cómo en las empresas antes referidas existen problemas de supervivencia, ésta también debe darse de modo diferente en las instituciones públicas, aunque veamos que en realidad en el sector político la supervivencia llega a ser un factor distorsionante del sistema público, y también la búsqueda del beneficio particular frente al general.

El libro recoge, tras referir esta consideración de la existencia de comunes habilidades entre administradores y políticos, la pregunta que alguna doctrina de la Public Administration se formula. ¿ A qué se debe, pues, que durante la mayor parte de la historia política de los Estados Unidos, los administradores y los políticos hayan sido considerados somo elementos opuestos de un mismo fenómeno?

Y sigue explayándose y diciendo cómo ya en 1883, con la reforma del servicio civil, se rechaza el reparto de empleos como botín electoral y también se opina en contra de la política y los políticos, y que durante mucho tiempo el ideal de los administradores era la neutralidad política. Se puede decir que en este momento en España la situación empieza a estar presente el mismo rechazo o, en su caso, la indiferencia sobre ello, con el gran peligro que ello supone o la ignorancia de la importancia del problema que le acompaña. También nos dice, en congruencia con lo dicho en mi entrada anterior, que la política en sí no es rechazable sino tan sólo ciertas especies de actividad de partido. Se refiere, igualmente al rechazo del caciquismo, del reparto de empleos por el partido triunfante y que en ello se vio una amenaza a la supervivencia de la democracia.

Más adelante, nos dice que a partir de los años treinta los intelectuales empiezan a opinar que "la función del gobierno .....que era de dominación, es hoy predominantemente de servicio a los ciudadanos y a los consumidores. Es decir, se redescubre, desde mi punto se vista, la idea básica que Aristóteles nos ofrece sobre la política más allá de las formas de gobierno.

En 1957 la Institución Brookings en conferencia celebrada en Washington señala este hecho.

La verdadera diferencia entre los empleos políticos y los de carrera no se debe a su naturaleza sino a su a la experiencia política que debe tener quien vaya a ocuparlos. Si cambiamos el termino política que aquí, en mi opinión se nos ofrece en sentido amplio por el de administración, estamos coincidiendo con mi opinión básica y, al decirnos también que otra conclusión fue que el ejecutivo de carrera es superior al político que ocupa transitoriamente el puesto. El ejecutivo de carrera no sólo tiene aptitudes de dirección y un conocimiento práctico de de la administración gubernamental sino la comprensión detallada de los programas y problemas, además de un cierto grado de habilidad política del que en muchos casos carecen los ejecutivos políticos.

Aquí pues aparecen los trazos permanentes de mi concepto de las funciones públicas y de los funcionarios públicos y también la base de la condición o concepto del directivo público distinto del de empresa, en cuanto que se desenvuelve, primero en el seno de la eficacia de las políticas públicas o programas políticos de gobierno de una nación, estado o Administración pública y después en su ejecución o realidad práctica.

Sigue el libro, en este punto resaltando las ventajas del ejecutivo de carrera y el ideal de su trabajo en unión y cooperación mutua con el ejecutivo político.

Creo que no hace falta apuntar más ideas sobre el funcionario de carrera y los políticos, sino señalar que estamos hoy aquí a un sistema de "spoils" claramente criticado en EEUU en los años señalados. Por tanto el modelo de la experiencia práctica, conocimiento jurídico, administrativo y político en su buen sentido, es una norma constitucional, pero en un simple sueño de algunos funcionarios.

Si no corregimos, la democracia ya dañada seriamente, desaparecerá hasta como deseo o regulación constitucional. Ya hay un sistema ideal uno real confrontados claramente. 

Contestado a la pregunta del título de esta serie de  cuatro entradas se puede afirmar que la neutralidad de la Administración pública no está garantizada en la realidad española.


lunes, 14 de abril de 2025

¿TENEMOS UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NEUTRAL? III Estado de Derecho y la partitocracia

El Estado de Derecho, hace de éste un elemento central en el sistema que, además se apoya en una división de poderes en la que la Administración pública se integra en el poder ejecutivo y,  en cierto modo,  de manera disminuida, al considerarla simplemente un medio auxiliar y dependiente. Y este sistema se considera democrático, no tanto porque mande el pueblo de modo directo sino porque existe un sistema electoral de aquellos en los que se delega el poder de llevar los asuntos públicos, básicamente en el poder legislativo, que aquí en España no se extiende al poder judicial, sujeto a un sistema de ingreso en la carrera por mérito y capacidad.

La participación de los ciudadanos no es directa, pero dónde, legal y constitucionalmente, no sólo es a través de un partido político sino que lo es también a través de la  función pública, incluyente de los jueces y militares. Y siendo el derecho el elemento central de sus funciones, los funcionarios públicos y jueces están al servicio de la ley y de su eficacia y no al del gobernante o partido político correspondiente, de tal manera que en muchos sistemas, estos funcionarios, jueces y militares no pueden militar en un partido político, no porque no puedan tener una opinión o idea política sino porque serian dependientes y con posibles expectativas de una carrera política en su seno. 

Pero, en realidad el desencadenante del derecho y la acción administrativa son las políticas públicas, en las que los partidos sí tienen la iniciativa, si bien a través del Gobierno y, o, con la aprobación del legislativo, aquí hoy dominado por los partidos políticos y no por el mérito y la capacidad, pasando sus componentes a ser masa y no individuos. Primer factor, pues, que se puede considerar barrera a la libertad de pensamiento y de opinión y paso a la corrupción, pues su elemento humano son realmente los partidos políticos y de otro lado, también la ideología. Cosa que nunca puede alcanzar a la Administración ni a la judicatura, pues de ser así no se puede considerar el sistema como democrático y a la ley o el derecho como fruto de la racionalidad y de tener fines generales, sino, al contrario, partidarios o para beneficio particular de un grupo.

Si esto es así, ese fin del bienestar de los ciudadanos que destacaba Aristóteles no existe y hoy queda en palabrería, como tampoco existe pues un estado de derecho puro, al no ser una asociación de hombres libres en realidad.

Esto está ocurriendo en España y si no hay libertad ni independencia, ni la ley, ni la Administración pueden ser neutrales y basadas en el interés general, que, incluso, ya no se define con pureza sino disfrazando intereses espurios.

En cuanto al derecho voy a acabar señalando la importancia de la Administración pública en su generación. En el libro citado de los Dimock nos dicen que: el problema del gobierno y su administración es definir las funciones con la precisión necesaria para evitar confusiones e ineficacia institucional, mas con bastante flexibilidad para permitir que la libertad y la opinión pública penetren y controlen toda la maquinaria gubernamental.

Para inmediatamente recoger la cita del ex rector de la Escuela Maxwell para Graduados en administración pública de la Universidad de Syracuse y, muchos años, funcionario federal, Paul Appleby: La administración pública es establecer normas. Luego, los Dimock acaban el párrafo, continente de las opiniones de Appleby, diciendo: 

" Es indudable que la administración pública es uno de los diversos procesos políticos por el cual un pueblo logra tener gobierno y controlarlo. Appleby llega a esta conclusión después de haber mostrado claramente que los funcionarios de carrera y de nombramiento comparten en esencia las mismas responsabilidades en la política y en la jefatura. En consecuencia, se inclina a acentuar la función normativa que deben desempeñar los administradores profesionales". Añado que fundamentalmente en el plano de su posibilidad de eficacia y la organización para ello.

Esta idea de equilibrio entre Gobierno y Administración existe en el artículo 103 de nuestra Constitución, hecho formal y no material. Habrá en adelante que referirnos pues a políticos y funcionarios, pues son lo que hacen que el modelo sea realidad o no.


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