domingo, 1 de junio de 2014

APUNTES DE LA CÁTEDRA DE VILLAR PALASÍ II

Acababa la anterior entrada, de recuerdo y homenaje a Villar Palasí, con el primer párrafo del punto I. 1 del Capítulo I de sus apuntes y en dicho punto se refiere al proceso de metamorfosis de lo extrajurídico a lo jurídico y nos va evidenciando, como ya dije, una conexión política y también nos alerta del despego a la realidad en otro punto. Pero prefiero simplemente reflejar sus palabras, sin perjuicio de comentarlas si viene al caso. De forma parcial y no completa, veamos cómo se refiere a la citada metamorfosis:

El ciclo de juridización es consustancial al Derecho, que no se nutre por la especulación introspectiva, sino por la atribución de ropaje legal a fenómenos originalmente extrajurídicos.......

...el Derecho administrativo, en lo que respecta a sus técnicas propias, no compartidas con otras ramas, se ha ido construyendo, en muchos casos, por un proceso de construcción de ideas anteriormente extrajurídicas, pertenecientes al mundo  político.
Es extraño cómo nuestra doctrina no ha caído antes en la cuenta de este proceso de juridización de ideas políticas o económicas que paulatinamente se transforman en técnicas jurídicas peculiares del Derecho administrativo, no compartidas por el "jus commune".

Quiero aquí, al parecerme oportuno, poner de relieve que en ese proceso y en el acceso a la información y al conocimiento de esas ideas extrajurídicas juega un papel fundamental la Administración pública y sus funcionarios, pues es en ella donde el proceso se inicia y donde se conecta con la realidad a la que tanto se refiere Villar. Es a la Ciencia de la Administración que Mariano Baena nos ofrece, no  a la que se identifica plenamente con el Derecho administrativo, a la que corresponde el estudio y análisis de ese proceso, íntimamente unido al de la formulación e implementación de las políticas públicas. Si la Administración carece de la preparación para conocer esas técnicas y es sólo un instrumento politizado el proceso quiebra o tiene grietas. Pero sigo con los apuntes.
Así es como el jurista de hoy, consecuentemente, tiene que ir detrás de la Economía, de la Historia, de la Política y de la Sociología, porque el manejo político de la sociedad ya no se realiza con ideas jurídicas en su origen, sino con criterios científicos que luego se juridificaron.
Esta situación primaria de otras ciencias y secundaria del Derecho provoca a menudo la zozobra del jurista, quien se encuentra en su cotidiana labor con técnicas aún no definidas por el Derecho. 

Con todo, esta perplejidad del jurista es injustificada, como sin justificación quedan quienes hablan del "declin" o del "depassement du Droit". Este lamento sólo es admisible frente al Derecho lógico formalista, indiscutido y pétreo, que hemos heredado de nuestros mayores. Lo que se olvida es el carácter abierto de nuestro ordenamiento jurídico y la dinámica del propio Derecho administrativo basado en la continua vivificación de lo extrajurídico. Paul Durand ecribirá ya que "c' est dans la vie administrative que se trouve, pour une large part, le Droit moderne".

Cabalmente es ésta la gran tarea del jurista en el proceso de creación y construcción sistemática y lógica del Derecho. Para ello es imprescindible un cierto acercamiento a lo extrajurídico, al modo como se define en el antiguo Derecho romano basado en la "divinarum atque humanorum rerum notitia".

Los apuntes que transcribo son de una edición de 1977 y cabe decir que aun cuando hay una conexión con la política no se nos muestra con respecto a las ideologías y sus influencias en lo extrajurídico, hasta tal punto que la perplejidad del jurista o, mejor, incluso del ciudadano puede darse, por ejemplo, respecto a la Economía o  de la  Historia, pues pueden existir más de una versión de cada una, incluso opuestas y con pretensiones científicas. Pero esto es harina de otro costal, si bien no deja de tener repercusión en lo que nos ocupa Derecho, Administración y Política.

Seguiré a ver si en dos entradas más ofrezco las ideas de Villar Palasí por lo que corresponde a la dinámica del conocimiento del Derecho.

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